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  • #24106 Agradecimientos: 0
    prevsu
    Participante
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    enero 2005


    Me gustaría saber si para una instalación del año 91 se aplicaría la NBE-CPI 96 además del RD de lugares de trabajo, para las luminarias de emergencia. Y si existe alguna legislación más sobre luminarias de emergencia.
    Gracias.

    #204366 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Tienes que adecuar las instalaciones a ambas normativas, las cuales se refieren a lo mismo. Una desde la protección contra incendios ( CPI 96 ), otra con respecto a lugares de trabajo ( RD 486), y además tener presente lo establecido en ITC MIE BT 028 del regto. de Baja Tensión 2002, en al misma linea que las anteriores.

    #204367 Agradecimientos: 0
    izaskun all
    Participante
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    julio 2003


    Hola!:
    Debes adecuar las instalaciones a ambas normativas.
    Saludos,

    #204368 Agradecimientos: 0
    Borges
    Participante
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    junio 2005


    Amplio información del forista Berbo, añadiendo el RD 485/1997, “señalizaciones”.
    Saludos

    #204369 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Perfecto Berbo y Borges.

    #204370 Agradecimientos: 0
    qeve
    Participante
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    febrero 2003


    Debes de acualizarte,mirate RD/485 y486 saludos

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