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  • #16303 Agradecimientos: 0
    RAKY IV
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    diciembre 2005


    ¿ES OBLIGATORIO POR LEY HACER REVISIONESD PERIÓDICAS DE LAS LUCES DE EMERGENCIA Y DE LA SEÑALIZACIÓN?

    #162429 Agradecimientos: 0
    fpt
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    julio 2004


    El empresario debe garantizar el buen funcionamiento de estos sistemas. Por tanto, se hace necesario una revisión periódica (apagados de corriente y comprobación de funcionamiento y tiempo, p.e.)

    #162430 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    Acogiéndonos a la ITC MIE BT 005, aquellas instalaciones sujetas a revisiones periódicas cada 5 años, y cada 10 años en zonas comunes de viviendas con potencia total instalada superior a 100 KW, donde quedan incluidas el apartado de alumbrado de emergencia.

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  • El debate ‘ LUCES DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACIÓN’ está cerrado y no admite más respuestas.