Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
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  • #71358 Agradecimientos: 0
    SMV17
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    febrero 2010


    Hola a todos,

    Pertenezco a una empresa de transporte y en la misma empresa, hay un local de reparacion de vehículos. No es un taller estrictamente dicho, pero si que tiene herramientas, y equipos propios de un taller, y se realizan labores propias de los talleres, arreglo de vehículos, cambios de aceite, pero solo de los vehículos propios de la empresa. La empresa tiene licencia de actividad para el transporte de mercancia ¿necesitaría licencia de actividad para ese taller o local de reparaciones?.

    Se que el foro es de prevencion más que de estos temas legales, pero la duda me ha surgido al ir a hacer la eval. de reisgos del local y puesto.

    Gracias y un saludo

    #420570 Agradecimientos: 0
    peterpumk
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    diciembre 2007


    Desde mi punto de vista y sin tirar de legislacion no. Esa actividad es complementaria a la principal de tu empresa para la cual si tienes licencia en ese taller se realiza un mantenimiento de tus vehiculos, en ningun caso vendes ese servicio por lo tanto a no ser empresa que se dedique a eso por que has de tenerla. Tendras que tener otras cosas como libro de registro de residuos peligrosos, meter esa actividad en el seguro de responsabilidad civil… pero no veo logico que la tengas que tener por que no es tu actividad.

    #420571 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Pues a mí esto me suena a aquello que se decía de: “si tiene orejas de gato, bigotes de gato, rabo de gato, patas de gato y pelo de gato…será un gato”.

    A ver, aquí lo que hay es un taller y punto. Otro asunto es que se ejercite esa actividad a título profesional o productivo (es decir, que la empresa se haya dado de alta con esa actividad económica), cosa que en este caso no se da, porque dices que es para mantenimiento propio. ¿Autorización para qué? Otra cosa es que, como te comentan, por las características de la instalación o de los trabajos sí que les exijan otras obligaciones (gestión de residuos y esas cosas).

    ¿Desde el punto de vista de hacer la evaluación de riesgos, todo esto influye para algo? Desde mi punto de vista NO, y eso que me he encontrado en situaciones parecidas. ¿Empresa de transportes con taller de mantenimiento propio? Lo evalúo igual que la actividad principal, e igual que los trabajos administrativos que también se hacen en este tipo de empresas, que los trabajos de limpieza de los vehículos, etc. ¿O es que estas actividades subsidiarias no te causan la misma angustia mental que el taller?

    ¡Saludos!

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #420572 Agradecimientos: 0
    SMV17
    Participante
    0
    febrero 2010


    Decirte que yo no tengo ningun problema con el taller, lo tiene la direccion de mi empresa que no quiere que haga la evaluacion aludiendo que no se puede porque carece de licencia.
    Hay ciertos aspectos legales que desconozco, de ahí la pregunta.Ya les he argumentado de mil maneras que no tiene nada que ver una cosa con la otra, pero no los saco de sus 13.
    Poco más tengo que decir.

    Saludos y gracias por tu respuesta.

    #420573 Agradecimientos: 0
    Histófenes
    Participante
    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    @SMV17 wrote:

    Decirte que yo no tengo ningun problema con el taller, lo tiene la direccion de mi empresa que no quiere que haga la evaluacion aludiendo que no se puede porque carece de licencia.
    Hay ciertos aspectos legales que desconozco, de ahí la pregunta.Ya les he argumentado de mil maneras que no tiene nada que ver una cosa con la otra, pero no los saco de sus 13.
    Poco más tengo que decir.

    Saludos y gracias por tu respuesta.

    Ya sólo te falta por poner el CIF de la empresa, dirección, teléfono y persona de contacto para que un inspector vaya a visitaros. 😉

    Pregunta al “asesor jurídico” de la empresa que os pasaría si ocurre un accidente de trabajo en el taller. ¿Y si haces la evaluación pero no la haces? Pero por lo menos que sea seguro el taller….. 💡

    #420574 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @SMV17 wrote:

    Hola a todos,

    Pertenezco a una empresa de transporte y en la misma empresa, hay un local de reparacion de vehículos. No es un taller estrictamente dicho, pero si que tiene herramientas, y equipos propios de un taller, y se realizan labores propias de los talleres, arreglo de vehículos, cambios de aceite, pero solo de los vehículos propios de la empresa. La empresa tiene licencia de actividad para el transporte de mercancia ¿necesitaría licencia de actividad para ese taller o local de reparaciones?.

    Se que el foro es de prevencion más que de estos temas legales, pero la duda me ha surgido al ir a hacer la eval. de reisgos del local y puesto.

    Gracias y un saludo

    La licencia de actividad es competencia del ayuntamiento de que se trate, luego dependerá de dicho ayuntamiento y de lo que digan sus ordenanzas reguladoras al respecto.

    Aún así, en pricncipio NO, no necesita de licencia de actividad una actividad auxiliar de la principal, puesto que se supone incluida en la misma, eso sí, siempre y cuando en el proyecto o memoria de actividad presentado en su día para la obtención de dicha licencia se hubiese incluido dicha actividad auxiliar (y por tanto la licencia de la actividad principal incluya a la auxiliar). De no ser así, habría de presentarse nueva memoria o proyecto de actividad de la actividad auxiliar para actualización (o procedimiento que el ayuntamiento correspondiente tenga dispuesto a tal efecto) de dicha licencia de actividad.

    En cualquier caso, todo esto es indiferente e independiente de la evaluación de los riesgos laborales que dicha actividad genere a los trabajadores de la empresa, el que una actividad no disponga de licencia de actividad no es óbice para evaluar los riesgos que la misma genera.

    ¿Que dicho documento de evaluación de riesgos pueda generar algun tipo de repercusión por no disponer de licencia de actividad? Pudiera ser pero lo dudo mucho pues los organismos competentes en cada caso (licencia de actividad-ayuntamiento y evaluación de riesgos-autoridad laboral competente/itss) son totalmente diferentes e independientes y dudo (por no decir estoy seguro) que exista una comunicación o cruce de datos entre los mismos.

    #420575 Agradecimientos: 0
    Tony58
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    1
    enero 2012

    Iniciado

    Si no te dejan realizar la evaluación del taller, es mejor que te cubras la espalda y lo pidas por escrito o grabes la conversación en caso de negarse. Imagínate que no realizas la evaluación y ocurre cualquier accidente/incidente.¿ Quien crees qué sera el responsable ?.

    #420576 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @Tony58 wrote:

    ¿ Quien crees qué sera el responsable ?

    El empresario, que es quien tiene la obligación legal de realizarla/que se realice.

    #420577 Agradecimientos: 0
    ARPINZON
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    0
    enero 2012


    Lo que vivi como experiencia es que la Empresa disponga de un local y deje en manos de contratistas especialistas el mantenimiento de vehiculos de cualquier indole. Esto asegura calidad y disminuye en parte riesgos de trabajo.

    #420578 Agradecimientos: 0
    OBIDIO
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    1
    1
    febrero 2007

    Iniciado

    El art. 16 de la Lay de PRL 31/95 expone la obligación de la realización del plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad por tanto si no se realiza dicha EV y Planificación de todas las actividades de la empresa se estará incumpliendo.
    En cuanto a dar de alta al taller como licencia de apertura del ayuntamiento no es necesario puesto que no es la actividad dirigida al usuario sino al mantenimiento interno de sus vehículos y si tendrá la licencia de apertura de la actividad.

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