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  • #11760 Agradecimientos: 0
    Nacho M
    Participante
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    mayo 2004


    Buenos dias. Trabajo como Coordinador de Seguridad en la Construccion. En un Informe de una obra digo que es obligatorio el uso de ropa de trabajo cubriendo la totalidad del cuerpo (para ferrallas, encofradores..). Hay alguna ley que lo pueda verificar, que diga que incluso en verano es obligatorio el uso de ropa de trabajo y no se puede trabajar sin camiseta? Gracias

    #138558 Agradecimientos: 0
    dusminguets
    Participante
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    junio 2007


    Hola,

    no quisiera ser pedante y por eso te contesto en voz baja…; tengo entendido que la ropa (de protección) si es un EPI evidentemente es exigible, pero si no lo es se puede exigir su uso según cada convenio. En el caso del convenio de la província de Barcelona creo que es el artículo 23 del convenio…

    #138559 Agradecimientos: 0
    DARKINGJLV
    Participante
    0
    noviembre 2006


    Lo que te dice el compañero Dusminguets es asi en el Art 23 del convenio de la construccion de la Provincia de Barcelona dice entre otras cosas ( En ambos casos las prendas de trabajo y abrigo entregadas seran de uso obligatorio)me figuro que la malloria de convenios estan cortados por el mismo patron, de todas formas mira el que afecte a tu provincia, te informara CCOO.o UGT

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