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  • #35499 Agradecimientos: 0
    Dinki
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    diciembre 2003


    Hola, me gustaría saber si la ley de prevención de riesgos laborales se aplica a las tripulaciones de aviones y barcos de pasajeros. Gracias.

    #245719 Agradecimientos: 0
    jorgar
    Participante
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    agosto 2002


    La ley de prevención de riesgos laborales se aplica a cualquier trabajador por cuenta ajena excepto a dos situaciones que se comentan en la ley, artículo 3, en el que no está incluida ninguna de las dos actividades que comentas.

    #245720 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
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    agosto 2001


    Desde luego, aunque no exista legislación específica, la generica es de aplicación a todos los trabajadores, salvo las escepciones que la propia ley indica (militares, policias, etc.)

    #245721 Agradecimientos: 0
    Masterg
    Participante
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    octubre 2002


    Si..ten en cuenta que son disposiciones mínimas y base de futuros desarrollos…otra cosa es que según convenios colectivos …tenga unas particularidades de aplicación en función de los sectores que indicas…pero la base es de aplicación clara. EN este caso se han de tener particularmente en cuenta…las evaluaciones y planificaciones…de Técnicos especialmente preparados en el tema…( sobre todo caso de Situaciones de emergencia y evacuación de barcos…)y aviones con una especial formación de los equipos de emergencia…y en equipos de primeros auxilios…desde el punto de vista técnico…( revisiones,equipos… etc..) en este caso están especialmente satisfechas con la legislación específica , por lo que a mi criterio hay que poner especial énfasis en lo anterior…evidentemente simulacros incluidos y prácticas de primeros auxilios…

    #245722 Agradecimientos: 0
    Elisamá
    Participante
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    enero 2004


    La ley de Prevención se aplican aa todas las profesiones, pero como ya sabemos, son los reglamentos los que desarrollan la ley, y en este sentido existen R.D reguladores de actividades especiales , entre los que se encuentran R.D. 285/1999 de 12 de febrero, por el que se establecerán las condiciones minimas sobre la proteccion de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar. R.D. 1216/1997 de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones minimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de buques de pesca etc…..

    #245723 Agradecimientos: 0
    pegote
    Participante
    0
    octubre 2001


    Ámbito de aplicación

    1. Esta Ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal civil al servicio de las Administraciones públicas, con las peculiaridades que, en este caso, se contemplan en la presente Ley o en sus normas de desarrollo. Ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones específicas que se establecen para fabricantes, importadores y suministradores, y de los derechos y obligaciones que puedan derivarse para los trabajadores autónomos. Igualmente serán aplicables a las sociedades cooperativas, constituidas de acuerdo con la legislación que les sea de aplicación, en las que existan socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal, con las particularidades derivadas de su normativa específica.

    Cuando en la presente Ley se haga referencia a trabajadores y empresarios, se entenderán también comprendidos en estos términos, respectivamente, de una parte, el personal civil con relación de carácter administrativo o estatutario y la Administración pública para la que presta servicios, en los términos expresados en la disposición adicional tercera de esta Ley, y de otra, los socios de las cooperativas a que se refiere el párrafo anterior y las sociedades cooperativas para las que prestan sus servicios.

    2. La presente Ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de :

    – Policía, seguridad y resguardo aduanero.

    – Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.

    No obstante, esta Ley inspirará la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que prestan sus servicios en las indicadas actividades.

    3. En los centros y establecimientos militares será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley, con las particularidades previstas en su normativa específica.

    En los establecimientos penitenciarios, se adaptarán a la presente Ley aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial, lo que se llevará a efecto en los términos señalados en la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos.

    4. La presente Ley tampoco será de aplicación a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. No obstante lo anterior, el titular del hogar familiar está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

    Como puedes comprobar si es de aplicación la ley de PRL a las actividades indicadas.

    #245724 Agradecimientos: 0
    SERGIO CASTILLO
    Participante
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    septiembre 2002


    La ley de prevención aplica a todos los trabajadores, allá donde desempeñen su trabajo y en ningún punto de la norma indica que estén exentos, si bien su lugar de trabajo es especial.

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