Tal y como yo lo veo, las actividades que pueden hacer las mutuas cargo a cuotas complementaran SIN SUSTITUIR LAS OBLIGACIONES DIRECTAS QUE LOS EMPRESARIOS ASUMEN EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN LA LPRL.
Es más, como técnico de un SPA o de un SPP seguramente podré encontrar colaboración de la mutua si se trata de reducir la siniestralidad de mi empresa.
Por otra parte, que los recursos públicos de la Seguridad Social se puedan dedicar al desarrollo de la I+D+i, a la divulgación, educación y sensibilización en prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales me parece que es lo que debe ser.
Tambien he leido en la “estrategia española de seguridad y salud en el trabajo” publicada en la página del Ministerio, en su punto 7.4., que se desarrolará una campña dirigida a informar sobre las actividades preventivas que actualmente pueden realizar las mutuas y sobre las que no pueden llevar a cabo.