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  • #15318 Agradecimientos: 0
    olvegueña
    Participante
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    mayo 2006


    Tengo una duda sobre los accidentes in itinere, un trabajador ha tenido un accidente de trafico de vuelta a su casa, pero el lugar donde iba no era el que figuraba en el contrato con la empresa como su domicilio. se considera accidente in itinere.
    Muchas gracias.

    #157502 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
    Participante
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    marzo 2006

    Iniciado

    Buenas ¿Pero es su casa o no? Para considerarse accidente in itínere debe producirse durante el trayecto habitual del domicilio al centro de trabajo y viceversa y que este desplazamiento sea motivado por razones laborales.
    Que el domicilio real no se corresponda con el reflejado en el contrato y por lo tanto no considerarlo accidente in itínere, sería cuestión de planteárselo a un juez o examinar la jurisprudencia.
    Un saludo

    #157503 Agradecimientos: 0
    teg
    Participante
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    marzo 2004


    Segun el inspector de mi zona, si uno duerme, por el motivo que sea, en un domicilio que no es el suyo habitual, y al ir a trabajar sufre un accidente, no es in itinere.
    No sé si te he ayudado en algo. Se qué hay mucha jurisprudencia sobre el tema y nos indicó que variadita, para facilitar las cosas. Pero que las empresas deberían investigar siempre estos accidentes y no firmarlos si no lo tienen claro.
    saludos.

    #157504 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    SOMOS PREVENCIONISTAS, NO abogados laboralistas, NO graduados sociales y ni mucho menos JUECES O FISCALES.
    Si nos encargan una investigación de accidente “in itinere”, ES ESO, accidente “in itinere” y a quien le interesa, la Muta, ya se preocupará de demostrar lo contrario, no estando para valorar si iba a su casa, a un masaje relax o a tomar unas cañas.
    Por lo tanto, mientras OTRO no demuestre lo contrario, es un accidente “in itinere”.
    Por cierto, tal y como está montado todo este tinglado, a un empresario le interesa infinitamente más declarar una baja como accidente de trabajo que como ILT. Cuando se apruebe el bonus/malus será otra historia, como en el resto de países en el que está implantado el bonus/malus en el que se pasan los AT a ILT, pero por ahora, como comento, eso es otra historia.

    #157505 Agradecimientos: 0
    CIRILO
    Participante
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    octubre 2004


    Mi estimado amigo.

    Si es cierto somos prevencionistas, y por sobre todo debemos pensar y no tomar las cosas como nos dicen que las tomemos.
    Si te dicen que investigues un accidente “in itinere” debes, necesariamente, asegurarte que es “in itinere” (en mi pais le decimos “de trayecto”)
    Por experiencias personales, más de un trabajador me ha tratado pasar una lesión producto de un juego de fútbol como “Accidente de trayecto”
    Si un trabajador termina su jornada de trabajo a las 18 hrs. y se accidenta a las 3 de la madrugada en automóvil, acompañado dos rubias preciosas y en el móvil se encuentran confetis y botellas de champaña. ¿Investigarías esto como un accidente de trayecto o “in itinere”?
    Somos prevencionistas y nuestra función es educar a los trabajadores a llegar sanos y salvos a su hogar, pero támbien tenemos que tener algo de abogados.

    saludos

    Ivan

    #157506 Agradecimientos: 0
    JESUS UTRILLA
    Participante
    0
    noviembre 2005


    El accidente in itinere se considera el que ocurre en “el trayecto habitual” hacia el trabajo o a la salida de el mismo.
    Es decir, si ese lugar es el que iba siempre al acabar su jornada, si lo será, de lo contrario, legalmente no será considerado accidente in itinere.

    #157507 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
    Participante
    2
    0
    marzo 2006

    Iniciado

    * Por una vez creo que no estoy deacuerdo con lo que comentas Xirgu. Cuando ocurre un accidente lo que hacemos es determinar una serie de causas básicas que desencadenan una serie de sucesos que culminan en el accidente. En los informes que hay que se realizan a partir de la investigación en base a la información obtenida el técnico tiene que determinar si ha sido accidente de trabajo, si es accidente in intinere o no. Luego serán los jueces o la mutua o quien sea los que dirán si el accidente está bien considerado.

    Un saludo

    #157508 Agradecimientos: 0
    rt54y
    Participante
    0
    junio 2002


    consultar con abogado hay muchas sentencias contradicctoria y hay que estudiar todaS LAS POSIBILIDADES ESTOY DISPUESTO A EXPLICARTELO POR TELEFONO .UN SALUDO.

    #157509 Agradecimientos: 0
    deli
    Participante
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    diciembre 2001


    Yo estoy con Xirgu.

    Bastante tenemos ya para hacer lo nuestro como para dedicarnos a leernos jurisprudencia.

    Si me dicen que In Itinere pues hago la investigación, nada mas que una entrevista con el trabajador donde me diga que trayecto hacía, de donde venñia y a donde ibba y por donde lo hacía.

    Se tramita y en paz.

    Y a reclamar al maestro armero

    Saludos

    #157510 Agradecimientos: 0
    fabive27
    Participante
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    marzo 2007


    no me queda claro en donde fue el accidente se considera en itinere del domicilio declarado llendo o volviendo del trabajo sin salirse del trajecto habitual.

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