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kiski.
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Tiene la obligación el inspector de trabajo de avisar al delegado de prevención para realizar una visita a un centro de trabajo por una denuncia de incumplimiento del real decreto 486/97.GRACIAS
Entiendo que es la empresa la que ha de avisar de la llegada del inspector. El inspector notifica a la empresa de su visita y, la empresa, ha de notificar al delegado de que en tal fecha y hora se presentará el inspector. Si se presenta por sorpresa, la empresa ha de localizar al delegado en ella para que esté presente. Normalmente lo el inspector así lo requerirá.
Tiene la obligacion de avisar al Empleador pues es este quien es responsable DE ADOPTAR MEDIDAS Y EVITAR QUE LOS TRABAJADORES REALICEN SU TRABAJO EN CONDICIONES DE RIESGO PARA SU SALUD VEASE DECRETO REAL CAPITULO 2 ARTICULO 3 Y D.S 594 ART 57, segun mi experiencia los inspectores de trabajo avisan directo a gerencia y luego se comunica al experto, pero no es obligacion del inspector avisar al EXPERTO, DEBE avisar AL EMPLEADOR, GERENTE O ADMINISTRADOR DE PLANTAquien es el responsable directo.
No es una obligación, es un deber de la inspección de trabajo avisar a los delegados de prevención para que les acompañen a las visitas por los centros de trabajo.Saludos
Hola chic@s, yo siendo graduado social y tecnico en prevención os digo que muchas veces, los inspectores de trabajo se presentan en los centros de trabajo sin avisar, bien porque hayan tenido una denuncia o bien porque los indices de siniestralidad sean muy altos, es lo que yo he visto alguna vez, estando en despachos de graduados sociales trabajando, nos han llamado empresarios y nos han dicho, tenemos un problema, ha venido tal inspector y nadie nos ha notificado su visita, en temas laborales cuando la gente trabaja mas horas de las estipuladas en el contrato, ………… recibe menos salario………. manda un escrito (denuncia a la inspección) y ellos para verificar que eso es cierto se presentan en los centros de trabajo, se presentan a los empresarios (empleadores) y hablan con todos los trabajadores del centro
desde mi experiencia os digo que no siempre se presentan avisando
Viene muy claro en la Ley, el inspector a de notificar las visitas de inspección, siempre y cuando el aviso no entorpezca o dificulte la labor inspectora, o sea…, que avisan si lo consideran oportuno.
Están autorizados para hacerse acompañar por trabajadores, sean o no representantes de los trabajadores. Autorizar no es ordenar, es una posibilidad que debe decidir si utiliza o no el inspector además de decidir libremente las personas de las que acompañarse.
Sí es un deber comunicar al empresario, administradeor, etc… de su vivisita, pero esta comunicación puede ser previa o no a la visita. Parte de la gracia de la actuación de Inspección es “pillar in fragati” al empresario que incumple la normativa o comete delitos.
Si no os han avisado de la visita, lo mejor que podéis hacer es solictar al inspector que os informe de sus actuaciones.
NO.
SALUDOS,
Normalmente el inspector avisa por un lado a la empresa y por otro a los delegados
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