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  • #14186 Agradecimientos: 0
    redondela2
    Participante
    0
    octubre 2006


    Una duda? Puede pedirla a mi medio de cabecera que notifique a la inspeccion medica de mi sospecha que mi contingencia puede ser debida a motivos profesioneles. y si es asi la inspeccion medica que hace? contacta con la mutua para que reconsidere su criterio de calificarme mi patologia como comun? o me remite al evi directamente ahorrandome yo la realizacion de la determinacion contingencias?
    gracias

    #151101 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimada compañera:
    La inspección médica recopilará la información pertinente para valorar si el caso es común o profesional, antes de emitir un dictamen. la inspección médica es un órgano consultivo y de gestión, no judicial. Otra cosa es que hablen entre ellos y les digan que lo van a considerar profesional, con lo que la mutua puede considerar que no vale la pena ir a juicio.
    Un saludo

    Javier

    #151102 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Tu Médico de Atención Primaria evidentemente puede (y debe) notificar a Inspección Médica una sospecha sobre la contingencia.
    ¿Qué hace Inspección Médica? generalmente nada, pero puede citar al paciente para ampliar información.
    Aun con todo la aclaración de contingencia debe ser SOLICITADA por el paciente interesado… es quien NO está de acuerdo con el origen de la misma.

    #151103 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Más que la Inspección Médica, es el EVI quien determina la contingencia (común o profesional RD 1300/1995), y lo puede solicitar directamente el interesado.
    De no estar de acuerdo, será la juridicción social el siguiente paso.
    Saludos

    #151104 Agradecimientos: 0
    oceanita
    Participante
    0
    agosto 2006


    Cuando el médico de cabecera sospecha que la patologia que esta tratando se trata de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o bien cuando se produce un rechazo por parte de la mutua de una contingencia (que suele ser lo más frecuente), el médico de cabecera tiene la obligación de realizar la baja por contingencia común, pero solicita a su inspector de área correspondiente una determinación de contingencia. Esto consiste en que el inspector solicita de la mutua o bien que acepte el accidente o la EP o bien que le de explicaciones sobre las razones de rechazar la contingencia. La mutua debe realizar un informe a instancias del inspector y debe “convencerlo”, porque la última palabra la tiene el inspector.
    También realizan determinaciones de contiengencias los medicos del INSS y por supuesto el EVI.

    #151105 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Obligación, lo que se dice obligación no tiene. Si tiene la obligación de comunicarlo a su Médico Inspector de área, pero solo emitirá la baja si desde su punto de vista objetivo existe incapacidad para el trabajo. El solo diagóstico no es igual a una baja… me explico: una hernia discal no debe porqué causar baja, solo si existe incapacidad (como su propio nombre indica) temporal (si no sería una Inc. Pte.) para el trabajo que desempeña.

    #151106 Agradecimientos: 0
    ceg
    Participante
    0
    junio 2003


    La determinación de la contingencia corresponde a la Entidad Gestora (INSS) sin perjuicio de la tramitación como tales de las Entidades Colaboradoras (Mutua). El EVI (que depende organicamente de cada una de las direcciones provinciales del INSS) determinará el caracter común o profesional de la enfermedad exclusivamente cuando le sea solicitado dicho dictamen.

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