- Este debate tiene 3 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años, 9 meses por ASTER.
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Estimados amigos, me gustaria saber si la inspección de trabajo puede sancionar basándose en las anotaciones que hace el coordinador de seguridad en el libro de incidencias, y si cuando dice que se nos abre un “acta” esto implica sanción economica. Gracias
Pues Si y No, Si porque su anotación en el libro da paso a la actuación del Inspector, el cual solicitará documentación o pruebas de descargo en su caso y en funcion del resultado sancionará o no.
No porque obviamente será necesario que primero pueda discernir si lo escrito es cierto o no y por tanto sancionable o no.
Lástima porque en vez de Coordinadores seríamos “Coordineitors”
No olvidemos que el Inspector puede añadir “cargos” a la anotación si en su visita observa irregularidades nuevas no anotadas.
Por otra parte si te abre un acta de infracciones se supone derivará en sanciones.
Por poder, puede, incluso te puede sancionar por el incumplimiento de Leyes y RD que ya no están en vigor o no son aplicables a esa actividad (Lo he visto en varias ocasiones). Otra historia es que un buen Asesor pueda realizar un buen recurso a esa sanción y echarla para atrás.
Lo normal, en mi provincia, es que no sancionen en base a la anotación, siempre y cuando se haya subanado la deficiencia (sancionan por lo que ven ellos), excepto casos flagrantes o que hayan generado un accidente que haya ocasionado la anotación en el Libro. Un detalle importante, aunque NO puedan o no quieran sancionar en base a una anotación, te aseguro que como consideren que te debes llevar un palo por la anotación, ya te buscarán las cosquillas y te sancionarán.
De las numerosas anotaciones que he realizado, sólo en cinco ocasines originaron directamente la sanción de Inspección. Y para terminar, como la técnica ha evolucionado una barbaridad, a mí y a otros coordinadores, nos suelen pedir imágnes (si las hay) de los incumplimientos y te aseguro que en el 95% de las veces existe documentación gráfica.
El acta que hace la inspección no tiene porqué acabar en sanción propuesta de sanción económica, puede acabar simplemente en una serie de recomendaciones, en recabar información adicional, o en solicitar explicaciones verbales ( o en todo ello, documentación, explicaciones, recomendaciones y propuesta de sanción)
En principio no pueden (no deben) sancionar basándose en anotaciones del libro de incidencias, ya que el coordinador no posee “la carga de la prueba” o “presunción de veracidad” (el inspector sí) así que deben verificar por sí mismos que las anotaciones son correctas.
saludos
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