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  • #9603 Agradecimientos: 0
    tgaladriel
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    febrero 2007


    Estoy preparando un protocolo sobre actuacion en caso de accidente de trabajo, y entre estas actuaciones indico que en el caso de que ocurra un accidente hay qye comunicarselo al delegado de prevencion.

    ¿Hay algun modelo o norma establecida de comunicacion?

    Muchas gracias

    #128336 Agradecimientos: 0
    Tecseg
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    diciembre 2003


    HOLA DESDE LA TIERRA DEL TEQUILA, JALISCO

    1.- TE SUGIERO UN AVISO RAPIDO A EJECUTIVOS CON LAS PRIMERAS DECLARACIONES DEL LESIONADO O REPORTE MEDICO INICIAL, CON LOS DATOS DEL SUPERVISOR.

    2.- INVESTIGACION DE ACCIDENTE

    3.- CUANTIFICACION DE DAÑOS

    4.- SISTEMA DE SEGUIMIENTO

    5.- ESTADISTICA DE ACCIDENTES

    6,. TENDENCIAS POR TURNO, HORA, SUPERVISOR, CAUSAS, ETC.

    #128337 Agradecimientos: 0
    De locos
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    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Yo te recomiendo que trates de reducir en lo posible la burocracia y documentalismo exacerbado en la gestión empresarial y en concreto en la seguridad y salud laboral.
    En mi opinión, creo algo exagerado tratar de documentar el aviso de un accidente a los delegados de prevención.
    Si acaso, yo te recomiendo que de cada accidente, se haga un parte de notificación con los datos básicos sobre el trabajador, el accidente, los testigos, y aquella información que pueda servir para una posterior investigación del accidente.
    Ese parte sí podría ser entregado a Dirección, al servicio médico (si lo tenéis), a los delegados de prevención y al responsable de personal (por ejemplo); pero no creo necesario un parte de entrega que deba firmar el delegado como recibí.

    #128338 Agradecimientos: 0
    fireman16
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    julio 2007


    Debe ser en las siguientes 24 horas, en caso de lesiones debe incluir el diagnostico medico, el pronostico de descanso, el informe debe concluir en forma inicial sobre las condiciones alrededor del accidente y las causas visibles.

    #128339 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Esto es lo que dice la LPRL al respecto:
    Art. 36 Competencia y facultades de los delegados de prevención
    “Ser informados por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos”
    Una cosa es informar a los delegados de prevención mediante un procedimiento básico que incluya los datos principales del accidente y otra cosa es lo que dice Fireman16 que prácticamente equipara a los delegados de prevención con la inspección de trabajo, un poco más y le tiene que pasar la nómina,la hipoteca y el número de pié.

    #128340 Agradecimientos: 0
    ataulfo
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    septiembre 2007


    no se nada

    #128341 Agradecimientos: 0
    CASE International
    Participante
    0
    mayo 2003


    Desde Rep. Dom.: Para reportar al Organismo estatal correspondiente tenemos el formato ATR-1 (Puedes buscarlo en google). A lo interno de las empresas recomendamos un formato libre sencillo con datos del accidentado, del accidente, analisis de causas y plan de accion. Debe ser firmado por el superior inmediato del accidentado, para que no alegue desconocimiento, y por el supervisor o encargado de seguridad y salud.

    #128342 Agradecimientos: 0
    MELO MELO
    Participante
    0
    enero 2007


    Hola compañero,

    Nosotros desdes el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales, Servicio de Prevención Propio, lo que hacemos es mandar mensualmente a todos nuestros centros de trabajo las estadísticas de siniestralidad laboral y cuando los representantes de los trabajadores nos piden las investigaciones de accidente, se las entregamos pero sin los datos personales del trabajador ya que por Ley no se pueden dar esos datos, y ten mucho cuidado a la hora de poner los diagnósticos de las lesiones, ya que también están prohíbidos, lo que nosotros hacemos es porner la dolencia de la parte del cuerpo correspondiente pero nunca el diagnóstico médico. Espero haberte ayudado.

    #128343 Agradecimientos: 0
    carlos_bcn
    Participante
    27
    24
    mayo 2007


    Iniciado

    Estoy de acuerdo con lo indicado por Melo, nosotros mas o menos hacemos lo mismo, y tal y como dice el hay que tener cuidado con la información que se da a los delegados de prevención en cuanto a datos de los demas trabajadores, ya que hay que tener en cuenta lo establecido en la ley organica de protección de datos

    #128344 Agradecimientos: 0
    @lfred
    Participante
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    febrero 2003


    Cuidadin! dicho documento de investigación de accidente, no puede incluir el diagnostico médico. Acordaros que es totalmente confidencial y este documento o impreso pasa por diferentes departamentos!!

    Hace poco este punto, (el del diagnóstico), fue una desviación en la auditoría general de PRL de mi empresa. En nuestro impreso había un apartado para el diagnóstico médico que hemos tenido que quitar.

    saludos

    #128345 Agradecimientos: 0
    tgaladriel
    Participante
    0
    febrero 2007


    Gracias por tu respuesta

    #128346 Agradecimientos: 0
    tgaladriel
    Participante
    0
    febrero 2007


    Gracias por tu respuesta

    #128347 Agradecimientos: 0
    tgaladriel
    Participante
    0
    febrero 2007


    Gracias por tu informacion

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