Evidentemente Manuel, si es tal y como tú lo describes, es decir el escalón estaba perfectamente y libre de obstáculos, pues desde luego no existe reponsabilidad por parte del empresario. Pero yo no he hecho esa investigación y no he visto lógicamente el estado del escalón… lo que he comentado ha sido en general.
Por favor, ¿Alquién puede contestarme sobe el tema de si las jornadas perdidas por accidente in itinere deben contabilizarse a la hora de calcularlos índices de siniestrabilidad? y Que sustituye a LA NTP 1 que no está en vigor?
Gracias