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  • #58900 Agradecimientos: 0
    Euuuu
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    septiembre 2008


    Un accidente que se da en el recinto de la empresa, pero antes de fichar la entrada el trabajador (Cuando llega se dirije a fichar y cae al suelo al no percatarse de un bordillo). ¿Sería accidente in itinere porque aún no ha fichado, o seria accidente de trabajo normal porque ya esta en el recinto de la empresa?

    #329512 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Si está en el recinto del centro de trabajo, está ya en su centro, y por lo tanto es ya un accidente de trabajo sin más…
    El hecho de fichar es una cuestión más interna que otra cosa, y nada tiene que ver con la consideración del accidente… Si a un trabajador se le olvida fichar… y a la media hora de estar trabajando tiene un accidente… variaría su condición de accidente laboral???
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #329513 Agradecimientos: 0
    Camano
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    abril 2008


    Me inclino por “in itinere”, sencillamente porque va hacia su puesto. No es un dato relevante ya que lo que está claro es que es un accidente de trabajo.

    #329514 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Estimado compañero:
    Si es dentro del recinto, es accidente de trabajo. Yo he dado uno la semana pasada después de sonar la sirena cuando se dirigía al aparacamiento, pero en uno de los pasillos del centro de trabajo.
    Es relevante porque si no es in itinere no afecta a los indicadores. Yo entiendo que si alguien se resbala en la fábrica es responsabilidad del servicio de prevención (es posible que el pasillo no estuviese limpio) mientras que el accidente in itinere, por definición, no se investiga in situ (no se pueden pedir responsabilidades a la empresa de como cruza la calle un trabajador después de salir del recinto)
    Un saludo

    Javier

    #329515 Agradecimientos: 0
    JuJoSa
    Participante
    0
    mayo 2008


    Accidente de trabajo. Oscar76 lo ha explicado.
    El in-itinere es el accidente en el TRAYECTO y esta persona lo ha tenido dentro de las instalaciones.

    Es al igual que un trabajador de otra empresa, se hace daño dentro de las instalaciones. este operario no ficha, ¿se le considerará in-itinere?

    #329516 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Para mi es un in itinere claro. Igual como es in itinere si te sucede en el parquing de tu casa al ir a subirte al coche para ir a trabajar(incluso si te caes por las escaleras de tu casa al ir a buscar el coche, aunque ojo con la picaresca….) lo es si te sucede al bajarte del coche o andar por el parking al entrar o salir del trabajo. El del parquing de la empresa es más fácil de “creer” puesto que normalmente hay testigos. Digo parking pero puede no serlo, el recinto mismo antes de entrar a trabajar.
    Para mi no hay duda.

    Saludos

    #329517 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Creo que es accidente laboral sin más y no in itinere, ya que se encuentra dentro del centro de trabajo. Una vez que entras en el mismo ya deja de ser in itinere. Hay muchísimas empresas en las que no existe sistema de picaje y eso no afecta a que sea accidente de trabajo.

    Pero al leer los comentarios me ha surgido otra duda, sobre lo comentado por Javier. O sea, que si es accidente in itinere, ¿no se tiene en cuenta a la hora de calcular los índices de siniestrabilidad (frecuencia, gravedad, etc…)?

    #329518 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Bueno, sobre la calificación o no, cada uno dirá su opinión, punto de vista.

    Cierto Kontxi, los in itinere no cuentan en estos índices.

    Saludos

    #329519 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Es claramente un accidente de trabajo puesto que ya está en el interior del recinto de la empresa. El hecho de marcar es algo anecdótico para la siniestralidad. Si este fuese el criterio, en mi empresa no tenemos accidentes de trabajo, jajaja, he conseguido el objetivo cero accidentes, ya que no fichamos.
    Esta pregunta me genera una nueva duda que se nos presentó hace tiempo. Para acceder a nuestro centro de trabajo, tenemos una escalera que conduce desde la calle a recepción. El primer escalón de esta escalera está a ras con la fachada. Pues ahí va la pregunta, un día un trabajador se cayó (tropezó) en este primer escalón, ¿es in itinere o laboral?

    #329520 Agradecimientos: 0
    Menovell
    Participante
    0
    agosto 2006


    Hola, quisiera me aclararan porque no cuenta en los índices los accidentes in itinere. Yo que hago estadísticas si que los pongo. Lo hago después de consultar con el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya de Girona. Ellos fueron los que me dijeron que los itinere se tienen que contabilizar. Podrías decirme si hay algo escrito de ello.

    Por cierto, lo que se consulta es accidente no itinere, a la que entras en el recinto de la fábrica fiches o no fiches es accidente normal.

    Saludos

    #329521 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Menovell y Kontxi: Los accidentes “in itínere” cuentan en el cómputo general de accidentes laborales de la empresa, pero deben ser claramente diferenciados dentro del conjunto de accidentes de trabajo.
    Veamos las fórmulas que se pueden aplicar en cualquier empresa con jornadas de trabajo a turnos y, por lo tanto, contando todos los días del año (si no se trabajan los fines de semana, en el denominador no aparecería 365 , sino la resultante de restar fines de semana):

    FÓRMULAS:

    – Índice de Incidencia = número total de Accidentes de Trabajo con baja (salvo in Itinere) X 1.000 /plantilla media de trabajadores

    – Índice de Frecuencia General = número total de Accidentes de Trabajo con y sin baja (salvo in Itinere) X 1.000.000
    / número total de horas trabajadas

    – Índice de Frecuencia de Accidentes con Baja = número total de Accidentes de Trabajo con baja (salvo in Itinere) X 1.000.000
    / número total de horas trabajadas

    – Índice de Gravedad = número total de jornadas perdidas por Accidentes de Trabajo con y sin Baja (salvo in Itinere) X 1.000
    / número total de horas trabajadas

    – Índice de Absentismo = número de días perdidos al año por Accidentes de Trabajo (salvo in Itinere) X 100
    / plantilla media de trabajadores X (365 días *, -31 días **, -7 días ***)

    Así que teneis que decir a los de la Generalitat o a la Junta correspondiente que os etán obligando a pasar datos falsos de absentismo, gravedad, fercuencia e incidencia, puesto que los accidentes in itínere los soporta la empresa (en este caso la mutua correspondiente), pero no es la responsable de ellos ni los puede controlar, y por ello se sustraen a la hora de realizar los índices epidemiológicos.

    #329522 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Léete la NT 1 Estadísticas de accidentabilidad en la empresa.
    Aquí viene la respuesta a tu pregunta sobre si se contabilizan o no los accidentes in itinere.

    Saludos

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    #329523 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Perdón, la respuesta se quedó a medias.
    Aquí tienes la dirección de la Nota Técnica:

    Saludos

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    #329524 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Como para entrar a trabajar es imperscindible pasar por ese escalón, y como parece que ese es el origen físico del centro de trabajo, es un accidente de trabajo con todas las consecuencias, ya que no hay más alternativa que entrar por él y es responsabilidad de la empresa vigilar por el buen estado de ese escalón.

    #329525 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    En este tipo de hechos pesa mas el sentido común y el criterio, si el objetivo es disminuir el nº de accidentes este debe estar incluído para evaluar cada caso en particular.

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