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  • #57059 Agradecimientos: 0
    Femina
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    noviembre 2007


    Bueno, lo primero deciros que se que mi duda va sobre todo de tema laboral no de PRL pero es que no estoy muy puesta en esto.
    por motivos del trabajo mi empresa ha decidido ampliar la jornada laboral durante una semana de lunes a viernes de 8 de la mañana a 10 de la noche, se ha consultado con los trabajadores y les parece bien ya que es algo puntual y son trabajos de remate sin riesgos importantes, me gustaría saber si debe tener el consentomiento por escrito del trabajador y donde puedo encontrar un formato para esto. No se si por algun motivo no se puede hacer, si alguno sabeis de esto por favor informarme.
    Gracias de antemano, un saludo.

    #317637 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Lee los art. 34 y 35 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    En teoría y por lo que has dicho, no hay problema en hacerlas, siempre que se sigan las exigencias del art. 35.

    Si lo que quieres saber es si está obligado o no a hacerlas, el art. 35 dice que:

    4. “La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2 de este artículo”.

    Es decir, que si ya lo han pactado al principio (bien mediante contrato, o porque el trabajador aceptó las condiciones de trabajo de la empresa, que se recogen en el convenio colectivo), no tiene mucho sentido que ahora el trabajador necesite firmar un consentimiento.

    Un saludo.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #317638 Agradecimientos: 0
    windy30
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    diciembre 2006


    Buenas tardes,

    Ahora mismo no te se referenciar la normativa en cuestión pero lo que si recuerdo de cuando la estuve consultando es que los trabajadores no deben trabajar durante una jonada laboral de mas de 12h seguidas y durante jornada y jornada se dejara dejar 12 h en como mínimo para descanso. Durante la jornada laboral se deberá descansar los periodos establecidos por horas trabajadas.

    Creo que si es en el estatuto de los trabajadores donde encontraras esto

    saludos

    #317639 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Consulta con UGT o con CCOO

    #317640 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Encontrarás lo que buscas en Estatuto Trabajadores.

    Saludos

    #317641 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes
    Primero que todo en este caso si existen los riesgos laborales, ya que la cantidad de horas que se trabaja diariamente es exesiva (14 horas) lo cual puede traer como consecuencia mucho agotamiento fisico al trabajador pudiendo ocasionar accidentes de trabajo, deacurdo con el documento firmado por los trabajadores avalando el consetimiento de este si es obligatorio realizarlo y el formato lo puedes elaborar a tu gusto.
    ATT
    Natasha Rodriguez
    Venezuela T.S.U Seguridad Industrial

    #317642 Agradecimientos: 0
    prevend2
    Participante
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    enero 2009


    Mira en el Estatuto del trabajador, ya que hay que cumplir un descanso entre jornadas, creo que 8.5 horas, un descanso semanal de 1.5 dias, y al año un límite de 80 horas extraordinarias por trabajador (si la empresa no cumple este ultimo punto puede ser sancionada)

    #317643 Agradecimientos: 0
    513.nancy
    Participante
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    octubre 2008


    a pesar de que los trabajadores estan de ecuerdo, no es recomendable, ya que va existir mas cansancio y por ende auumenta el riesgo de accidentes asi el trabajo sea mas ligero…si es movimientos repetitivos deben descnasar por lo menos cada 2 horas de trabajo e intentar armonizar la jornada de trabajo con ejercicios relajantes y minutos de descanso pasivos y activos ..tengo entendido los derechos son irrenunciables asi ellos esten de acuerdo con la apertura del horario de trabajo, no deberia ya que crean un precedente por lo cual la empresa podria disponer en otra ocasion del personal

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