Si que es de obligado cumplimiento ya que esta guía es el RD 487/1997 y dimana de lo dispuesto en el artículo 6 de la LPRL.
Esta guía son las normas de desarrollo que indican las “medidas mínimas”.
Asímismo el Convenio 127 de la OIT ratificado en España el 6 de marzo de 1969 BOE 15/10/69 contiene las disposiciones relativas al peso máximo de la carga transportada por un trabajador.
La directiva 90/269/CEE establece las disposiciones mínimas de seguridad y el RD 487/1997 es la transposición a la Legislación española de la misma.
Por último, el artículo 5.3 del Reglamento de los Servicios de Prevención establece que se podrán utilizar los métodos o criterios recogidos en…
Espero haberte ayudado.
Un saludo