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    Marta Morató
    Participante
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    marzo 2003


    En mi trabajo fumigan una vez cada tres meses cuando no hay nadie de la plantilla en el interior del centro. Dado que nunca hay personas en el interior, la empresa fumigadora no quiere decirnos qué agentes químicos ni qué porcentages utilizan. ¿Qué podemoshacer para que nos faciliten la información?

    #218514 Agradecimientos: 0
    JC López
    Participante
    0
    marzo 2005


    Facil, como cliente de la fumigadora puedes pedir las hojas de seguridad (MSDS), tu tienes el dercho a ser informada de todo químico que es utilizado dentro de las instalaciones de la empresa. Investiga otras fumigadoras y pregunta si proporcionan dichas hojas, luego dile a la fumigadora actual que otras ofrecen mayor seguridad y podrías optar por ellas. Muchas empresas solamente asi reaccionan a trabajar con seguridad, o pierden clientes o reaccionan.

    #218515 Agradecimientos: 0
    miref
    Participante
    1
    2
    junio 2004

    Iniciado

    Este es el protocolo que nosotros utilizamos. Miref.

    1. Cuando vaya a contratar asegúrese que la empresa de control de plagas:

     Le da por escrito la política de control de plagas de la empresa. En esta política ha de primar la prevención de plagas antes que la aplicación de plaguicidas.

     La empresa ha de estar inscrita en el Registro de Empresas Plaguicidas del ministerio de Sanidad o del departamento afín de su Comunidad Autónoma.

     Entrega por escrito de los productos plaguicidas a emplear por la empresa y, certificado de inscripción de estos en el Registro de Plaguicidas del Ministerio de Sanidad y Consumo.

     Certificado de obtención del Carné de aplicador de tratamientos de DDD (desinfección, desinsectación, desratización) tanto del responsable del tratamiento cómo de los auxiliares.

    2. Cuando vaya a producirse el trabajo en su empresa o instalación de la que usted es titular deberá solicitar a la empresa documento informativo del tratamiento a realizar que deberá contener como mínimo:

     Indicar el día del tratamiento y tiempo de duración.

     Personas, técnicos que van a intervenir.

     Zonas concretas donde se aplicará el producto i áreas y zonas que puedan quedar afectadas por el tratamiento.

     Que aplicación será: – desinfección; – desinsectación; – desratización.

     Tipo de aplicación: – regular de mantenimiento; – puntual de ataque a plaga surgida.

     Productos y cantidad de estos a utilizar.

     Medidas previas de seguridad (Ej. Aviso al personal, sectorización de la zona de aplicación, …).

     Medidas posteriores a (ventilación del lugar, no limpiar el suelo con productos de limpieza durante determinado plazo).

     Plazo de seguridad: número de horas en que el lugar ha de quedar con la prohibición de ocupación (24 – 48 horas normalmente en una aplicación puntual).

    Deberá solicitar este documento al menos con tres días de antelación a la aplicación. ¿porqué? Además de tener en cuenta la medidas preventivas …

    3. De esta manera podrá dar conocimiento del tratamiento a las siguientes personas:

     Trabajadores de su empresa.

     Delegados de Prevención de su empresa (esta comunicación es importante ya que lo que exige la Ley de Prevención de Riesgos Laborales).

     Terceras empresas que puedan trabajar en sus instalaciones.

     Terceras empresas que trabajen colindantes si el tratamiento se ha de realizar en zonas comunes de estas empresas (ejemplo: lavabos comunes) y usted es el titular de las zonas comunes de la instalación.

    #218516 Agradecimientos: 0
    isard
    Participante
    2
    0
    junio 2001

    Iniciado

    Muy fácil, denunciarlos a la Administración.

    Hola Marta,

    Es obligatorio proporcionar información sobre productos, dosis y precauciones a tomar.

    Si la empresa no cumple con la ley deben hacerse dos cosas: denunciarlos a la Administración y rescindir el contrato. De hecho, si tenéis bien redactados los contratos con proveedores debería haber una cláusula eximiendoos de pagar los servicios si estos no se hacen conforme a unos requsitos preestablecidos y este caso es de los de libro.

    No sé si es tu caso, pero en Catalunya tenemos unas directrices muy claras marcadas por patronal del sector, sindicatos y Generalitat

    consultable en

    Saludos

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    #218517 Agradecimientos: 0
    Borregon
    Participante
    2
    mayo 2003


    Yo les diría que si no lo dicen contratareis a otros. Y si no lo dicen despedirlos inmediatamente. Debería venir especifico encontrato.

    #218518 Agradecimientos: 0
    Ing. Hector
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Solicitale un certificado de fumigacion y que pongan productos utilizados.

    Si los contratan ustedes puedes ponerselo en la orden de compra y si no solicitaselo por nota que en caso de no informarlo los hacen responsables ante cualquier problema de salud del personal.

    #218519 Agradecimientos: 0
    emayas
    Participante
    0
    marzo 2005


    Por norma general, cuando se realiza la fumigación o desinsectación, existe un periodo de 12 horas de seguridad después de realizar el tratamiento, a lo que debe estar informado el personal, no pudiendo entrar en el recinto (si es cerrado) absolutamente nadie sin trascurrir este tiempo, no obstante, y como desconozco el tipo de producto químico empleado, es imprescindible solicitarle a la empresa que fumiga la ficha TECNICA DE SEGURIDAD la cual indica composiciones, efectos contra la salud del producto empleado y medidas protectoras. Recordarte que es obligatorio por ley la entrega de la ficha descrita a requerimiento de la empresa que ha recibido el tratamiento.

    #218520 Agradecimientos: 0
    and8873
    Participante
    0
    mayo 2005


    #218521 Agradecimientos: 0
    pattypatty
    Participante
    0
    abril 2005


    Si la empresa es proveedora de un servicio por el cual ustedes pagan, ustedes tienen el derecho de exigirle la hoja de seguridad del producto químico que utilizan para la fumigación (MSDS: Material Safe Data Sheet), en dicha hoja podrán encontrar que agentes químicos contiene el producto, cómo usarlo y que peligro puede tener para los seres vivos. La persona que paga este servicio en tu empresa puede ejercer presión para que ellos entreguen dicha información, en caso contrario si tu empresa es responsable con ustedes y con el medio ambiente debería suspenderlos como proveedores

    #218522 Agradecimientos: 0
    el principito
    Participante
    0
    marzo 2005


    Querida amiga, esa información no es restrictiva y perfectamente comprensible y oportuno que os intereseis por los productos utilizados, no obstante debe ser solicitado por los canales informativos de la empresa bien sea delegado de prevención o comité de seguridad e higiene, además están obligados a mostrar la hoja de seguridad de dichos productos y deber del empresario informar a los trabajadores de los posibles efectos secundarios y como actuar en caso de intoxicación,siempre nos quedará la inspección de trabajo.

    #218523 Agradecimientos: 0
    IO TSE LUI
    Participante
    0
    diciembre 2004


    Bueno, pues yo te diría que, independientemente de las acertadas respuestas que han dicho otros compañeros, seas tan “suti”l como sigue: “SI NO ME FACILITAN USTEDES TODA LA INFORMACIÓN QUE LES REQUIERO, NO LES PAGO”.

    Estas sutilezas suelen dar buen resultado

    #218524 Agradecimientos: 0
    joragc
    Participante
    0
    abril 2005


    Fumigaciones

    Entre otros aspectos a tener en cuenta en este apartado es aplicable la coordinación de actividades empresariales, la obligacion de la empresas fabricantes, distribuidoras y aplicadoras ( ley 31/95 y sus modificaciones) de presentar las fichas de seguridad de los productos utilizados, certificación CE del trabajo, servicio, y sobre todo que la aplicación de productos de fumigación dispone de un periodo variable de 2,3,4 o más dias en afectar hasta que se anule el proceso de aplicación y que no afecta a los trabajdores. el periodo afectara en función a los contaminantes que contenga el producto de apliación. En cuanto a la presión a llevar a cabo para que te presenten la documentación pueden ser varias: no pagarle, decirle que lo puedes denunciar, decir que personal tuyo puede ser alergico a determinado contaminentes.

    #218525 Agradecimientos: 0
    juanpvh
    Participante
    0
    abril 2005


    La empresa debe de proporcionar los productos que utilizan y cual es su plazo de seguridad para poder entrar en el centro de trabajo una vez fumigado. Les debeis de explicar que debeis de conocer los productos que utilizan para poder evaluar los riesgos según marca la ley de prevención de riesgos laborales. También debeis de acudir al registro par ver si dicha empresa está debidamente autorizada para la labor que realizan. Y les debeis de exigir una evaluacion de los riesgos de su trabajo en vuestro centro el cual os lo tiene que proporcionar al igual que vosostros le debeis de proporcionar la evaluación de riesgos del lugar de trabajo así como las medidas de emrgencia.

    #218526 Agradecimientos: 0
    morozco
    Participante
    0
    abril 2005


    hoy en es dia es raro que fumiguen con agentes toxicos, se han hechos muchos estudios de hecho ya hay varios estudios en el mercado fuerón aprovados, y no son toxicos, ni alergicos. bueno creo q tambien depende de el tipo de fumigación que sea

    pero si es para cucarachas y ratones, ya no se usan esos agentes quimicos q ahogan a la gente y la intocxican, se puede conseguir bastante información en la pagina busca agentes quimicos “fumigaciones”

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    #218527 Agradecimientos: 0
    JaguarTab
    Participante
    0
    abril 2005


    la OIT, recomienda algunas consideraciones en caso de utilizar fumigantes, sin embargo, es necesario que conozcas que producto químico están utilizando para fumigar; ya que presupongo que tienes trabajadores que están interactuando en ese ambiente de trabajo; y en caso de intoxicación no sabría Ud, que medidad de primeros auxilios podrías tomar. Todas las normas refieren a PPM, pero estas tablas varían de acuerdo a el tipo de producto químico. Hasta Luego…

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