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  • #13510 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Según la Ley 28/2005 está prohibido fumar en centros de trabajo que NO estén al aire libre.Pregunta, un conductor ( de reparto),podría fumar en su centro de trabajo? es decir,en su cabina de conductor?Para mí, no dado que no deja de ser un centro de trabajo…Se admiten opiniones sabias

    #147005 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    una fragoneta ¿centro de trabajo?

    mas bien es un equipo de trabajo.

    #147006 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    fragoneta?El camión sería el equipo de trabajo pero el centro de trabajo sería la cabina,no?bueno aunque sea por prevención, siempre he pensado que fumar al volante, es infinitamente más peligroso que hablar por móvil(yo pondría esa recomendación en la evaluación),,,

    #147007 Agradecimientos: 0
    Fuga23
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    octubre 2003


    si estas currando no se puede fumar a no ser que sea al aire libre. Si estas en una cabina cerrada no puedes, aunque sea camión, dumper o lo que quieras. si es al aire libre si. aunq no sea un local o piso o edificio es un centro de trabajo y además es un equipo de trabajo.

    #147008 Agradecimientos: 0
    Brugalia
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    marzo 2007


    Hola,
    Por mis conocimientos puedo decir que no se puede fumar al volante en cualquier tipo de vehiculo. Asi que a la calle o al bar de fumadores si quieres fumar como todo el mundo.

    #147009 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La cabina seguiría siendo equipo de trabajo, no centro de trabajo.

    De todas formas y aunque la ley antitabaco no es legislación de PRL:

    LEY 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

    Artículo 7. Prohibición total de fumar.

    Se prohíbe totalmente fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en:

    ñ) Vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos

    s) En cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar.

    Es decir, según lo veo yo, no se puede fumar en los vehículos de transporte de empresas, aunque entiendo que se refiere a transporte de personas no de mercancías, pero deja la puerta abierta a que el titular de dicho medio de transporte decida prohibirlo.

    De todas formas, como te digo no es normativa de PRL por lo que los no debería ser un trabajo de los técnicos el tener que ocuparse de esta cuestión (salvo caso de riesgo de incendio o explosión, agentes químicos, cancerígenos, etc.).

    #147010 Agradecimientos: 0
    carlospool
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    febrero 2007


    PERO POR NINGUN MOTIVO!! NO APLICA….CREAR HABITOS DE SALUD LABORAL DEPENDE DE NOSOTROS SALUDOS

    #147011 Agradecimientos: 0
    xxxxxxxxxxxxxx
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    marzo 2007


    ¿Te refieres a si podría hacer una parada a descansar en horas de trabajo entorpeciendo la circulación?

    En españa posiblemente nadie le multaría por eso, sea de quien fuera el vehículo.

    Podría darse incluso el caso que no multarle ni aún haciéndolo sin detenerse…

    #147012 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    lcm75,,,,tan sencillo como lo que él ha puesto.ley28/2005,prohibido a vehiculos de transportes de mercancías…gracias chaval o chavala¡¡¡

    #147013 Agradecimientos: 0
    Urticaria
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    septiembre 2006

    Iniciado

    Fumar no se si puede o no en una cabina de un camión ya que tiene ventilación independiente.
    Me imagino que sera una persona que va sola, por que en el transporte de viajeros si que esta prohibido.
    Lo que me pregunto es que quien va a vigilar a la persona si fuma, estando sola en la cabina.
    Otra cosa es que vayan dos y tengan problemas por ese motivo.

    #147014 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Definitivamente no se puede:l especifica la ley 28/2005,,,,”vehículo de transporte de empresa”

    #147015 Agradecimientos: 0
    feco
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    agosto 2006


    Si bien deja de ser no deja de ser un centro de trabajo, tomemos en cuen ta los riesgos que eso implica…

    #147016 Agradecimientos: 0
    Jopar
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    enero 2005


    Comunicando:
    Si el chófer de reparto va sólo en la cabina, puede fumar lo que le venga en gana, siempre que cumpla las normas de seguridad.
    Si abre un poco la ventanilla ya estará como en el aire libre.
    Aparece el problema si la camioneta tiene dos chóferes sucesivos y uno no fuma y el otro sí. El que no fuma no puede alegar que le ensucian los pulmones, sólo que huele mal y esto no está contemplado por la Ley.
    Un saludo. Jopar.

    #147017 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Gracias a todos pero realmente no habéis acertado, no se puede fumar en cabina (aire libre una cabina?qúién ha dicho eso?en una obra con primer forjado construído tampoco se puede fumar aunque esté sin tabicar el perímetro)…lo que os decía,NO se puede fumar según lo expuesto en la Ley 28/2005 “vehículos de transporte de empresas”Gracias

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