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ramonastur.
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Estoy realizando una amonestación para un trabajador que fuma en una nave, pero al leer la ley antitabaco habla de centros de trabajo privados, salvo en los espacios al aire libre.
¿Puede considerarse este un lugar al aire libre?
¿Debo colocar algún tipo de señalización, y habilitar OBLIGATORIAMENTE algún local para fumadores en las instalaciones?Muchas Gracias
En los centros de trabajo esta prohibido fumar a no ser que sea al aire libre. Si es una nave al aire libre podrá. SI no no. No puedes habilitar zonas para fumar en los centros de trabajo.
Una nave no es un lugar al aire libre. Ademas, la empresa puede prohibir fumar en todas partes. No tiene obligación de habilitar un lugar para fumar. La única señalización obligatoria es a la entrada de la fábrica señalando que esta prohibido fumar en todo el recinto. Si hubiera algun punto al aire libe en el que se permitiera fumar se señalizará.
No solamente se considera una nave industrial local cerrado, sino que el poder de dirección del empresario puede prohibir el consumo de tabaco (y otras drogas) en zonas abiertas.
Puedes colocar señalización o, simplemente, dar la orden, tanto oral como por escrito. Las ordenes no tiene porque darse por escrito, pero si queda constancia de ellas…
alguien se acuerda de que el centro de trabajo no es la casa del amo?¿?¿?
a veces me da la sensacion de que no…Que yo sepa la ley dice muy clario que está prohibido fumar en el centro de trabajo y punto, si éste está al aire libre no deja de serlo, y por lo tanto la prohibición también le alcanza.
si tu lo dices…. hay distintas maneras de leer una mierda de ley como esa; lo de y punto mira que la leo y la leo y no lo veo por ninguna parte. Es una nave industrial; en todo lo demas que no sea fumar en el puesto de trabajo se aplica la ley tan estrictamente o solamente en la ley “antitabaco”… Es que parece que nos gusta apluicar la ley que mas nos gusta… la de prohibido hacer horas extras no se aplica tan a raja tabla y punto y las prohibe al igual que el fumar… punto y pelota
TRANQUILIDAD,
LA LEY NO PERMITE FUMAR EN LOS CENTROS DE TRABAJO EXCEPTO AL AIRE LIBRE. ESTA EXCEPCIÓN DESAPARACE SI EL TITULAR DEL CENTRO NO PERMITE FUMAR EN TODO EL CENTRO DE TRABAJO, LO CUAL DEBERÁ SEÑALIZARSE A LA ENTRADA DE DICHO CENTRO. ENTIENDO QUE LA NAVE TENDRA ADEMÁS DE TECHO, PAREDES, POR LO QUE NO SE PUEDE CONSIDERAR AL AIRE LIBRE.Dicho espacio libre deber estar declarado como zona de fumadores por parte de la empresa…
Dentro del analisis de riesgo y vulnerabilidad que se hace a las empresa, se analizan condiciones que pueden ocasionar o dar inicio a una eventualidad y dentro de estos aspectos se encuentran las zonas que se establecen de fumadores y no fumadores y en cuales zonas esta totalmente prohibido el fumar, en este sentido la señalización, capacitación y orientación son herramientas que puedes tener para tomar la desición.
No se puede fumar en ninguna nave, local, etc. ni se uede habilitar ninguna zona para fumar; al aire libre es en la calle y nada más, un saludo!
Primero que todo hay que tener en cuenta que es lo que se define como nave, en embarcaciones pequeñas como peñeros, botes de pesca, lanchas, etc…, es normativa el no fumar por la cercania de los tanques de combustible, segundo, las lanchas de transporte de personal son de cabina cerrada y estar en el exterior mientras esta navegando esta prohibido dada la velocidad y que el patron esta es piloteando la nave, ahora bien si es un barco o una embarcacion grande donde no solo se transporta personal si no que se realizan actividades diversas como construccion etc…, y esta en el mar o lago y el personal pernocta en la misma o pasa el horario de trabajo en la misma no permite fumar por ser area de trabajo y segundo se demarcan areas donde el fumador o fumadores no molesten a los que noooooo.
En todo lugar que tenga cuatro paredes y un tejado no se puede fumar aunque tenga una ventilación excelente.
De que clase de nave estamos hablando, industrial, aeronautica o acuatica
SaludosDe todas formas la ley prevé una salvedad y es que queda a criterio del empresario permitir o denegar la posibilidad de fumar en aquellos lugares, dentro del espacio de trabajo, en los que la ley no lo prohiba expresamente. Yo tengo un situación parecida y lo que hemos hecho ha sido prohibir fumar en todo el área de trabajo, tanto al aire libre como en naves, previa circular firmada por parte de la dirección,claro.
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