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    anyta77
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    mayo 2007


    trabajo en un servicio de prevencion ajeno, y cuando toca la formacion a los trabajores, la cual hacemos por sectores, hay muchos trabajadore que no quieren asistir a la formacion presencial y solicitan manuales con examen, vosotros luegos como certificais eso, como aprvechamiento o como asistencia,un saludo

    #143372 Agradecimientos: 0
    planck
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    octubre 2006


    Yo personalmente, corrigo el cuestionario y si supera el 80 % de el, le hago un certificado de formacion indicando que el trabajador a superado correctamente la formacion basica de riesgos laborales en el puesto de electricista, albañil, etc..
    Se lo adorno un poquito firmo y andando.

    #143373 Agradecimientos: 0
    PELICANA
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    abril 2007


    Pienso que debemos mantener un rigor cuando impartimos formación.Primero por profesionalidad y segundo porque esta formación debe ser teorico – practica. El trabajador tiene que asistir ya que ese mismo que no quiere hacerlo será el que te dejará con el culo al aire el dia que llegue a tener un accidente.
    Es mi opinión, gracias.

    #143374 Agradecimientos: 0
    rh19
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    noviembre 2006


    Es un problema dificil de “torear”. Para personal con cierta antiguedad, yo lo que hago es que a los que se niegan a realizar la formación y sólamente quieren recibir información, les comunico por escrito la formación a realizar, de forma que me FIRMEN su negativa a recibirla. Esta documentación va firmada también por el Comité de Empresa. Muchos trabajadores se echan atrás cuando hay constancia por escrito de la negativa.
    Para el personal de nueva incorporación, si no quiere hacer formación, sencillamente causa baja en la empresa. (intenta hacer la formación dentro del periodo de prueba, ¡¡ es bastante efectivo!!.

    #143375 Agradecimientos: 0
    Chain
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    agosto 2004

    Iniciado

    El trabajador debe haber recibido formación en materia de PRL y es obligación del empresario, si te quedas más tranquilo con que te FIRMEN que se niegan a recibirla, me parece muy bien pero eso no vale de nada. Imaginate en un juicio y con un muerto por medio, le vas a comentar al juez…¡ no es que se nego a que le diera la formación!, es como si un trabajador de un taller se niega a ponerle frenos alos coches…..luego el coche se estrella y tu como dueño del taller le presentas un escrito diciendo que el trabajador se niega a ponerle frenos a los coches que tu reparas.
    Pero insisto si te quedas más tranquilo con la negativa por escrito………eso a coleccionarlas

    #143376 Agradecimientos: 0
    davidjuanb
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    febrero 2006


    En mi opinión, a parte de la legislación hay que utilizar el sentido común y la ínterpretación legal para optimizar al máximo la prevención de riesgos.

    No es lo mismo que un futuro profesional de la prevención o ya profesional esté cursando un máster a distancia con posterior exámen en el que se supone que hay un interés real por formarse bien en la materia, que un trabajador de esta índole al que por lo general le va a dar lo mismo la prevención, sino trabajar lo mínimo posible, que no tenga problemas y cobrar a fin de mes, considerando la prevención como un mero trámite que le obligan a cumplir, según él para “tocar los…”.

    Por mi experiencia, muchos trabajadores se toman este aspecto formativo como horas para escabullirse del trabajo o como una molestia, por lo que lo mejor es que firmen la negativa si no quieren clase presencial, ya que la documentación irá a la basura casi directamente.

    El problema es el de siempre, no hay todavía una cultura preventiva ampliamente difundida o eficaz en los operarios, solamente quizá en altos responsables de la empresa, técnicos de prevención, y aun así siempre habrá profesionales de la prevención que se limiten a cubrir expediente de la manera más rápida.

    Un saludo.

    #143377 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    marzo 2006

    Iniciado

    Sobre lo que comentas, estoy de acuerdo en que falta cultura preventiva en los trabajadores y no estoy tan seguro en que los altos cargos si que la tengan. No obstante, tenemos que cumplir con la mormativa, por lo menos para estar cubiertos, no estoy en absoluto de acuerdo con la formación a distancia, pero es una posibilidad que da la normativa y en muchos casos la utilizo, ya que para muchos trabajadores es más cómodo (ya que pierden menos tiempo, aunque sea una formación penosa).

    No obstante, el que el trabajador firme una negativa para la formación no sirve de nada. La formación es obligatoria, el empresario está obligado a ofertarla y el trabajador está obligado a realizarla. No es lo mismo que la Vigilancia de la Salud, ya que aunq el empresario esta obligado a ofertarla, el trabajador (salvo determinados puestos de trabajo) puede renunciar a ella.

    Esta obligatoriedad del trabajador a realizar la formación viene recogida en muchos convenios, además está en el Real Decreto Legislativo 1/1995 Art. 58 (ET) y en la Ley 31/95 Art. 29

    #143378 Agradecimientos: 0
    Amina1960
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    mayo 2007


    Excelente post, excelentes comentarios, muy cierto lo dicho tanto por David como por Pearl, no hay conciencia acerca de la importancia de mantener un personal con la debida preparación para saber como actuar en una contingencia, pero saben, estoy del otro lado de la pared y como empleada que soy, considero que la motivación es muy importante, es evidente que no se pueden obligar a los trabajadores a prepararse en algo que no quieren, no les interesa o simplemente no lo ven relevante en su propio beneficio, lamentable no!, pero las charlas de motivacion ayudan mucho, si en vez de obligarles se les indica la razón por la cual deben o tienen que estar preparados, quizás tomen conciencia y lo hagan, no por la empresa en si, sino por ellos mismos y sus propias familias, porque algo si les digo, estos conocimientos una vez adquiridos, son valorados porque pueden ser la diferencia entre la vida y la muerte.

    #143379 Agradecimientos: 0
    Moshi
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    diciembre 2004


    difinitivamente, los certificados deben ser como asistende no presencial, d aprovechamiento,
    suerte

    #143380 Agradecimientos: 0
    LIMFOR
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    mayo 2007


    Hola,sin duda ninguna como aprovechamiento, de todas formas si la formación presencial se efectúa en horas de trabajo, ningún trabajador se puede negar,se considera falta muy grave. un saludo Luis Izaguirre

    #143381 Agradecimientos: 0
    alseides
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    octubre 2005


    En relación con este hilo, mi caso es el contrario: el SPA nos oferta algunos cursos sólo a distancia (entre ellos la formación del delegado de prevención) y los trabajadores se niegan a realizarla si no es en horas de trabajo presenciales. ¿Pueden hacer esto? La ley exige que la formación se realizará en horas de trabajo o se compensará en caso de no hacerse así. ¿Qué ocurre en los casos de formación semipresencial a distancia? ¿Se les compensan las horas? ¿De qué manera?

    Bueno, un saludo a todos

    #143382 Agradecimientos: 0
    Pueyo
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    septiembre 2003


    Buenas compañeros..

    yo pongo mi parte… me pongo la toga de abogado del diablo y os pregunto lo siguiente…

    si soy un inspector de trabajo o un juez, en el caso de que un trabajador ha tenido un accidente grave por una caida entre forjados, por el hueco de la escalera. como acredito que el trabajador esta formado e informado segun indica la Ley 31/95.

    – mediante una formación presencial teorico-practica (no voy a entrar en temarios ni horas), con examen de aprovechamiento.
    – mediante una formación a distancia con unos libritos que ni se leen, ni muchas veces comprenden y con un examen que muchas veces nosotros mismo corregimos.

    apa saludossssssssssss.

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