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    anais1378
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    junio 2001


    Estimados amigos, la razón de ponerme en contacto con vosotros es para realizaros una consulta o bien que me derivéis a quien pueda resolvérmela: necesitaría saber si para impartir cursos de formación en PRL a nivel básico (30-50 horas) es requisito imprescindible que los imparta una entidad acreditada o bien pueden ser impartidos por un profesional en la prevención.

    Gracias.

    #287488 Agradecimientos: 0
    sikorsky
    Participante
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    diciembre 2002


    El art. 36 d) del RD 39/97 dice como función de un tecnico intermedio: realizar actividades de información y formación básica de trabajadores, o sea que si eres tecnico de nivel intermedio ya puedes, ahora bien, te recomiendo que te hagas un registro de la formación que des, donde la has dado, de cuantas horas ha sido, que contenido del curso, en que dias, en que lugar y que asistentes (te haces una lista y que te firmen), y un pequeño test de más o menos 1/2 preguntas por hora de formación con 3/4 posibles respuestas tipo test, se lo das al final y lo guardas tambien y si les pones algún otro ejercicio tipo dibujito de un taller para que detecten los riesgos, tambien lo guardas, más qeu nada para justificar y por si te lo piden de la inspección de trabajo porque hayan hecho alguna inspección a la empresa donde formaste a los trabajadores. (Además con el tiempo tendras tal montón de papeles que siempre sera un patrimonio ;-))).

    #287489 Agradecimientos: 0
    anais1378
    Participante
    0
    junio 2001


    Muchas gracias por tu respuesta.

    #287490 Agradecimientos: 0
    sikorsky
    Participante
    0
    diciembre 2002


    De nada, a mandar

    #287491 Agradecimientos: 0
    anais1378
    Participante
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    junio 2001


    He consultado el art. 35 del Rd39/97 y en su apartado 3. exige acrditación de la formación mínima mediante certificación de formación específica en materia de PRL emitida por un servicio de prevención o por una entidad pública o privada con capacidad para desarrollar actividades formativas específicas en la materia.

    Entonces, para impartir cursos de 30 horas por ejemplo a trabajadores de un sector específico, ejem. construcción necesito acreditar ante la autoridad laboral dicha formación, o ante un SPajeno?

    #287492 Agradecimientos: 0
    Mindundi
    Participante
    0
    febrero 2002


    los puede impartir cualquier profesional que disponga de un nivel intermedio o superior siempre que esten acreditados como tal…..

    #287493 Agradecimientos: 0
    ACA
    Participante
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    noviembre 2002


    Ana, no se puede impartir formación si no estas AUTORIZADA para ello. Podrás hacerlo cuando estés dentro de la empresa, como Servicio de Prevención. Tu isma lo has visto en el RD.

    #287494 Agradecimientos: 0
    ACA
    Participante
    0
    noviembre 2002


    Desde luego este SIRKOSKY imparte formación o lo que haga falta y de cualquier manera. Dime SIRKOSKY ¿has impartido formación a alguién, se lo has acreditado?

    Por favor la formación no es hacer dibujitos ni dar papelitos ……………………………..que burrada

    #287495 Agradecimientos: 0
    james
    Participante
    0
    febrero 2002


    Suscribo totalmente la respuesta de Sikorsky y por supuesto para nada la de Aca, que según ella para impartir formación debes estar en un servicio de prevención eso no es cierto. En cuanto al punto tercero del art. 35 leetelo bien, veras que dice: la formaciópn minima prevista en el parrafo a) del apartado anterior…. el apartado anterior es el 2 y se refiere a las funciones que puede desempeñar un tecnico de nivel basico, y la pregunta que tu haces es si para formar tecnicos de nivel basico puede hacerlo un tecnico intermedio, la respuesta es si, siempre que haya terminado las horas correspondientes a ese nivel, además en Catalunya en el proximo año aparecera una lista de los tecnicos acreditados por la formación recibida en centros acreditados y no te quepa ninguna duda de que todos estos tecnicos que contenga la lista pueden formar otros tecnicos pero de un nivel inferior al suyo y por supuesto a tecnicos basicos, otra cosa es que para homologar un curso en un centro acreditado, para impartir formación le exijan al tecnico justificar tres o cinco años impartiendo formación en la materia de la que pretenda hacer formación. Ten por seguro que por lo menos en Catalunya puedes impartir formación a un tecnico basico tal y como te dice Sikorsky, a pesar de las tonterias que dice Aca.

    #287496 Agradecimientos: 0
    Lolo_40
    Participante
    0
    junio 2002


    Ana, cualquier persona puede impartir clases, siempre que tenga conocimientos. Pero la acreditación de la enseñanza recibida, se reconoce mediante una acreditación que tiene que dar la comunidad autónoma a la que pertenezca la entidad por cuenta de la cual, un técnico imparte las clases. Dicha entidad tiene que poseer la acreditación antes de que el personal, a su servicio, comience a impartir las clases. Si eres técnico, medio o superior, puedes ver un ejemplo de acreditación de la entidad en la que recibistes las clases, mirando el envés (parte trasera) del diploma que te otorgaron al terminar las clases. Incluso puedes consultar en la Consejería correspondiente de tú Comunidad autónoma, si la acreditación es correcta o no. El resto es papel mojado.

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