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  • #56967 Agradecimientos: 0
    ANATORO
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    enero 2008


    HOLA!MI CONSULTA ES REFERENTE A LAS FAJAS LUMBARES, DORSOLUMBARES…, YO PARA MUCHOS TRABAJOS LAS CITABA COMO EPI PUESTO QUE PROTEGEN INDIVIDUALMENTE DE UNA POSIBLE LESIÓN, PERO COMPAÑEROS ME INFORMAN DE QUE NO ESTÁN CATALOGADAS COMO TAL,¿ES ASÍ?.
    MUCHAS GRACIAS!

    #316997 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Tal cual comentais, las fajas no dan garantía de protección, es mas, brindan a quién las usa, una sensación de confianza y se corre el riesgo de posibles hernias debido al esfuerzo excesivo

    #316998 Agradecimientos: 0
    Naikari
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    octubre 2003


    En mi empresa no se consideran EPI y además, no están recomendadas, consideramos que es contraproducente su uso.
    Como los trabajadores piensan que están protegidos suelen hacer más sobreesfuerzos.
    Además la medica del servicio dice que los músculos de esa zona se vuelven vagos y cuando un día se quitan la faja puede dar lugar a más accidentes.

    #316999 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    En mi opinión, teniendo en cuenta las certezas ya mencionadas, las fajas lumbares proporcionan la postura que debe tener una persona al manejar cargas manuales, pero como siempre esto debe estar acompañado de capacitación, concientización, que los bultos a manejar estén por debajo de generar lesiones o que se dispongan de carretillas o carros.

    #317000 Agradecimientos: 0
    Oratano
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    agosto 2006


    Tengo en mis manos unas fajas lumbares que cumplen la normativa 89/686CEE y R.D. 1407/1992

    #317001 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
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    octubre 2001

    Iniciado

    Coincido con los anteriores, ya que en mi opinión no puede considerarse la faja lumbar como equipo de protección individual (no hay evidencia de que proteja frente a ningun riesgo, y más concretamente frente al riesgo de sobreesfuerzos en la manipulación manual de cargas).
    Tampoco están incluidas en el listado de EPIS del RD 773/1997 (Aunque es un listado indicativo y no exhaustivo) ni se hace mención alguna a las misma en el RD 487/1997 sobre manipulación manual de cargas ni en la Guia INSHT.
    Te adjunto una comunicación del servicio de prevención de la universidad de málaga al respecto, donde se desarrolla una respuesta razonada a tu pregunta, espero que te sea de ayuda.

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    #317002 Agradecimientos: 0
    Ergow.COM
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    diciembre 2006

    Iniciado

    Quizás te resulten de interés los comentarios de este otro hilo:

    Saludos.

    Equipo Ergow

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    #317003 Agradecimientos: 0
    ÁNCORA
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    octubre 2005


    Efectivamente, las fajas de protección dorsolumbar no se consideran EPI pues es dudosa su eficacia y, de hecho,hay mucha bibliografía que las desaconseja puesto que, mal utilizadas, pueden ser contraproducentes y agravar más el problema que pretenden solucionar puesto que pueden producir atrofia muscular en la zona baja de la espalda.
    Además, coincido con Zalo5886: Tampoco están incluidas en el listado de EPIS del RD 773/1997 (Aunque es un listado indicativo y no exhaustivo) ni se hace mención alguna a las misma en el RD 487/1997 sobre manipulación manual de cargas ni en la Guia INSHT.

    #317004 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Es correcto, dichas fajas no son consideradas como equipos de proteccion, pues las personas asumen que al utilizarlas, puedes levantar el mismo o mas peso y no es la faja la que permite que hagas un buen levantamiento; segun los medicos las fajas solamente sirven para corregir un problema lumbar cuando ya hay una lesion.

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