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  • #11212 Agradecimientos: 0
    Gasofa
    Participante
    0
    julio 2007


    Hola. Tengo el 'despacho' en mi dormitorio, pues siempre realizo mi trabajo en casa del cliente. Para cumplir la ley de riesgos laborales, ¿he de tener un extintor en el dormitorio?

    Gacias

    #136645 Agradecimientos: 0
    tonymallorca
    Participante
    0
    octubre 2003


    Debes de tener los medios acordes a ley que sean precisos en el domicilio social de la empresa que pueda estar sujeto a una inspeccion del lugar de trabajo ¿Tienes tu domicilio declarado como sede social de tu empresa?

    #136646 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Yo entiendo que sí.

    Por lo que dices, tu casa es tu centro de trabajo, y como tal debe cumplir toda la normativa de PRL. Aunque la de incendios no es estrictamente (y únicamente) preventiva, yo creo que también se aplica.

    #136647 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    Como vas a tener que tener un extintor en el dormitorio? eres el jefe, no tienes trabajadores, luego no necesitas prevencion de riesgos en este caso. tendrás trabajadores pero si no trabajan en tu casa…

    #136648 Agradecimientos: 0
    homero
    Participante
    0
    abril 2002


    Claro que si, por norma de seguridad.

    Recomiendo tipo ABC.

    #136649 Agradecimientos: 0
    Moshi
    Participante
    0
    diciembre 2004


    Colocar un extintor, no significa que ya no tendras riesgos de incendio, lo que pasa es que que posibilidades de riesgos generas en esa oficina, consumes bastante cigarrillos??, o hay sobre carga de equipos electricos que calientan los cables …..tengo esas interrogantes, para darte respùesta, coloca uno, pero en la parte exterior, CO2 8Kilos

    #136650 Agradecimientos: 0
    PASCUAL SALVADOR HERNÁNDEZ
    Participante
    9
    11
    abril 2002

    Iniciado

    La Ley de prevención protege a los trabajadores por cuenta ajena, y siempre que esten trabajando en tu “dormitorio”.

    #136651 Agradecimientos: 0
    1BETO
    Participante
    0
    abril 2007


    Como profesional debe tener un sitio especifico para efectuar tu trabajo debidamente declarado y con permiso por los entes gubernamentales correspondiente, caso contario estaría violentado las leyes.
    Debemos tener presente que un extintor para incendio es una medida de protección más que un requisito de ley. Por tanto si es bueno que cuenten con este equipo pero no simplemete para cumplir sino para prevenir.

    #136652 Agradecimientos: 0
    Gasofa
    Participante
    0
    julio 2007


    Bueno, gracias por las respuestas.

    Tengo algun trabajador, pero no trabajan en mi dormitorio (claro).

    En él tengo el portatil y los papeles normales de trabajo(facturas, parte de trabajo, etc,). Lo tengo declarado (bueno, estoy en tramites de cambio de sede social).

    El trabajo se realiza siempre en casa del cliente, excepto el tipico de oficina, que se realiza con el portatil allí donde me pille.

    Lo del extintor lo digo porque no queda nada bien un extintor colgado entre los muebles y las señales de extintor y de salida de emergencia.

    Gracias.

    #136653 Agradecimientos: 0
    Pinaster
    Participante
    0
    septiembre 2006


    si te pones alguno el de CO2, ya que el de polvo te jodera las facturas y los aparatos electricos.

    Un saludo.

    #136654 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¡No sabia yo que para cumplir con la Ley de PRL vale con tener un extintor en el dormitorio!

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