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  • #15569 Agradecimientos: 0
    alfonso1973
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    noviembre 2006


    Buenos dias, tengo una duda y me gustaria si es posible que me ayudaseis.
    Trabajo como tecnico PRL en una empresa que a su vez tiene contratado un servicio de prevencion ajeno con las 4 especialidades. Revisando la evaluación me doy cuenta que no han valorado ciertos riesgo del proceso productivo, ¿quien tiene el riesgo que le sancionen por no evaluar todos los riesgos, la empresa (que le falta de evaluar) o el servicio de prevencion ajeno(por la falta de evaluar esos riesgos)? ¿debo de hacer una evalución nueva evaluando todos los riesgos? Pero es que yo no quiero firmar dicha evaluación sino el SPA es el que la debe de hacer y firmar? o como puedo resolver dicho problema. Gracias de antemano por vuestra colaboración

    #158929 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La responsabilidad de tener la evaluación de riesgos es de tu empresa. La misma debe ser lo mas completa posible y estar actualizada debiendo contener todos los riesgos a que esten o puedan estar sometidos sus trabajadores durante la ejecución de los trabajos.

    Luego el riesgo de que le sancionen lo tiene tu empresa. Otra cosa es que luego tu empresa le reclame daños y perjuicios al SPA por no hacer bien su trabajo, que además también podría ser sancionado por no cumplir con su obligación de evaluar correctamente los puestos de trabajo (aunque esto es mas complicado de demostrar siempre tienen argucias contractuales para escabullirse).

    Para subsanar estos defecto, no hace falta que tu reevalúes los puestos de trabajo (pues no te corresponde, para eso tienes contratado un SPA), sino que debes solicitar a dicho SPA que realice una revisión de la ER actualizandola con los nuevos riesgos que has detectado (estos comunícaselos formalemente el la solicitud de revisión de la ER). Tampoco estaría de mas que analizasen de nuevo los puestos de trabajo por si a ti se te escapa algún riesgo.

    En cuanto a la firma de la ER le corresponde al SPA como ejecutor de la misma, pero tu empresario (dueño de la empresa, gerente, director, etc.) también debe firmarla validándola y aceptándola en su caso.

    #158930 Agradecimientos: 0
    Eva9
    Participante
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    mayo 2001


    Estoy de acuerdo con la respuesta que te da el compañero. La responsabilidad de la evaluación de riesgos es del empresario y por tanto la sanción sería para la empresa. De todas formas creo que eso no te debería importar, lo que importa es que lo habéis detectado y por tanto lo que hay que hacer es evaluar los riesgos que se han pasado por alto y ya está. Evidentemente, si tenéis el SPA concertado, lo que tenéis que hacer es comunicárselo y que lo incluyan. Y, por supuesto, es el SPA quien tiene que firmar la evaluación, ya que es quien la realiza. Algunas empresas la firman también como garantía de que la aceptan y asumen como adecuada.

    #158931 Agradecimientos: 0
    rebeca vallejo da costa
    Participante
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    julio 2004


    A mi me pasa lo mismo y lo que hago es hablar con el técnico del servicio de prevencion para que la modifique y es lo que hace, ya que todos somos personas y se le puede haber pasado y tu eres la que mas conoce los riesgos,ya que estas en la empresa, por lo que deberias decirselo y es asi como debe hacerse.
    Un saludo

    #158932 Agradecimientos: 0
    FINALFIRE24
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    enero 2007


    Estoy de acuerdo con las respuestas anteriores, pero no deberías de mirarlo solo por las sanciones. También creo que la mejor solución sería tener una reunión con el SPA ( deberiais de tener reuniones periodicas ) para exponer los posibles fallos encontrados en la evaluación, y que comentaban antes realicen una nueva,contemplando todos los puestos de trabajo, maquinaría e instalaciones por si acaso se te hubiera escapado alguno.

    Si procedes así te ahorrarías las posibles sanciones que, 1º afectarían a la empresa, lo cual te salpicaría a ti como responsable de la prevención y posteriormente tendrias que reclamar al SPA.

    Por todo esto, considero que la opción expresada como una solución con la que ahorrarse confusiones y tiempo en posibles reclamaciones asi como daños que puedan sufrir los trabajadores.

    Espero te sirva mi opinión, Un Saludo

    #158933 Agradecimientos: 0
    Cram78
    Participante
    0
    septiembre 2006


    Me he encontrado a menudo en esta situación, y el mejor consejo que te puedo dar es que si realmente has encontrado un riesgo que hasta ahora había pasado inadvertido, lo primero que tienes que hacer es tomar medidas para eliminarlo – o en su defecto reducirlo al mínimo i señalizarlo – independientemente de que lo pongas por escrito en forma de ERL. Una vez hecho esto luego si debes hacer todo lo que te han comentado nuestros compañeros – ponte en contacto con el SPA y que plasmen todo esto en la documentación o incluso te asesoren con otras medidas a adoptar – pero lo primero es actuar.
    Por experiencia, un riesgo que ha pasado inadvertido no entraña en si mismo un gran peligro pero en el se da la concurrencia de dos factores que hacen que requiera una atención urgente:
    – Por un lado no se han realizado actuaciones técnicas (es obvio)
    – Por otro lado los trabajadores lo tienen tan asumido que lo han incorporado a sus rutinas por lo que no lo perciben.
    A parte que es suficiente con que te hayas percatado de el para que un riesgo que ha estado latente pasando inadvertido provoque un accidente (la condenada ley de Murphy, sin fundamento científico pero que se cumple de forma inequívoca la condenada) quitándote el sueño durante unos dias

    #158934 Agradecimientos: 0
    alfonso1973
    Participante
    0
    noviembre 2006


    Gracias por vuestra ayuda. Pero el problema consiste en que una vez detectado el problem, me pongo en contacto con el SPA y se lo comunico. El problema es que las tareas que no se han evaluado las realiza una contrata dentro de las instalaciones de mi empresa, entonces al ser una contrata no necesita realizar una evalución del puesto y menos del riesgo que eso conlleva, sino quien debe de evaluarlo y poner las medidas es la contrata y la empresa principal se exime de toda responsabilidad. En mi parecer creo que eso no es del todo cierto, creo que debo evaluarlo el SPA y comunicar las mediadas a dpotar por la contrata y la empresa principal. ¿De quién es la responsabilidad si pasa un accidente de la contrata o de empea principal?

    #158935 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Este caso es distinto de lo que expones en un principio.

    Lo que debes hacer es una coordinación de actividades empresariales conforme a lo establecido en el RD 171/2004 teniendo vosotros la consideración de empresario titular y principal y ellos la de empresario concurrente.

    Quien genera el riesgo?

    Vosotros? en este caso debeis realizar un ER identificando y evaluando dicho riesgo y en función de esto establecer una serie de medidas preventivas. Dicha Evaluación de Riesgos con las medidas preventivas se la deberéis entregar a la empresa que realice los trabajos.

    Quien realiza el trabajo?

    Ellos? en este caso ellos deberan realizar la Evaluación de riesgos del Puesto de Trabajo teniendo en cuenta tanto la propia actividad del mismo como los riesgos que vosotros les generáis con las medidas preventivas que le entregáis en la ER anterior.

    Por otra parte, os deberán entregar su ER a fin de que vosotros podais tener en cuenta los posibles riesgos que ellos os puedan generar a vosotros por una parte (RD 171/2004) y que podáis vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención en ella establecidas (RD 171/2004) por otra, entre otras cosas.

    #158936 Agradecimientos: 0
    alfonso1973
    Participante
    0
    noviembre 2006


    Perdona por no contestar antes.

    Ellos son los que generan el riesgo y realizan el trabajo pero siempre dentro de nuestras instalaciones. Entonces debere de pedirles la ER así como las medidas preventivas para dicho trabajo.

    #158937 Agradecimientos: 0
    Travieso 771946
    Participante
    0
    octubre 2006


    La responsabilidad legal(civil y penal, administrativa) es de la empresa mandante, tu empresa.
    Tu podrías ser sancionado. Independiente que después puedas emprender sanciones legales y contractuales con la empresa contratista, por no identificar correctamente los peligros y gestionar los riesgos asociados.
    Debieras pedir siempre una contra-parte a tus empresas contratistas, es decir un colega en PRL.

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