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  • #1261 Agradecimientos: 0
    solar67
    Participante
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    abril 2008


    Es compatible que el Estudio de Seguridad y Salud y el Plan de seguridad y salud lo haga la misma empresa? Me explico:
    El proyecto en el que esta incluido el ESS lo debe hacer la promotora y el PSS la contrata por lo que pareceria incompatible, pero atendiendo a este caso me gustaria conocer vuestras opiniones.
    Una empresa quiere instalar una planta fotovoltaica o huerto solar, pero no es su actividad normal y no tiene ni idea y le pide a otra empresa B que le realize el proyecto y lo ejecute. Esta empresa B realiza el proyecto con su correspondiente ESS y como lo va a ejecutar tambien realiza el PSS. Por lo tanto tenemos que la promotora es diferente a la contrata, pero la contrata ha realizado ambos documentos. Esto estaria bien hecho?, Que resposabilidad tendria la empresa B en caso de que hubiera accidente centrandonos en esta peculiaridad documental? Las otras responsabilidades del accidente por otros motivos estan clara porque es la contrata.
    muchisimas gracias

    #81230 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Veamos… es la misma empresa, pero es “independiente” en cuanto a sus labores… y me explico.
    El Proyecto, con su ESS/EBSS, es obligación del promotor, pero al no “saber/querer” hacerlo, lo contrata y lo paga… a una “ingeniería”, o a un “ingeniero”, y ahi acaba su relación mercantil a este respecto.
    Ahora ya, el proyecto es propiedad del promotor, independientemente de quien lo haya realizado.
    A partir de ese momento, el promotor decide la adjudicación del proyecto, que “casualmente” recae sobre la misma empresa, pero ahora ya no actua como ingeniería, si no como contratista…
    DIgamos que, aunque sea la misma empresa, no han interactuado temporlamente, y bajo la teoría (que mientras que no se demuestre lo contrario debe poseer presunción de veracidad), esta “empresa” ha realizado un trabajo de ingeniería “objetiva” (sin tener en cuenta quien lo va a ejecutar) por el que ha cobrado un “x”; ha terminado su trabajo y se ha desvinculado; y posteriormente ha sido contratada para ejecutar un proyecto que le “dan” (independientemente de quien lo ha redactado).
    EN mi opinión, no tiene por qué haber problema, desde un punto de vista legal, puesto que aunque sea la misma empresa, ésta ha actuado en funciones diferentes: no ha redactado el proyecto como “contratista”, si no como ingeniería, y luego, posteriormente, se ha convertido en contratista.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #81228 Agradecimientos: 0
    solar67
    Participante
    0
    abril 2008


    Gracias Oskar, como siempre me has sacado de dudas con un nivel de docencia de lujo. Un saludo compañero. Es un lujazo poder consultarte

    #81229 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    No hay problema.

    Si se cumplen los requisitos legales, es valido.

    Nosotros lo hemos hecho siempre así y no hemos tenido jamás problemas.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

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