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berbo.
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Buenos dias:
Me gustaria saber cual es la altura maxima de trabajo en una escalera y a partir de que altura es obligatorio usar sistemas de seguridadPues para empezar una escalera no es un sitio para trabajar. Sirve para acceder a otro lugar más alto o mas bajo. No se puede trabajar sobre una escalera. A partir de dos metros tiene que haber protección colectiva, a ver como lo haces en una escalera. Barandillas? red de horca? me parece que no…
saludosQuiero entender que las escaleras son manuales. Lee, R.D.2177/2005 Trabajos temporales en altura y NTP 239 Escaleras manuales, que dice:
” Trabajo sobre una escalera:
La norma básica es la de no utilizar una escalera manual para trabajar. En caso necesario y siempre que no sea posible utilizar una plataforma de trabajo se deberán adoptar las siguientes medidas:
•Si los pies están a más de 2 m del suelo, utilizar cinturón de seguridad anclado a un punto sólido y resistente.
•Fijar el extremo superior de la escalera según ya se ha indicado.
•Para trabajos de cierta duración se pueden utilizar dispositivos tales como reposapiés que se acoplan a la escalera
•En cualquier caso sólo la debe utilizar una persona para trabajar.
•No trabajar a menos de 5 m de una línea de A.T. y en caso imprescindible utilizar escaleras de fibra de vidrio aisladas.”
No hay nada como leer las disposiciones, como reales decretos y Normas Tecnicas de prevención.
SaludosTrabajos sobre escalera pueden realizarlos electricistas (recambio de lamparas), y los pintores. Todo trabajo en una altura mayor de 2 metros se utilizara una plataforma o una jaula o cesto reglamentario.
Entendiendo que se trata de escaleras manuales, no está recomendado realizar trabajos, no obstante, si fuera necesario debería tener portección anticaída (todos los trabajos en altura) a partir de los 2 m de latura, pero para no dar una clase sobre el tema, mejor entra en
y tendrás una pequeña guía…
Entra o regístrate para ver los enlaces la altura son de 3 metros,a partir de ahí con medidas de seguridad.Saludos
No está lo suficientemente claro, la utilización de la escalera de mano, como medio auxiliar para la realización de trabajos en altura, donde defina claramente hasta que altura, véase RD 1627/97 de 14 de abril, SOBRE LUGARES DE TRABAJO, así como lo estipulado el RD 1627/97 de 24 de octubre, SOBRE DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD APLICABLES EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, al igual que en el RD 2177/05 SOBRE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA, asi que lo más razonable es si se realizan trabajos a una altura superior a los 2m, deberán utilizarse protecciones, en este caso reposapiés existentes para las escaleras de mano, asegurar la escalera contra el desplazamiento de la misma, utilizar sistemá anticaídas sobre todo cuando existan huecos en el entorno del punto de trabajo con una caída superior a los 2m, (EVALUAR LOS RIESGOS PREVIAMENTE) se debe tener presente, que siempre que el trabajo lo permita se deben emplear plataformas elevadoras (equipos de trabajo) los cuales si poseen protección contra los bloques de caídas por altura. (véase la LPRL LEY 31/95 de 8 de noviembre, Art 15 Principios de la Acción Preventiva.
La normativa recoge toda la casuistica, pero puedes ojear:
R.D.2177/2005
NTP 239En esta paguina encontraras una especie de resumen grafico:
Entra o regístrate para ver los enlaces De las respuestas facilitadas, coincido más con las de Hispalis, ya que el uso de escaleras debe estar restringido a trabajos de corta duración, aparte de presentar mayores riesgos de caida, frente al uso recomendado de utilización de plataformas o andamios, por ejemplo.
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