Viendo 2 entradas - de la 16 a la 17 (de un total de 17)
  • Autor
    Entradas
  • #390190 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Efectivamente las medidas preventivas o correctoras deben aplicarse con independencia de la frecuencia o de la exposición (más o menos ocasional) de hecho, como dices, muchos riesgos se “refugian” en estos recovecos de la empresa que por poco comunes u “ocultos” pasan inadvertidos a la prevención y son, precisamente por ello, fuente de accidentes.

    Dicho esto y ciñendonos al “caso de la escalera de medio metro” si, en vez del RD, aplicaramos un metodo de evaluación (por ejemplo del INSHT)el riesgo resultante sería “tolerable” y la acción preventiva correspondiente debe ajustarse a dicho nivel de peligrosidad.
    Probabilidad de que se materialice el accidente (exposición, frecuencia de uso)BAJA
    Consecuencias previsibles: Dañinas
    RIESGO TOLERABLE.

    Ante un riesgo “tolerable” podría proceder instalar barandillas o bien adoptar otras medidas (si se considera conveniente, que a lo mejor no porque la escalera, como dije, es suficientemente ancha, está bien iluminada y no concurren otros factores más o menos siniestros.)

    Sin perjuicio como dice Corsario que se cierre la escalera de marras y muerto el perro…

    #390191 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    Bien, Carloss… pero lo que intentaba decir, es que un TPRL es un evalaudor de riesgos laborales, NO un diseñador de lugares… incluso me atrevería a decir que ni siquiera si esos lugares son lugares de trabajo (insisto, que SOLO es mi opinión)

    Lo único que digo es que el TRPL, como evaluador de riesgos laborales debe hacer lo que bien dices que debe hacer… si es que esa escalera es un medio auxiliar a emplear por un trabajador durante el desempeño de las funciones de su puesto de trabajo (aunque sea de uvas a peras, es lo de menos… si lo “tiene” que emplear, el empresario deberá garantizar que se ha evaluado el riesgo de su uso… y si no lo hace, pues si le sancionan, que pague y punto pelota… y que rece para que se quede un pago monetario).

    Por lo demás, si el TPRL va por las empresas como si fuera “El Diseñador”, aunque lo haga conociéndose muy bien las normas constructivas, ordenanzas, y lo haga con mucha halo de profesionalidad, y con mucho criterio y mucho lo que queramos… para mi, DIGO PARA MI, ese TPRL no está cumpliendo con su cometido como TPRL… si acaso, estará cumpliendo con el cometido de “otros” técnicos, pero NO con los que le han sido concedidos por su capacitación.

    Dicho esto, cuidado, a mi me parece que si ese TPRL emite un informe de seguridad (¡¡¡ojo!!!!, digo informe de seguridad NO una evalaución de riesgos laborales, SINO un informe para “informar” sobre unos factores estructurales o conformes a la norma (la que sea)) para “informar” al empresario, y lo hace con conocimiento de causa, emitiendo un juicio sobre algo en concreto, CREO que estará haciendo muy bien… y que ese empresario cliente estará (o debiera estar) satisfecho de que sus instalaciones sean visitadas por un técnico preocupado por mejorar la “seguridad” de los trabajaodres de su cliente… pero la emisión de ese informe, puede tener consecuencias legales… sí que, si lo hace, que lo haga bien… pero no solo por la relación “de servicio” para con su cliente, sino por “su” bien como técnico… porque bien pueden decirle “ande te metiste, chacho, que esas no son tus competencias”…

    Dicho este rollo, y lamentando soberano tostón… “que cada palo aguante su vela”.

    Hasta luego!

Viendo 2 entradas - de la 16 a la 17 (de un total de 17)
  • El debate ‘ Escalera y necesidad de barandilla’ está cerrado y no admite más respuestas.