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Mina 2000.
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Es obligatorio el entregar una copia de toda la documentación de las subcontratas al Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución o es suficiente con que tenga acceso a ella en la obra??? (Es que mi coordinador tiene un correo con muy baja capacidad y me obliga e enviarle la documentación de todas las subcontratas de una obra de AVE en archivos de menos de 3MB. ¿No sería suficiente con que tenga acceso a la que yo tengo en la oficina, o estoy obligada realmente a darle una copia??)
Si te exige que se la envies, pidele que te la apruebe (el dia que haya un marron, se lo comerá él, por listo) o al menos que sea con acuse de recibo.
Otro coordinador con alma de archivero mayor del reino.
Y si tu empresa se niega a entregársela ¿Qué pasaría?
¿que documentación es?. ¿no será la famosa declaración responsable?.
Además, que ganas de quejarse. Súbela a la “nube” y que la descarque de allí.
bah, si tienes la documentación, pues mandaselá, y si no la tienes, entonces hace bien en pedírtela.Dentro de las obligaciones que tiene el coordinador sólo se me ocurre que esté siguiendo el apartado f del artículo 9 de nuestra “Biblia” (o Corán si eres musulman, o Torá si eres judio, o Kamasutra si eres… si eres un fenómeno,…). Me refiero al 1627, donde dice que debe adoptar las medidas necesarias para que sólo quién él autorice pueda acceder a la obra. Esto me da varios puntos de reflexión:
1.- Como te han comentado ya el coordinador no es un “archivero”; puede solicitar la documentación para consultar pero no para llevarsela o registrarla o lo que sea que va a hacer con ella.
2.- No sé hasta que punto es legal que le envíes la documentación de gente que va a entrar a la obra. Creo que la Ley de protección de datos tiene bastante que decir al respecto.
3.- Totalmente de acuerdo con Icm75, que te firme la conformidad.Pues claro que tengo la documentación. Pero estamos hablando de que estoy sóla para una obra de más de 100 millones de euros, 20km, unas 80 subcontratas a un tiempo y más de 200 trabajadores distintos al mes. ASí que como comprenderéis lo que no tengo es tiempo para perder. Por lo que buscaba una base legal para negarme y ganar un par de horas al dia, que es lo que tardo en dividir los archivos comprimirlos y enviarlos….horas que me hacen mucha, mucha falta.
Que se la mande, y que cada vez que se incorporen nuevos trabajadores a la obra, pues que se la mande de nuevo y así hasta el fin de obra, perdiendo en tiempo.
¿Para qué narices quiere la documentación, ha oído hablar de la LOPD, no mi digas está pidiendo también TC1, TC2 y toda esta parafernaria?
¿Es que acaso no hay maneras más eficaces, efectivas y productivas de garantizar que el contratista comprueba que los trabajadores que se incorporan a obra cuentan con la formación y demás obligaciones preventivas que tocarle las narices al técnico de prevención (seguro que no lo pidió al administrativo) para que se lo reenvíe todo?
¿Totalmente de acuerdo conmigo? Creo que no has pillado mi tono irónico.
1º EN NINGUN punto del RD 1627/1997 se dice que el CSS sea el que autorice a nadie a entrar en la obra, es mas, salvo clusulas cntractuales entre el promotor, el css y los contratistas no tiene potestad para ello.
2º El CSS NO tiene que firmar ninguna conformidad ni aprobación alguna de nada. salvo del PSS y sus modificaciones.
3º La ley de proteccion de datos, no interfiere para nada en el intercambio de documentación sociolaboral alguna, solo establece condicionantes en la forma de hacerlo.
El coordinador es un mero auditor de la documentación. Si la quiere, se lo preparas en una carpeta y en una de sus visitas a obra que se pase con un USB y que se la copie… o un CD.
saludos1º El coordinador SI TIENE mucho que decir en cuanto a quién entra o no en la obra:
f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la
obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de
coordinador.
2º Pensaba que la ironía era otra cosa, quizás tu humor inteligente no sea para mí… Cuando he dicho que me parece bien que firme la conformidad es, más que nada, para que certifique que conoce quién tiene o no la formación, el TC1 o el certificado de penales (lo que te pida).
Y 3º No sabía que eras un experto en la ley de protección de datos (yo no desde luego) pero que tú le envíes a otra persona el TC1 de un tercero, con lo que cobra o deja de cobrar, con su DNI o con su número de la seguridad social no creo que sea muy legal.1º Que tenga que decir en cuanto a COMO hay que entrar en la obra no tiene nada que ver con que se ocupe de quien entra en la obra.
2º Mientras los CSS se sigan ocupando de revisar TCs, asi les seguira luciendo el pelo por las obras.
3º No soy un experto en la ley de proteccion de datos, solo me la he leido para ver que es lo que REALMENTE dice (y no lo que han oido por ahi que creen que dijo uno que dice).
1º En ningún momento he dicho que se tenga que poner con una silita en la puerta a ver quién entra…
2º Estoy de acuerdo (esto no es ironía, ¿no?)
3º Ya te dicho que yo no soy un experto pero lo que yo he leído (también tengo la mala costumbre de leer) de las condiciones para ceder datos debe quedar por escrito en que condiciones y que el trabajador lo autorice.1º Pero tampoco es quien tiene que revisar quien tiene los papeles o no (por rd 171/2004, art. 10, esto corresonde al contratista) ni por tanto autorizar quien entra o no.
2º Y por tanto tampoco tiene que certificar la conformidad de nada, puesto que esto no le corresponde a él.
3º
Punto 2.
Entra o regístrate para ver los enlaces No soy un experto en la LOPD, pero entiendo que atendiendo al RD 171/2004, en una obra de construcción, la única verificación documental y cesión de documentación que podría realizar el contratista es la información y formación de los trabajadores puesto que la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva es la contenida en el PSS. El punto 1. lo entiendo a nivel de condiciones de trabajo, no ha nivel documental.
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