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  • #59317 Agradecimientos: 0
    Mamer
    Participante
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    mayo 2005


    Buenos días:

    Tenemos en una obra una empresa portuguesa (con razon social en portugal) y que solo trabajan en España, llevan aqui ya varios años. El caso es que no tienen servicio de prevencion contratado en ningun sitio y me surge la duda de si al trabajar siempre en España un SPA acreditado nacional puede llevar la prevención de esta empresa. Al llamar al Instituto de Prevencion, me dicen que no, a no ser que abran un centro de trabajo en España con un CCC. ¿Sabeis de que va esto? ¿no hay ninguna otra posibilidad de que contraten SPA nacional?

    Un saludo y gracias

    #332029 Agradecimientos: 0
    eva14
    Participante
    0
    enero 2006


    Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores.
    cualquier empresa que venga a España a trabajar debe cumplir con todo lo relacionado con la legislacion española, incluso REA, a partir de cierto tiempo de trabajo, formación, contrato on SPA español, comunicacion a autoridad laboral de que se encuentra en españa trabajando, vigilancia salud…. etc

    #332030 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Las empresas portuguesas y todas las de los países comunitarios, pueden trabajar en España (y UE) si sus trabajos duran mas de 8 días lo deben comunicar a la autoridad laboral de la provincia donde trabajaran, además de rellenar el impreso de transnacionales E101.
    Ellos pueden contratar un SPA en España, lo único es que la vigilancia de la salud no lo pueden contratar a la no tener domicilio fiscal en España (entidad colaboradora de la Seguridad social)

    Yo en mis obras les exijo que se den de alta en España (es alegal, pero si quieren trabajar con nosotros deben hacerlo) y tengan lo mismo que una empresa española. De este modo si por desgracia tienen un accidente, la calificación del mismo me la dan con rapidez y no tengo que esperar a que le visite el medico de su CIA de seguros (Portugal) y tarden en dármela.

    Espero haberte sido de utilidad, un saludo

    #332031 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    OK, es lo mejor y te quitasproblemas

    #332032 Agradecimientos: 0
    NONEM
    Participante
    0
    mayo 2005


    Buenos días, he trabajado con multitud de empresas portuguesas en España, en Portugal, en Francia, etc. y tras leerme la legislación portuguesa, tienen las mismas obligaciones en materia de seguridad y salud, piensa que toda la legislación española es transposición de una directiva europea. Por tanto, tienen la obligación de tener un Servicio de Segurança e Saude (se llama así), Ficha de aptidao (aptitud médica válida dos años > 45),los trabajadores deben estar informados y formados, e incluso registro de entregas de EPI.
    Con respecto a los E-101, te garantizan que están dados de alta en la empresa, pero solicita Declaraçao de remuneraçoes (seguros sociales en Portugal).
    Por otro lado, estas empresas deben ser dadas de alta ne el REA.

    #332033 Agradecimientos: 0
    Camano
    Participante
    0
    abril 2008


    Trabajé con alguna.En una ocasión la Inspección de Trabajo no dió validez a las formaciones que aportaron diciendo que esa formación debería impartirse en España para cumplir las obligaciones del país, España en este caso.
    Por más que les comenté a los gerentes de esta empresa que se hicieran un contrato con un Spa en España no hubo manera de que tomaran esa decisión, creo que les sale más barato pagar las multas de Inspección,esporádicas, que pagar un Spa aquí.

    #332034 Agradecimientos: 0
    yolaren
    Participante
    0
    enero 2009


    Procedimiento de coordinacion de actividades y apartir de ahi a pedir. Una dew mis empresas subcontrato a una empresa protuguesa y lo que llevamos a cabo fue el intercambio de documentacion, les pedimos contrato con SPA en portugal, certificados de formacion, reconocimientos medicos, justificantes de alta en seguridad social portuguesa, seguro de resposabilidad civil y la evaluacion de riesgos.

    #332035 Agradecimientos: 0
    traqui
    Participante
    0
    agosto 2007


    Tienen la misma obligación de contar con SP, sea en Portugal o España. En España no pueden contratar un SPA de Mutua (Asepeyo, Fremap, Maz…) pero hay muchos otros no procedentes de MUTUA que si pueden se contratados.

    Además, tienen que solicitar el E101 para empresas que realizan actividades transnacionales, e informar en la comunidad donde realicen el trabajo.

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