Buenos dias.
Con relacion a la primera pregunta, te comento que “algun documento” de seguridad y salud tiene que haber para que pueda hacerse el trabajo.
Si no hay Proyecto, logicamente no va a haber Estudio de Seguridad y por lo tanto tampoco PSS.
Lo que la Autoridad Laboral entiende es que si no hay proyecto, hay que hacer el documento “Evaluacion de Riesgos”, que no deja de ser un PSS.
Te dejo un link donde podras encontrar todos los registros necesarios (asi como la documentacion necesaria) tanto para obras con proyecto como sin proyecto.
Con relacion a la segunda pregunta:
a) Si el Promotor, es Ingeniero, Ingeniero Tecnico, Arquitecto, Arquitecto Tecnico.
b) Si no le importa ir a la carcel (hoy en dia a los Coordinadores, cuando no hacer nuestro trabajo correctamente (es decir si se produce un accidente grave o mortal en la obra de este señor espabilado Promotor) nos envian a la carcel -antes pagabas la multa y nada mas-)
pues si la respuesta es afirmativa en ambos casos, … claro que puede ser coordinador.
Un saludo.
PD. Recuerdale a este señor, que el Coordinador “Coordina” segun lo que se indica en el R.D. 1627/97 a las empresas que esten en obra y que su mision no es la de hacer la seguridad en el dia a dia de la obra que eso es mision de la Contrata/s, y que toda esa labor tiene que estar registrada por escrito (reuniones, etc) para que en caso de tener que estar delante de un juez, justifique que ha hecho coordinacion.
Lo digo porque a lo mejor se piensa que con decirle a la gente que se ponga el casco ya hace la labor del coordinador de seguridad y salud.
Entra o regístrate para ver los enlaces