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  • #45559 Agradecimientos: 0
    merincio
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    febrero 2003


    Alguién podría indicarme que normativa deben cumplir los depósitos de almacenamiento de sustancias catalogadas como irritentes solamente sin llegar a ser nocivas. En principio entiendo que les afecta la perte general del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, pero no existe una ITC específica dónde encajarlas, pues la de tóxicos sólo engloba hasta los nocivos, no incluye las que son únicamente irritantes. Me gustaría saber sí existe alguna norma UNE o similar referidas a estos depósitos, y si un particular puede modificarlos por su cuenta, en cuyo caso de que modo queda la posible homologación.

    #276551 Agradecimientos: 0
    ANTEO
    Participante
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    abril 2002


    Yo tengo exactamente ese mismo caso. Está claro que no entran en la APQ-7 y tendrías q cumplir con la parte General del Reg, q en realidad no dice nada de nada…. Yo creo q tiene q haber una norma UNE o bien el Reg de aparatos a presion, dependiendo del tipo q sean los depositos…

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  • El debate ‘ DEPÓSITOS DE PRODUCTOS IRRITANTES’ está cerrado y no admite más respuestas.