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  • #26594 Agradecimientos: 0
    merincio
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    febrero 2003


    Normalmente la exposición al ruido en cualquier puesto de trabajo es variable en el tiempo, de forma que los niveles a los que se está expuesto a lo largo de una jornada de trabajo fluctuan en mayor o menor medida.

    A la hora de cuantificar el nivel de riesgo de un trabajador respecto a la exposición al ruido la evaluación higiénica nos aporta un valor numérico, el nivel diario equivalente.

    Este nivel equivalente corresponde con la energía acústica que recibiría el trabajador si estuviese toda la jornada expuesto a un nivel constante coincidente con dicho nivel.

    Por tanto, desde el punto de vista higiénico el grado de riesgo de exposición al ruido no valora el “cómo” se produce la exposición a lo largo del tiempo, sino solamente la energía acústica total recibida durante la jornada.

    Por ejemplo, un trabajador que esté expuesto la mayor parte de su jornada a un nivel moderado de 80 dBA y tenga una sobreexposición de 105 dBA durante 15 minutos cada día, le resulta un nivel diario equivalente de 90,35 dBA, o sea, igual que si estuviese todo el día sometido a un nivel constante de esos mismos 90,35 dBA. Desde el punto de vista de la evaluación higiénica no se distingue la forma en la que se recibe la energía acústica, en este caso el grado de riesgo sería el mismo.

    Mi pregunta consiste en saber si desde el punto de vista médico las posibles afecciones para el sistema auditivo pueden ser diferentes según se produzca la exposición en el tiempo. Qué puede ser peor para el oído, ¿una exposición diaria a un valor constante relativamente alto o una exposición a un nivel bajo con una sobreexposición a un nivel muy alto siendo ambas del mismo nivel diario equivalente?.

    GRACIAS

    #213791 Agradecimientos: 0
    Wamba
    Participante
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    agosto 2002


    La equivalencia en la exposición implica equivalencia en el daño. En cualquier caso se deberá indicar la protección acústica adecuada a cada circustancia dado que el control de la exposición tambien implica control del daño. Saludos

    #213792 Agradecimientos: 0
    Juan Andrés0
    Participante
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    junio 2005


    Con respecto a tu pregunta, entiendo que ante el mismo nivel diario equivalente será más perjudicial el tenga niveles picos más altos.

    El tema es más complejo, porque habría incluso que valorar las bandas de octavas que tiene el ruido al que esté expuesto el trabajador. Ya que según la banda de frecuencias que prevalezca en un ruido el daño puede ser mayor o menor. De hecho, las protecciones auditivas están diseñadas para actuar en mayor o menor medida ante las diferentes bandas de octavas. Por eso hay tanta variedad.

    De cualquier forma creo que meternos en estos temas es complicar en exceso nuestro trabajo. Por un lado, es evidente que niveles picos muy altos pueden provocar incluso accidentes de trabajo (por ejemplo, la rotura del tímpano). Y, de hecho, el RD sobre ruido lo contempla. En el último grupos de casos hace referencia a niveles diarios equivalentes > 90 dBA y/o niveles picos > 140 dB.

    En general, el daño en la audición se produce por exposiciones prolongadas con multitud de ruidos cuya composición (ruidos de distintas frecuencias e intensidades) es muy variable en todo momento. Por eso es por lo que se utiliza el nivel diario equivalente.

    Quizás me he enrollado mucho. Espero haberte ayudado. Saludos.

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  • El debate ‘ dependencia de las afecciones auditivas a la forma de exposición’ está cerrado y no admite más respuestas.