- Este debate tiene 10 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años, 6 meses por miref.
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¿Es obligatorio que una empresa con 19 trabajadores y que no tiene delegado sindical deba tener un delegado de prevencion segun dice la ley?
¿en el caso de que estuviera obligada a tenerlo deberia serlo el delegado de personal??
Un saludo y gracias de antemano por vuestra ayuda.
1º SI
2º SI
PD: Puedes comprobarlo en la Ley de PRL en su articulado tiene uno especifico del tema.
Es un derecho… no una obligación.
En caso de que se hubieran celebrado elecciones sindicales, por el número de trabajadores de la empresa, el delegado de personal será delegado de prevención.
Si no tiene representación sindical y el convenio del sector o propio no dice nada no estará obligada a tener delegado de prevención.
Que tendrá que ver los convenios con lo que se comenta.
Los delegados de personal se regulan a través del Estatuto delos Trabajadorers NO de los convenios.
Los delegados de prevención se regulan a través de la Ley de PRL NO delos convenios.
Entonces no me queda claro…
El delegado de prevención tienen que tenerlo por narices. Pero… el delegado de personal puede ser delegado de prevención (se dará prioridad a este), pero también puede serlo cualquier otro trabajador?
Yo haciendo alarde de mi ignorancia, jeje.
No me extraña que no te quede claro. Yo también alucino.
Como te han dicho es un derecho no una obligación, si no hay delegados de personal, ni voluntarios entre los trabajadores para serlo, pues no habrá representantes de los trabajadores.
Aquí la inspección sí pide a la empresa que se informe a los trabajadores de dicho derecho y se abra un plazo de inscripción, si éste plazo finaliza sin candidatos. Pues se redacta un escrito contando los pasos dados y fechas y se guarda.
A NADIE SE LE PUEDE OBLIGAR A SER DELEGADO DE PREVENCIÓN SI NO QUIERE SERLO.La obligación del empresario es facilitar el proceso y crear el comite de seguridad si asi lo solicitan los trabajadores, lo demas va a ser que no, como dices a nadie puede obligarse a ser delegado de prevencion…
Como para no alucinar o no tenerlo claro…
Ala… vamos a dar todas las respuestas posibles, y que alguien elija una.
Que es un derecho está claro…. pero, como que es obligatorio tener un delegado de prevención si no hay delegado de personal!!!
Si no hay delegado de personal, es IMPOSIBLE la existencia de un delegado de prevención.
El delegado de prevención, defensor de los derechos de los trabajadores en materia preventiva frente a la empresa, se elige por y entre los delegados de personal (representantes sindicales de los trabajadores). Si no hay delegados de personal, no hay a quien elegir como delegado de prevención, y no hay quien lo elija, porque como digo, sale de entre estos cargos electos y elegidos por ellos mismos.
Osea que si no teneis delegados de personal, olvidate de la figura del delegado de prevencion y descansa agusto.
Un saludo"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Lleva razón Oskar76, aunque si bien no es obligatoria la designación de delegados de prevención al no tener delegados de personal, si que lo es la consulta y participación de los trabajadores. En caso de existir varios delegados de personal, entre ellos elegirán a los delegados de prevención según estipula la ley (su número). En las empresas de hasta 30 trabajadores (creo recordar) el delegado de prevención será el delegado de personal
Como has dicho mira el art. 35 de la Ley 31/95 PRL. Sólo lo aplico de acuerdo de lo que dicho … una empresa de 19 trabajadores.
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