- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 1 mes por Borges.
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Se me ha planteado el caso de que los delegados de prevención han solicitado a la empresa la realización de un curso básico presencial y la empresa les ha ofrecido uno a distancia. Ellos bastante cabreados han dicho que todo lo que es lectura de material didactico y realización de examenes lo haran en horas de trabajo, por lo que practicamente se consumiran las mismas horas que con una formación presencial.
¿como veis el tema desde el punto de vista legal?Muchas Gracias.
Si te refieres al tema de hacerlo durante las horas de trabajo, mírate el artículo 19 de la Ley de Prevención 😉
Mejor sería de forma presencial, pero la empresa puede decidir otro modo, en mi opinión menos aconsejable que el anterior.
Pues si lo hacen en horas de trabajo tendrán toda la razón. La duda que me puede quedar es si serían horas sindicales, o de trabajo normal.
Lo que no es muy recomendable es cabrearse por esto, ya que también la empresa tiene razón al elegir la modalidad que considere más adecuada. Otra cosa es que lo haya hecho por evitar que los DP dediquen tiempo de trabajo a la formación, porque evidentemente le va a salir el tiro por la culata.
Un saludo.
Consulta en un foro de abogados.
No creo que esto sea motivo de disputa, los delegados de prevención deben de tener un curso básico de PRL, tanto si es a distancia como presencial están en su derecho de realizarlo en horas de trabajo. Si van a consumir las mismas horas siendo una modalidad u otra deberíais de facilitarles una formación presencial, siendo ésta más completa (ellos siempre pueden acudir a su sindicato para que los formen)
Tanto da que da lo mismo.
SI es presencial, en horas de trabajo, si es a distancia, es pagando dichas horas si no se hacen en horario laboral.Yo prefiero el presencial. La empresa que recurre a los formación a distancia, mayoritariamente es para cubrir expediente, no poder ser sancionado. Es señal de falta de integración de la prevención en la empresa.
Hay una ley con ciertos vacios. Y servicios preventivos que se prestan a ello. Es legál?si. Es prevención en mínimos?también. Pero la Ley de PRL son mínimos y hasta que la ley no se modifique en exigencia y obligaciones, no podremos hablar cultura preventiva.Ambos son legales, el tema está en la negociación del lugar o forma de hacer el curso, cuando se dice de hacer un curso o cualquier otro evento que suponga salir del trabajo, (escaquearse) se frotan las manos y cuando se lo cortan… vienen los cabreos.
El empresario está en la obligación de impartir dichos cursos ¿Donde? eso es lo que hay que negociar.
Saludos -
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