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carlosFarfanpadilla.
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Si un trabajador debe desplazarse a un lugar concreto lejos de su centro de trabajo para recibir formación, ¿debe la empresa hacerse cargo de los gastos de transporte?, ¿y si el desplazamiento es al centro de trabajo pero fuera de su horario?
Art. 14.5 LPRL:
El coste de las medidas relativas a la seg y salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores.
Es decir que si el trabajador tiene que desplazarse, se le debe pagar el desplazamiento y si no es dentro de la jornada de trabajo, se le tiene que compensar con horas de descanso
Lo mismo es aplicable para los reconocimientos médicosAñadiendo algo más a la respuesta anterior, éste aspecto debe contemplarse en el Convenio Colectivo de la empresa o sector.
la empresa, siempre debe hacerse cargo del coste de la formación imapartida al trabajador en matería de Prevención de riesgos laborales. Mira articulo 19 de la Ley 31/1995.
Ya lo sé que la empresa debe hacerse cargo de la formación. ¿Pero cuántas empresas conoceís que paguen a los trabajadores el transporte, no sólo las horas extra?, el combustible, el autobús, el taxi,
siempre la formación del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales corre a cuenta del empresario, según indica la Ley 31/1995 en su art. 19.
Además especificar a mis compañeros que, en interpretación del citado artículo, la formación debería llevarse a cabo en horas laborales o ser compensadas de acuerdo con el Convenio Vigente (pues de lo contrario supone un coste para el trabajador en la forma de tiempo empleado para la empresa que no figura en su contrato de trabajo).
Y, sí, es algo que la mayoría de las empresas trágate la píldora y corre… en los pocos cursos que he impartido para una empresa que a veces pide formadores por aqui (por cierto pagan mal), en la mayoría de las ocasiones esto no se cumplía. Por supuesto los trabajadores me preguntaban que podían hacer y la respuesta es: acude a tu Comité de Empresa o a tu representante laboral… debieron enterarse de que daba esta formacion tan didactica para los trabajadores y ya no me contratan más…
Saludos,
Yo creo que si debes pagar los costes de transporte a la formación y no sólo eso que en caso de que sufriera algún accidente debera tomarse como accidente de trabajo en comisión, por lo que deben tomar en cuenta estos aspectos
la formación específica sobre su puesto debe correr por cuenta de la empresa y sin coste alguno para el trabajador.
Entiendo que sí.
tengo un dicho:
todo favor se convierte en costumbre, y toda costumbre se convierte en obligacion, por eso desde el principio tienes que poner el parche y mencionarles el RD -
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