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  • #58335 Agradecimientos: 0
    Tastes
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    marzo 2009


    Me gustaría hacer dos preguntas y ver si alguien me las puede resolver:
    1. Soy Ingeniero Técnico Agrícola y estoy haciendo un curso de Coordinador de Seguridad y Salud. ¿Puedo coordinar obras de tipo civil? Tengo un compañero que dice que el curso es para tener más idea sobre prevención en obras, pero dice que con mi titulación sólo podría coordinar obras agrícolas.
    2. Me han ofrecido trabajar como coordinador cuando acabe el curso, pero no sé qué sueldo solicitar, no me gustaría trabajar por una miseria…
    Si alguien me las puede resolver le estaría muy agradecida.

    Muchas gracias.

    #325901 Agradecimientos: 0
    dunay
    Participante
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    septiembre 2002


    buenos días:
    Yo soy ingeniera técnica naval y he trabajado como coordinadora de seguridad y salud.
    En mi caso, mi sueldo ha sido de unos 1500 euros/netos.

    saludos.

    #325902 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Se considera técnico competente a aquella
    persona que posee titulaciones académicas y
    profesionales habilitantes así como conocimientos en actividades de construcción y de prevención de riesgos laborales acordes con las funciones a desempeñar según el RD 1627/1997.
    Dichas titulaciones serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades.
    A este respecto la disposición adicional cuarta de
    la Ley de Ordenación de la Edificación señala que:
    “las titulaciones académicas y profesionales que habilitan para desempeñar la función de coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de edificación durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades”.
    Ante la carencia de una concreción expresa, para
    las obras de construcción excluidas del ámbito de aplicación de la LOE, así como para las obras de ingeniería civil, cabe interpretar que las titulaciones académicas y profesionales que habilitan para desempeñar las funciones de coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración
    del proyecto y la ejecución de este tipo de obras serán las que estén facultadas, con arreglo a las competencias propias de sus específicas titulaciones, para proyectar y dirigir dichas obras a la vista de las disposiciones legales vigentes para cada profesión.
    Hay que recalcar que, con independencia de lo
    referido, es conveniente que el coordinador (técnico competente) tenga la formación adecuada en el campo de la prevención de riesgos laborales aplicable a las obras de construcción.
    Todo lo anterior significa que los contenidos de
    la formaci ó n preventiva que es recomendable adquirir para ejercer las funciones de técnico competente no son exactamente los especificados en los programas formativos que se establecen en los anexos IV, V, y VI del RD 39/1997.” Reglamento de los Servicios de Prevención” si no que deben adecuarse a los cometidos que se determinan en este
    RD 1627/1997 para el citado técnico competente.
    En el anexo B que figura en el apartado de ane-
    xos a esta Guía se indica el contenido mínimo del
    programa de formación que sería conveniente que
    cursara el profesional titulado para ejercer las funciones de coordinador en materia de seguridad y de salud tanto durante la elaboración del proyecto de obra, como durante la ejecución de la misma. Este programa está integrado en la “Ponencia General” aprobada por el “Grupo de Trabajo de Construcción” de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y ratificado por el Pleno de la misma.

    #325903 Agradecimientos: 0
    pedroperez
    Participante
    0
    enero 2005


    Consultalo con tu colegio profesional.

    #325904 Agradecimientos: 0
    thrthytrsyes
    Participante
    0
    febrero 2008


    Primero, estas capacitado profesionalmente para ser coordinador de una obra? (no un titulo). Normativa de edificacion (coordinacion de fases de obra, nociones de construccion, etc…) porque es el tema construccion es un mundo aparte.

    Segundo, como ha dicho otro, consultalo con tu colegio profesional:
    RD 1627/1997. Artículo 17. Visado de proyectos.
    1. La inclusión en el proyecto de ejecución de obra del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico será requisito necesario para el visado de aquél por el Colegio profesional
    correspondiente, expedición de la licencia municipal y demás autorizaciones y trámites por parte de las distintas Administraciones públicas.

    Y lo de la pasta….pues segun el plan de trabajo un coordinador debe estar toda la jornada laboral en la obra…minimo 8 horas.

    #325905 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿sabes de qué estas hablando?

    #325906 Agradecimientos: 0
    cooqual
    Participante
    0
    septiembre 2008


    ¿Qué dices?¡¡…qué tendrá que ver el CSS en fase de ejecución con la licencia de la obra, o el visado del proyecto¡¡¡

    Lo de estar 8 horas al día en obra…pues para obras civiles de gran envergadura, pues si…pero obras más pequeñas o de edificación…pues no (claro que depende de como lo estipule tu empresa) de todos modos, el coordinador no sólo hace trabajo a pie de obra.

    #325907 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
    Participante
    24
    26
    abril 2008


    Iniciado

    el css debe tener: presencia, dedicación y actividad. La presencia la marca el cliente y dependindo de las obras: lo complejas o grandes, se habrá de definir ésta

    #325908 Agradecimientos: 0
    cofla
    Participante
    0
    enero 2009


    si tu tienes los conosimientos suficientes y tienes diplomas que sertifiquen que es una persona preparada en este tema tu puedes aplicar lo que aprendiste en la parte sivil de cualquier empresa.dependiendo que normas apliquen en tu pais.suerte.

    #325909 Agradecimientos: 0
    Valen77
    Participante
    5
    21
    marzo 2009

    Iniciado

    En el siguiente enlace a la I.T. se contesta a al pregunta “Titulaciones exigibles a los coordinadores de seguridad y salud en una obra civil”:

    Es una respuesta bastante extensa. Te indico aquí las conclusiones finales:

    “…podemos señalar que el grupo de trabajo de “Construcción” de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo estableció en su Ponencia General los criterios de aplicación del Real Decreto 1627/97, y por lo tanto aplicables a todas las obras de construcción definidas en el mismo, manifestando en cuanto a los técnicos competentes: “a los efectos de interpretar el art. 2.1 e) y f), del Real Decreto 1627/97, se consideran técnicos competentes a aquellas personas que posean titulaciones académicas y profesionales habilitantes, así como conocimientos en actividades de Construcción y de Prevención de Riesgos Laborales, acordes con las funciones que fija el Real Decreto, que serán las titulaciones de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero e ingeniero técnico”.

    En mi opinión, con las titulaciones de ingeniero técnico más la del curso de Coordinador de Seguiridad y Salud sí podrías realizar coordinaciones en obra civil.

    Si en lugar del curso como CSS, se tratara del master como TSPRL, he leído que este tema está aún en estudio.

    Creo que es mejor que preguntes a la propia Inspección de Trabajo.

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    #325910 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Trabajo como Coordinador de Seguridad desde hace tiempo y para empezar a trabajar se me exigió titulación técnica y el curso de nivel superior en prevención de riesgos.
    Saludos.

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