- Este debate tiene 5 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 1 mes por INDECO.
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Buenas tardes.
Es la primera vez que me sucese este caso y voy perdido: Resulta que en la empresa se va a realizar una modificación de unas instalaciones (transporte de sólidos con vacío), la empresa debido a la poca envergadura y siendo interna a una nave productiva, no ha solicitado Permiso de obras al ayuntamiento. Pero la empresa que va a realizar el montaje (de 2 a 6 trabajadores durante 2 semanas, trabajos de soldadura y en altura) nos comunica que declarará como centro de trabajo esta contratación. Y aquí me pierdo. Nosostros, para este tipo de montajes, realizamos de forma habitual reuniones de coordinación incluyendo todos aquellos temas precisos de seguridad pero declarando Centro de Trabajo ¿se tiene que realizar alguna comunición externa? ¿se tiene que asignar un coordinador de obra, o con recursos preventivos es suficiente?.
Cualquier ayuda será bien recibida. Graciasvale
Buenas tardes,
Pues si, se tiene que solicitar licencia de obras al ayuntamiento correspondiente y también solicitar a la empresa externa la coordinación de actividades empresariales y tu, en todo caso, mandarles los riesgos que se van a encontrar en tu empresa…
SALUDOS
La licencia de obras en el ayuntamiento va por otro camino que no tiene que ver con la seguridad.
Lo que tendréis que hacer formalizar el aviso previo a la autoridad laboral como promotores de la obra.
Si la obra no tiene proyecto, no es necesario coordinador (en esto tú verás la situación legal de la obra).
Y en cuanto al recurso preventivo, será necesario dependiendo de que haya trabajos con riesgos especialmente graves.
El problema de estos trabajos (yo al menos lo tengo) es tratarlo como obra de oonstrucción tal cual, o considerarla como tareas de montaje y modificación de instalaciones. Sobre esto hay mucha discusión sin duda, pero efectivamente hay trabajos en los que ni siquiera las empresas son habituales de la construcción, de muy poca entidad y una mezcla entre mantenimiento y montaje.
Yo, sinceramente aunque pueda no tener razón, no las gestiono como obras de construcción sino como trabajos de montaje (bien como propia o distinta actividad según la actividad de tu centro de trabajo), y estableciendo normalmente, además de la correspondiente evaluación de riesgos, unas medidas de coordinación respecto de la actividad de tu centro de trabajo, y la obligación al contratista de disponer una persona como recurso preventivo de los trabajos.Coten:
Algún día necesitarás tener permisos del Ayuntamiento por lo que vas haciendo, por ejemplo: crédito bancario, ampliación de potencia, homologación por cualquier entidad.
En el caso que dices, es el montador el que ha de asegurar delante del promotor, que eres tú, su sistema de seguridad y prevención. Por ser de pequeña entidad y no ser trabajos de construcción, basta que el CSS de tu empresa participe y conozca la proposición del montador.
Recuerda que no hacer nada en este sentido es mucho peor que interpretar la Ley de forma, a juicio de alguien, incorrecta. Siempre puedes defenderte.
Un saludo. Jopar.La empresa instaladora está obligada a solicitar la apertura del centro de trabajo.
Si la obra es de poca embergadura, debes solicitar al Ayuntamiento una licencia de obra menor.
Y si el Ayuntamiento lo exige ( es bastante frecuente esta exigencia) , el contratista deberá realizar un Plan de seguridad y Salud y en consecuencia es necesario nombrar un coordinador de seguridad y salud externo, independientemente de las acciones del servicio de prevención de la empresa promotora.
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