Hola,
Perdonad la parrafada, pero no he podido concretar más:
¿es posible crear un contrato de carácter anual a industriales que esporádicamente entran en las obras de construcción? sería el caso de lampistas y maquinaria que habitualmente son llamados con carácter urgente. Con la nueva ley de subcontratación se les debería inscribir en el libro/ficha de subcontratación, y a parte de ello se les exigiría toda la documentación pertinente. Pero la pregunta es si esta modalidad de contrato está dentro de la normativa vigente, y si no se incurriría en un supuesto de “falso autónomo”…;con ello se persigue que el industrial pueda entrar en todas las obras en marcha sin la necesidad de crear un contrato nuevo cada vez que empieza unos trabajos en una obra.
Muchas gracias.