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  • #45845 Agradecimientos: 0
    Inontxa
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    febrero 2003


    Hóla a todos, tengo una gran duda que espero me podáis ayudar. Soy técnico intermedio y trabajo en una empresa de 123 trabajadores como trabajador designado. Queremos contratar con el SPA, las cuatro especialidades y nos dicen que no se puede hacer pues para eso tenemos que tener un SPP, y contratar las que nos falten. Quieren llevar toda la gestión de prevención, pues dicen que la modalidad de trabajador designado con los 123 trabajadores no la podemos tener. ¿ Me podéis decir por favor, como puedo solucionar esto para tener cubierta la empresa?. Muchas gracias a todos.

    #277374 Agradecimientos: 0
    Esti
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    febrero 2002


    Creo que no entiendo bien la pregunta. Si vosotros queréis contratar las 4 especialidades con el SPA… ¿Qué problema os ponen?

    #277375 Agradecimientos: 0
    Lunah
    Participante
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    julio 2002


    Al ser 123 trabajadores podeis optar por todas las opciones para llevar el tema de prevención, excepto, claro está, la opción de que sea el empresario el que se haga cargo de la prevención, pero con los trabajadores que hay podeis haceros cargo vosotros (los trabajadores designados), podeis formar un SPP o lo podeis contratar con una mutua o servicio de prevención ajeno. Salvo el caso de que por motivos de alta siniestralidad haya un requerimiento de la Inspección de Trabajo de tener un SPP.

    También queda la opción del Servicio de Prevención Mancomunadol, pero para eso teneis que poneros de acuerdo las empresas de la zona o varias empresas del mismo sector.

    #277376 Agradecimientos: 0
    Inontxa
    Participante
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    febrero 2003


    osea, ¿que yo como técnico intermedio puedo llevar la gestión de la prevención en la empresa?y qué cosas aparte de la vigilancia de la salud tengo que contratar con el SPA?

    #277377 Agradecimientos: 0
    Lunah
    Participante
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    julio 2002


    Con un único trabajador designado y más siendo técnico intermedio hay poco que puedas hacer (y no es nada personal)

    Las funciones de un técnico intermedio según el artículo 36.1 del RD 39/97 son:

    a) Promover, con carácter general, la prevención en la empresa.

    b) Realizar evaluaciones de riesgos, salvo las específicamente reservadas al nivel superior.

    c) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de recurrir al nivel superior, a la vista de los resultados de la evaluación.

    d) Realizar actividades de información y formación básica de trabajadores.

    e) Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga asignadas.

    f) Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.

    g) Colaborar con los servicios de prevención, en su caso.

    h) Cualquier otra función asignada como auxiliar, complementaria o de colaboración del nivel superior.

    Como ves las funciones están muy vinculadas a la existencia de un técnico superior.

    Además en el artículo 13.2 dice que “El número de trabajadores designados, así como los medios que el empresario ponga a su disposición y el tiempo de que dispongan para el desempeño de su actividad, deberán ser los necesarios para desarrollar adecuadamente sus funciones.”, lo que me lleva a pensar que una única persona dificilmente puede controlar a 122.

    Evidentemente siempre depende del tipo de empresa, pues no es lo mismo llevar la prevención de una serie de oficinas que de un taller o una fábrica.

    Para llevarlo como trabajadores designados podríais plantearlo con uno o dos técnicos superiores y 3 o 4 Intermedios (que además no teneis que tener dedicación exclusiva)

    #277378 Agradecimientos: 0
    Jak Laffite
    Participante
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    abril 2003


    Por medio de Trabajador/es designado/s se puede llevar hasta 250 t. (Anexo I) y hasta 500 t. en el resto, a partir de aquí, si quereis llevarlo vosotros tenéis que montar un SPP.

    Independientemente, contratar se puede contratar lo que queráis. Si ese SPA te pone pegas, acude a otro.

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