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  • #17633 Agradecimientos: 0
    huber
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    junio 2004


    Hola a todos,

    Me ha surgido una duda un poco tonta que seguro me resolvéis rápidamente:

    ¿Cuáles son los documentos que debe contener un Estudio Básico de Seguridad y Salud?

    Un ESS debe tener Memoria, Pliego, Planos, Mediciones y Presupuesto.

    ¿Y el EBSS?

    Muchas gracias a todos por anticipado

    #169088 Agradecimientos: 0
    1991
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    septiembre 2006


    Estudio basico se seguridad y salud:
    Contiene todos los apartados propios de un proyecto.
    Memoria
    Pliego de Condiciones
    Planos
    Mediciones y presupuesto

    Donde los planos: pueden ser simplemente unas fichas con los Equipos de proteccion colectivo e individual, y las mediciones y presupuesto, simplemente una partida con una cantidad de dinero para la seguridad y salud de ese proyecto.

    #169089 Agradecimientos: 0
    BJM
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    septiembre 2006


    Según RD 1627/97 el contenido del estudio básico es lo siguiente:El estudio básico deberá precisar las normas de seguridad y salud aplicables a la obra. A tal efecto, deberá contemplar la identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas. En su caso, tendrá en cuenta cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma, y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II.

    En el estudio básico se contemplarán también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

    Así pues, el estudio básico sólo lleva una memoria con el contenido anterior, no siendo precisos planos, pliegos de condiciones ni presupuestos y mediciones.

    #169090 Agradecimientos: 0
    delair
    Participante
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    enero 2003


    Las normas de seguridad y salud aplicables a la obra.
    La identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello.
    Relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas.
    Se contemplarán también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

    #169091 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Deberías echarle un vistazo al artículo 5 y 6 del R.D. 1627/1997 donde indica las diferencias entre uno y otro, y cuándo se debe elaborar uno u otro.

    #169092 Agradecimientos: 0
    AKG
    Participante
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    junio 2006


    MEJOR QUE AHÍ, TE PUEDES LEER LA GUÍA TÉCNICA DEL R.D 1627/97 ( ARTÍCULO 6 ) EDITADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENME EN EL TRABAJO.

    #169093 Agradecimientos: 0
    009
    Participante
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    octubre 2002


    revisa el rd 1627

    #169094 Agradecimientos: 0
    carlver
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    0
    mayo 2004


    El ebss no llevara planos ni pliego de condiciones
    ni presupuesto ni mediciones por eso es un ebss sino seria un ess joder para 4 “obras” que llevan solo ebss dejarnos de lios.

    #169095 Agradecimientos: 0
    eos
    Participante
    0
    agosto 2006


    QUE DIFERENCIAS EXISTEN ENTRE UN PLAN BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD Y UNO QUE CONSIDEREMOS PLAN DE SEGURIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD

    Son terminologías similares, pero aplicadas a normativas diferentes, y que por tanto hacen referencia a realidades distintas:

    1º) En cualquier empresa deberemos hacer la evaluación de riesgos, y basándonos en ella, deberemos elaborar el plan de seguridad y salud.

    2º) Otra cosa, es la realización de Estudios de Seguridad y Salud, establecidos en el RD 1627/97, para las obras de construcción más importantes, que tienen unas características determinadas; y el Estudio Básico de Seguridad y Salud para las obras de menor entidad. Tanto en uno como otro caso se deberá realizar según el citado RD un Plan Básico de seguridad y Salud.

    #169096 Agradecimientos: 0
    pepito_grillo
    Participante
    0
    diciembre 2005


    Plan BASICO de seguridad?? no se de donde sale eso.

    en empresas te referiras al plan de emergencias,no?

    en obras de construccione tenemos EBSS (según dispuesto en rd 1627), ESS y de ellos, en su caso, deriva el PSS elaborado por contratista(s) ppal(es) o promotora en caso de acuar como contrata(con personal propio en obra, contratando a autónomos…)

    #169097 Agradecimientos: 0
    BJM
    Participante
    0
    septiembre 2006


    ¿Plan básico?…¿Y eso que es?, no figura en el rd1627/97.

    #169098 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Y lo digo porque supuestos técnicos en PRL hagan preguntas o sobre todo respondan a algunas de ellas confundiendo más al personal si cabe.

    Está claro que nadie nade enseñado y que no poseemos todos los conocimientos como si de un ordenador se tratara, que le metes toda la información y ya está, pero de ahí a responder Plan BÁSICO de seguridad …

    Yo me pregunto en qué academia les han extendido el máster, o qué aprendieron en él, si es que aprendieron algo.

    Lo más lógico, que no lo más común, es que uno se busque la vida antes de preguntar algo que no sabe, se investiga, se bucea en internet, incluso en el buscador de PW que seguro ha existido algún tema similar.

    Pues no, directamente se suelta lo primero que se nos viene a la cabeza. Algunas veces es que ni se lee la pregunta.

    Luego nos echamos las manos a la cabeza cuando ni los empresarios ni los trabajadores llevan a cabo el cumplimiento de la LPRL. ¿Pero cómo lo van a hacer si muchos “mal-llamados” TSPRL no se saben ni la ley, ni dónde buscar, ni cómo aplicarla?

    Y encima queremos un convenio donde se nos pague bien porque tenemos mucha responsabilidad.
    Técnico “responsable” es aquel que se encarga de buscar la información, de evaluar los riesgos el solito, etc, etc.

    Me parece muy bien que se planteen preguntas que pueden estar lejos del alcance de un máster, o de los propios conocimientos de la carrera cursada con aterioridad, pero de ahí a preguntar y contestar las barbaridades que se leen va un mundo, y es que muestra claramente las deficiencias de la formación de muchos.

    Está claro que muchos de los máster los regalan y que una inmensa mayoría quiere entrar a trabajar de “esto” porque existe una ¿demanda?, pero realmente no tienen ni vocación ni conocimientos necesarios, y lo que es peor, no tienen ganas de aprender.

    ¡Hala, ya me desahogué!

    #169099 Agradecimientos: 0
    delair
    Participante
    0
    enero 2003


    Ningún profesional está totalmente formado ni es perfecto, y si algunos colaboran con sus conocimientos, lo que sirve es el esfuerzo. No te preocupes que con el tiempo irán aprendiendo.
    Los Títulos y Máster no sirven para nada si uno no sabe desarrollarlos, pero como la experiencia en la es la base de la ciencia, ya mejorarán.
    Seamos tolerantes.

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