Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #15862 Agradecimientos: 0
    Jordi_O
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    junio 2006


    SI EN UNA EMPRESA VIENEN A TRABAJAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS Y SE ACCIDENTA UN OPERARIO DE DICHA EMPRESA, QUIEN TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR EL ACCIDENTE A INSPECCIÓN DE TRABAJO, LA EMPRESA PROPIETARIA DEL CENTRO DE TRABAJO O LA EMPRESA A LA QUE PERTENECE DICHO ACCIDENTADO?
    MUCHAS GRACIAS.

    #160564 Agradecimientos: 0
    Alvaro78
    Participante
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    febrero 2006


    La comunicacion del accidente la realizara la empresa a la que pertenece el trabajador. En esa comunicacion dejara constancia que el accidente se ha producido en tu centro de trabajo. Si es un accidente grave tendreis una visita de la inspeccion a ambas empresa, en caso contrario no hay problema. Saludos

    #160565 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    La empresa obligada a comunicar a través del Delta el accidente es la empresa a la que esté afiliado el trabajador, es decir, la empresa de servicios.
    Otra cosa muy diferente es el tema de investigación de accidentes, etc… en cuyo caso te diría que estais obligadas las dos. Una porque se ha accidentado un trabajador de la empresa (la de servicios) y otra porque ha ocurrido un accidente en su centro de trabajo (empresa donde se estaban realizando los trabajos)
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #160566 Agradecimientos: 0
    sandra_am
    Participante
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    diciembre 2006


    la informacion del accidente a la inspeccion de trabajo corre a cargo de la empresa que lo tenga contratado,es decir,la empresa de servicios.tras esta informacion se realizara un seguimiento de como ocurrio el accidente.si es un accidente grave se inspeccionara la empresa donde el trabajador tuvo el accidente.

    #160567 Agradecimientos: 0
    Bescher
    Participante
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    octubre 2006


    Segun la Legislación Argentina la encargada de comunicar el accidente es la empresa contratista, pero la encargada de arbitrar Higiene y Seguridad tambien es la empresa Comitente. Debnería denunciar el accidente la empresa contratista en primera instancia y la comitente en segunda instancia, en caso que corrobore que no se le está prestando el servicio.

    #160568 Agradecimientos: 0
    sspa
    Participante
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    diciembre 2006


    EN MEXICO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LA DEL SEGURO SOCIAL SE ESPECIFICA QUE EL CONTRATANTE ES COPATRON ES DECIR TU EMPRESA ES RESPONSABLE TAMBIEN POR LOS TRABAJADORES QUE SE SUBCONTRATEN POR UNA COMPAÑIA CONTRATADA POR TU EMPRESA, EN LOS CONTRATOS ES NECESARIO PONER CLAUSULAS DE SEGURIDAD DONDE SE INDIQUE LA RESCINCION DEL CONTRATO SI NO CUMPLE CON UN INDICE MINIMO DE SEGURIDAD, PUEDE SER EN BASE A ACCIDENTES, FRECUENCIA Y/O GRAVEDAD, TAMBIEN DEBES ESTIPULAR QUE ESTA OBLIGADO A NOTIFICARTE CUALQUIER ACCIDENTE, ES BUENO LLEVAR UNA BITACORA DE SERVICIO MEDICO DONDE FIRMEN EL RESP. DE SEGURIDAD DE TU EMPRESA Y EL DE LA CIA JUNTO CON SU MEDICO O PARAMEDICO, SI LA CIA NO CUMPLE LA PUEDES REPORTAR AL DEPARTAMENTO DE AUDTORIA DEL IMSS(EN MEXICO) ESPERO NO HABER AMPLIADO TUS DUDAS.

    #160569 Agradecimientos: 0
    Eopaz
    Participante
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    noviembre 2006


    Sin duda el empleador del trabajador es el responsable del pago de la seguridad social del trabajador. De hecho dicho trabajador se encuentra realizando el trabajo en dicha empresa por mandato de su empleador y el sitio donde se realizo el accidente es indiferente y no exime al empleador de su responsabilidad.

    #160570 Agradecimientos: 0
    mark30al
    Participante
    0
    julio 2006


    bueno, la(s) persona(s) que estan a cargo de supervision de linea, en este caso si la supervision esta a cargo de la empresa es la misma empresa quien tiene que reportar este accidente.
    pero es bueno si este accidente se esta por ocultar es necesario ser reportado por cualquier persona, recuerde que esto ayudara a no cometerse los mismos errores y por ende posteriores accidentes.

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