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  • #22293 Agradecimientos: 0
    prevsu
    Participante
    0
    enero 2005


    Hola!
    He leído la LPRL y me dice que el Comité adoptará sus propias normas de funcionamiento, entiendo que elige quién es el presidente, secretario… Existe algún RD o normativa que regule algo más acerca del Cómité.
    Saludos

    #194759 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    El Comité adopta sus propias normas, sólo que las mismas no pueden ir en contra de lo recogido en la LPRL. sobre todo en cuanto a los derechos y competencias del artículo 39 de la Ley. Sobre todo el Comité adoptará entre sus funciones las relativas a forma de elección de cargos del mismo ( órganos colegiados o unipersonales),creación de subcomités o subcomisiones para temas específicos, lugar de reunión, número de reuniones ordinarias o extraordinarias……

    #194760 Agradecimientos: 0
    ANABEL-28
    Participante
    0
    julio 2005


    En el EStatuto de los trabajadores y convenios colectivos puedes encontrar algo mas pero te sera insuficiente.
    Las del comite iran en función de lo que dice la citada ley 31/95 y el resto de normas o formas de actuar de este se eligen entre todos los .A medida que funcion el comite te iran surgiendo la necesidad de implantar nuevas normas (siempre de acuerdo a la ley).
    Saludos.

    #194761 Agradecimientos: 0
    pako86
    Participante
    0
    junio 2005


    Completamente de acuerdo con el compañero Jesus.
    Solo añadir que los cargos o responsabilidades son irrelevantes y carentes de poder o influencia.

    Ten en cuenta que al ser un comité paritario, (igual numero de representantes por ambas partes). Esto implica que en todos los temas que se planteén, o hay acuerdo al ciem por cien o no hay acuerdo, osea que todo debe de consensuarse.

    Un saludo

    #194762 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Cada CSS puede confeccionar sus propias Normas de funcionamiento, donde se exprese cómo elegir cada uno de los cargos, tales como presidente, secretario, y su duración, además de otros pormenores interesantes de incluir tal como puede ser el procedimiento para invitar a cualquier persona al mismo en calidad de técnico, asesor, especialista, sindicalista, étc.
    Poseer una Norma de éta índole, evita polémicas y discusiones banales entre los miembros del CSS. Es aconsejable dicha Norma.

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