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  • #16587 Agradecimientos: 0
    ludwig76
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    abril 2004


    Hola a todos, Os agradecería una respuesta concisa: Mi coordinador ss me pide certificado del montaje de una cimbras, el inspector de trabajo me pide un cartelito en las cimbras que diga que se hacen revisiones (no se de que, porque no se tocan hasta que se desmontan), el director de obra me pide un acta de instalacion inicial (ante mi negativa al coordinador), me podeis indicar, aparte del cálculo justificativo de la cimbra, y de un plan de montaje, que me pueden exigir legalmente?. No tengo intención de dar más de lo exigible. Se le ha dado formación a los oficiales que lo montan y epis reglamentarios. Un saludo.

    #163504 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Por partes. Si la obra es del Ministerio de Fomento te pueden pedir eso y bastante más que eso, ver Nota de Servicio 1/2006 (Carreteras) y Circular 3/2006 (Ferrocarriles).
    Más. Las Leyes y R.D. son de mínimos y si el Estudio de SyS, el Plan de SyS o Anexo redactado, o el Plan de Montaje, utilización y desmontaje son más restrictivos, ya sabes lo que te toca.
    ¿Qué te pueden pedir?
    Lógicamente si existe una nota de cálculo y un Plan de Montaje te pueden solicitar una declaración en la que se indique que la cimbra ha sido montada conforme a esa nota de cálculo y plan de montaje.
    Y según el R.D. 2177, tanto Inspección como la D.O. (incluido el Coordinador) te pueden exigir las revisiones periódicas, que lógicamente deben ser documentadas, se toque la cimbra o no se toque, pero ni es la primera ni la segunda cimbra que se desploma durante el hormigonado de la losa por asentamientos de los apoyos con anterioridad al inicio del hormigonado y especialmente en el inicio del mismo, cuando aparte de trabajar a compresión se le hace trabajar temporal y ligeramente a tracción.

    #163505 Agradecimientos: 0
    mvarilla
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    octubre 2005


    xirgu, con respecto a la Circular 3/2006 del Ministerio de Fomento, te agradecería datos relativo a publicación, pues he interesado al citado ministerio y me indican que no tienen constancia de la misma, e incluso en su web no aparece.
    Es para que tod@s podamos conocer la misma.

    #163506 Agradecimientos: 0
    Ignacio
    Participante
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    mayo 2002


    Dicha circular sólo afecta a la Dirección General de Ferrocarriles por lo que es normal que en el Ministerio de Fomento en general no sepan de ella.

    No se ha publicado y no sé si la llegarán a publicar. A mí me ha llegado vía Director de Obra mediante un oficio remitido a los coordinadores de seguridad y salud.

    #163507 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Todo esto ya se comentó en el foro no hace mucho y de hecho el webmaster del ergonomista.com tuvo a bien colgar la nota de servicio en su página web.
    Si quieres las dos, la de carreteras y la de ferrocarriles, envíame un correo al que figura en mi nick y te las remito gustosamente.

    #163508 Agradecimientos: 0
    mvarilla
    Participante
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    octubre 2005


    Gracias, esta mañana la he localizado a través, precisamente del Ministerio de fomento, pero al parecer no es una Circular, sino un concurso de asistencia (3/2006) para inspeccines, pruebas de carga y auscultacion en ptes. y estructuras.

    #163509 Agradecimientos: 0
    ludwig76
    Participante
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    abril 2004


    Muchas gracias por tu información, pero corrigeme en lo que me equivoque:
    1/ No sería para el ministerio de Fomento (Sería Aena, que en este caso actúa como promotor privado)
    2/ El Plan de Seguridad y anexos, no dicen nada de certificados de montaje, sólo riesgos detectados, normas de comportamiento, protecciones colectivas e individuales.
    3/ Cuando dices, lógicamente te pueden pedir declaración de que estoy montando lo que refleja el Plan de Montaje, me lo pueden pedir, pero no sé porque tengo que darlo, también encofro forjados, y nadie me pide declaraciones al respecto.
    4/Te remites al 2177, pero no sé en que punto existe la palabra cimbra. Una cimbra no es un andamio.
    Muchas gracias por vuestra colaboración.

    #163510 Agradecimientos: 0
    onicoforo
    Participante
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    octubre 2006


    La cimbra se puede considerar un equipo de trabajo,y por lo tanto le afecta el 1215, y al igual que los andamios,se debe certificar el montaje acorde al plan de montaje.

    Y joer, decir que una cimbra no se toca hasta que se desmonta es la leche. ¿ Acaso no se abren los paños en cada avanze?. Cada vez que se avanza de tiene que inspeccionar el montaje (como mínimo).

    Yo estoy cansado de pedir los certificados de montaje e inspección, y siempre por escrito. Si no me los dan y hay una desgracia … la culpa siempre será tuya por no certificar ese montaje, a pesar que te lo han pedido varias veces. Esto tenlo siempre presente.

    Yo como técnico quiero que alguien me certifique que es segura (hablamos segun montaje)y tu al no certificar estan dando indicios de que no lo es y por eso no certificas.

    #163511 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
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    87
    junio 2002


    Maestro

    Gran exposición Ludwig76, especialmente el punto 3 y 4, me recuerda en gran medida a las argumentaciones de las empresas especializadas en el montaje de cimbras, en concreto de una, para evitar la entrega de lo que a ti no te apetece entregar por que sí.
    Te contesto empezando por el punto 4.
    4.- No entrando con el RD 1215 que legisla y legisla mucho, en ningún sitio del RD 2177 habla de cimbras, pero sí de andamios y veamos que definición da a la palabra “andamio” la Real Academia de la Lengua:

    “1. m. Armazón de tablones o vigas puestos horizontalmente y sostenidos en pies derechos y puentes, o de otra manera, que sirve para colocarse encima de ella y trabajar en la construcción o reparación de edificios, pintar paredes o techos, subir o bajar estatuas u otras cosas, etc. U. t. en sent. fig.”

    Y ahora que nos dice de “cimbra”:

    “2. f. Constr. Armazón que sostiene el peso de un arco o de otra construcción, destinada a salvar un vano, en tanto no está en condiciones de sostenerse por sí misma.”

    Teniendo en cuenta que la cimbra se monta para cumplir con la segunda definición pero que “sirve para colocarse encima de ella, (encofrado, ferrallado, hormigonado, etc.) y trabajar en la construcción o …………”, a mi modesto entender también es un andamio, de hecho dependiendo de la altura y las cargas a soportar cada día más se emplean andamios multidireccionales para su construcción.

    3.- Totalmente de acuerdo contigo en lo del forjado, no lo digas muy alto porque seguro que mañana te lo empiezan a pedir, pero con una salvedad, si no figura en ningún sitio, yo como Dirección de Obra puedo tomar ese “declaro” o “certifica” como control de calidad, al igual que una prueba de carga de un puente (antes de su puesta en servicio) o el hormigón, estando incluido en el 1%/2% habitual y como buen “control de calidad” debe estar documentado, entregando una copia a la Dirección de Obra. Por cierto, las empresas especializadas en el montaje de andamios lo suelen cobrar a parte.

    – La inspección periódica está contemplada en el RD 2177.

    – El documento de marras no deja de ser “un maricón el último” o un intento de dejar el campo más despejado a su señoría en caso de que ocurra algo. Lo peor de todo es que estos mismos que se pirran por los papelitos son los que aprueban procedimientos de montaje de cimbras con arnés y doble mosquetón, cuando los fabricantes disponen de medios adecuados para evitar que los trabajadores anden emulando, durante el montaje de la cimbra, a nuestros ancestros los primates.

    Resumiendo: No pretendo que comulgues con ruedas de molino pero tampoco que luches cual quijote contra ellos, porque me temo que tienes la batalla perdida.
    Esto no es más que un foro en el que cada uno damos nuestra opinión y la defendemos los mejor que podemos o sabemos, tú tienes la tuya y yo la mía. ¿Quién tiene la última palabra? Lo tienes fácil, pregúntaselo a Inspección de Trabajo o a algún técnico del Instituto Autonómico de SyS antes de que alguien lo haga a través del Libro de Incidencias. Por si te sirve para algo, la respuesta yo ya me la sé, acabarás entregando el “declaro”, las revisiones/inspecciones periódicas, el carné del Atlético de Madrid e incluso el teléfono personal de Vicky “La Leona”.

    #163512 Agradecimientos: 0
    Mimato
    Participante
    0
    febrero 2004


    ..le doy la razón a Xirgu,

    . Simplemente puntualizar:
    – El andamio que se coloca para las cimbras, por su función, su montaje tiene que ser más riguroso y preciso, que un andamio convencional.
    – La composición del mismo es mucho más compleja y resistente, que un andamio de fachada!!!

    … Saludos!!

    #163513 Agradecimientos: 0
    fmg
    Participante
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    julio 2003


    Puedes exigir a la empresa que haya montado la cimbra un certificado en el que se refleje por parte de un técnico suyo que esa cimbra se ha revisado y está montada de acuerdo a lo especificado en el proyecto de montaje. A parte habrá que revisar el Plan de Seguridad por si se adecua al proceso de montaje o hay que complementarlo.

    #163514 Agradecimientos: 0
    Mimato
    Participante
    0
    febrero 2004


    … Saludos!

    #163515 Agradecimientos: 0
    ludwig76
    Participante
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    abril 2004


    .

    #163516 Agradecimientos: 0
    Mimato
    Participante
    0
    febrero 2004


    … Si el andamio es de ULMA, y lo han montado sus equipos, tienen obligación de emitir un Certficado de Montaje.

    .. Si no te lo dan, es que algo pasa: el material de montaje, la ubicación del mismo, la ejecución, los equipos, las personas que han intervenido en la contratación, tipo de certificado que se exige. Habría que conocer el caso.

    .. ULMA, en material y medios, será junto con LAYER, lo mejor en andamios de España.

    . . .LAYER, lo que es nivel mundial.

    .. Luego, también las empresas, las formas las personas!!!

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