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  • #21979 Agradecimientos: 0
    JMPR
    Participante
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    diciembre 2003


    Buenos días,
    escribo esta consulta referente a los sistemas de cierre de las puertas de las habitaciones de un hotel de Canarias. Paso a exponer al cuestión:

    Las puertas de las habitaciones de un hotel disponen de cerraduras electrónicas con lectores de banda magnética para tarjetas. Dichas cerraduras carecen de bloqueo desde el interior por lo que varios clientes han presentado hojas de reclamaciones aludiendo a que las puertes son fácilmente abribles desde el interior por niños y éstos han conseguido salir sin ser advertidos por sus padres, con el consiguiente problema de seguridad de los mismos.

    Las cuestiones son pues:

    ¿Se puede colocar algún dispositivo de bloqueo que impida la fácil apertura por parte de los niños desde el interior?

    ¿Existe alguna normativa específica referente a la posibilidad o no de colocar sistemas de bloqueo de las puertas?

    Es importante justificar legalmente la respuesta ya que hablamos de reclamaciones y posibles denuncias por parte de los clientes.

    Saludos y gracias,

    #193054 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Creo que existe en la CC.AA. de Canarias normativa de contra incendios para establecimientos de hostelería, y que regula este tema. Cuestión de consultar la misma al respecto.

    #193055 Agradecimientos: 0
    jefe552003
    Participante
    0
    julio 2005


    el problema es un poco complejo o los padres vigilan a sus hijos o tendras que cambiar las cerraduras, por seguridad y por logica las cerraduras de puertas en tu caso hotel no deben tener bloqueos de ninguna naturaleza, solo piensa en una salida imprevista por x circunstancia y el hospedante no logro abrir la cerradura por bloqueo, lo que puedes hacer es colocarle un pasador alto y unl etrero que les avise su responsabilidad para con sus hijos menores o pequeños.

    #193056 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    Lo logico es que si quitas la tarjeta la puerta se cierra cuando estas dentro y si la metes se abre. asi deberia ser. Viendolo un poco radical, en mi casa la puerta tambien se abre la puerta desde dentro si no la cierro con llave… joer es q si yo tuviera un crio pequeño en un hotel, en edad de andar y tocar los hue.. :-), no le dejo solo este la puerta abierta o cerrada me da =. No creo q no prosperara ninguna denuncia en ese aspecto. otra cosa seria q no se pudiera dejar abierta desde dentro, ahi si que podrias tener problemas a la hora de una evacuacion.

    #193057 Agradecimientos: 0
    Elena-Madrid
    Participante
    0
    agosto 2005


    ¿Podría haber una cerradura simple, de cadena, por dentro? O ¿La llave-tarjeta?
    De todas formas, si llega el niño a la cerradura, podría abrir la puerta igualmente, sea en un hotal o en un domicilio…

    Como comentáis, el problema está en caso de incendio o similar.

    #193058 Agradecimientos: 0
    JTCP
    Participante
    0
    febrero 2006


    Estimado,

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    #193059 Agradecimientos: 0
    Gesboda
    Participante
    0
    enero 2006


    Contestata a tú pregunta haciendo éste analisis: ¿En caso de incendio y si la puerta tiene pasador por el lado de la habitación cómo entra los equipos contra-incendios?. Tiene razón Berbo, son los Decretos 305/1996 y 39/1997 (digo decreto y no real decreto) ya que son establecidos por la Comunidad Autonoma de Canarias.Tengo realizado el curso de Prevención, Protección, Extinción y Evacuación en caso de incendio de un establecimiento hotelero y fué muy interesante y emocionante participar.
    Saludos

    #193060 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Los requisitos que deben reunir las puertas de las habitaciones hoteleras (en Canarias) vienen recojidos en el Decreto 132/1990 de 29 de junio sobre medidas de seguridad y protección contra incendios en establecimientos turísticos hoteleros
    BOCAC del 30/07/1990.

    Las puertas de las habitaciones deberán ser como mínimo RF-30, abrirán hacia afuera y dispondrán de dispositivos de seguridad que permitan una apertura fácil desde el interior. Asimismo se les exige estar dotadas de mecanismo automático de cierre.

    El problema, como te ha apuntado algún compañero, no es la salida o evacuación sino el caso de que el cliete quede dentro y deben penetrar los equipos de emergencia. En todos los hoteles no solo los equipos de emergencia sino el personal del hotel puede entrar en las habitaciones de los clientes. Por ello de instalar un sistema de cierre interno este debe tener conexión exterior de manera que permita su apertura desde fuera en caso de emergencia.

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