Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 23)
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    Nikl78
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    abril 2004


    Se necesitan tecnicos con el ciclo superior en prevención hecho o que vayan a hacer practicas para trabajar en un servicio de prevención ajeno en Ferrol ( La Coruña).
    Interesados mandar email a:
    Gracias

    #192385 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Buenooooo….

    Preparaos bien chicos….recién titulados, con FP, en un SPA….buf….os espera una buena….

    Si explotan y tiranizan a universitarios con máster y pagan una miseria….creo para vosotros pinta en bastos…..

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #192386 Agradecimientos: 0
    Nikl78
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    abril 2004


    Estoy deacuerdo contigo

    #192387 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
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    octubre 2001


    Sigo sin entender por qué no se les exige a los profesores de FP, al menos, algo de foramción en prevención de riesgos laborales???

    #192388 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Buf, que empiecen por exigir seriedad en el mundo educativo en general, luego en el profesional, luego en el social y cuando acaben, que empiecen con la PRL, con el monopolio-estafa de los SPA y con la jeta de las escuelas del máster del universo.

    Y cuando acaben con eso, que hagan de una vez carrera universitaria la PRL o que al menos la regulen mejor de como está.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #192389 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
    Participante
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    0
    octubre 2005

    Iniciado

    ¿ y quién te dice que no se les pida?

    #192390 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
    Participante
    0
    octubre 2001


    MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
    CULTURA Y DEPORTE
    REAL DECRETO 1161/2001, de 26 de octubre,
    por el que se establece el título de Técnico
    superior en Prevención de Riesgos Profesionales
    y las correspondientes enseñanzasmínimas. BOE 279 del 21-11-2001

    pagina 42.545 ANEXO I: PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA: Especialdiad del prefesorado: Organización y proyectos de fabricación mecanica. Organización y proyextos de sitemas energeticos: modulo de riesgos derivados de las condiciones de seguridad.
    Especialidad del profesorado: Análisis y quimica Industrial. Procesos y diagnósticos clínicos y producttos ortoprotésicos: Modlo profesional: Riesgos físicos ambientales. Riesgos químicos y biologicos ambientales.
    Especialidad profesorado: Formación y orientacion laboral (FOL): Gestion de la prevención. Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo. Relaciones en el entorno laboral. Formación y orientacion laboral.
    5. Profesorado páginas 42.570-42571:
    Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de prevención de riesgos profesionales:

    1. modulo: Gestión de la prevención. Profesorado: Formación y Orientación Laboral. Cuerpo: Profesor de Enseñanza Secundaria.
    2. modulo: Riesgos derivados de las condiciones de seguridad. Profesorado: Organización y proyectos de fabricación mecánica. Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos. Cuerpo Profesor de Enseñanza Secundaria.
    3. Coludo: Riesgos físicos ambientales. Profesorado: Análisis y Química Industrial.
    Procesos diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos. Cuerpo: Profesor de Enseñanza Secundaria.
    4. Módulo: Riesgos químicos y biológicos ambientales. Profesorado: Análisis y Química Industrial. Cuerpo: Procesos diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos. Profesor de Enseñanza Secundaria.
    5. Módulo: Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de
    trabajo. Profesorado: Formación y Orientación Laboral. Cuerpo: Profesor de Enseñanza
    Secundaria.
    6. Módulo: Emergencias. Para la impartición de este módulo profesional es necesario un Profesor especialista de los previstos en el artículo 33.2 de la LOGSE.
    7. Módulo: Relaciones en el entorno de trabajo. Profesorado: Formación y Orientación Laboral. Cuerpo: Profesor de Enseñanza Secundaria.
    8. Módulo: Formación y Orientación Laboral. Profesorado: Formación y Orientación Laboral. Cuerpo: Profesor de Enseñanza
    Secundaria.

    #192391 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
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    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Tu equivocación quizás provenga del desconocimiento, aunque me extraña dirigiendo una escuela, bien deberías saber que, y ya te lo he comentado en otras ocasiones, que si quieres que alguien tome una muestra correctamente lo mejor es que un profesor ” profesional” de análisis y química industrial te explique el proceso o ¿ piensas que un graduado social o un licenciado en derecho con su curso de higiene industrial es más apto?.
    A propósito me imagino que ya conoces el tema de que una cuestión es el nombre de la especialidad y otra cuestión distintas es los requisitos que te exigen, particularmente, en cuanto al temario; te pongo un ejemplo obvio: bajo tu punto de vista los técnicos del INSHT debe ser desarrollada por profesionales, es decir, que cualquier entidad de tres al cuarto le haga un curso de 600 horas y que los habiliten… o bien el proceso actual que les pidan un temario y que se examinen y que se lo preparen como quieran; ninguna de las dos son buenas opciones pero me quedo con la segunda.
    Ah…. te tengo que señalar que soy profesor de formación y orientación laboral y ahí te dejo el temario de prevención que me exigieron
    Tema 57. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos. Normativa española y comunitaria. Otras disposiciones.
    Tema 58. Análisis de los factores de riesgo laboral: Físicos, químicos, biológicos y organizativos. Su incidencia en la salud.
    Tema 59. El accidente de trabajo. El origen de los accidentes y la teoría de la causalidad. Costes de la siniestralidad laboral.
    Tema 60. La enfermedad profesional: Concepto legal y su problemática. Clasificación. Principales enfermedades profesionales.
    Tema 61. Medidas de prevención y de protección de los riesgos laborales: concepto, clases. Elaboración del mapa de riesgos.
    Tema 62. Etapas de la acción preventiva. Inspecciones de seguridad: Metodología. Fases y tipología de la investigación de accidentes. Control estadístico de accidentes.
    Tema 63. Condiciones generales de los centros de trabajo. Señalización. El plan de emergencia.
    Tema 64. El factor humano y su relación con la prevención laboral. Actuaciones preventivas en selección de personal. La formación de los trabajadores. Los equipos de protección individual y colectiva.
    Tema 65. Organización de la prevención. Los servicios de prevención. Derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios en materia preventiva. Responsabilidades legales.
    Tema 66. Protección frente a las máquinas. El riesgo eléctrico: Conceptos básicos y medidas de protección. El fuego: Sistemas de detección y extinción en función de la naturaleza del fuego. Normativa legal en esta materia.
    Tema 67. Salud laboral y nuevas tecnologías. Principales riesgos que derivan de las mismas. Nuevas patologías emergentes. Medidas de prevención y protección ante las nuevas tecnologías.
    Tema 68. Salud laboral y calidad de vida. Elementos que determinan el grado de satisfacción laboral. Medio ambiente y trabajo. La protección medioambiental.
    Tema 69. Primeros auxilios: Principios generales en la aplicación. Prioridades de actuación. El botiquín en las empresas. Quemaduras. Hemorragias. Fracturas. La reanimación cardio-respiratoria. Transporte de accidentados.

    #192392 Agradecimientos: 0
    DUNCAN
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    abril 2003


    A los profesores de FP no se les exige formación en PRL, como dicen muchos, simplemente por el hecho que se supone que ya se han reciclado para impartir esa especialidad y, si són funcionarios, el sistema no es fácil de cambiar. Un saludo

    #192393 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
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    octubre 2005

    Iniciado

    Vamos a ver si aclaramos:
    A ningún funcionario les piden formación específica, es decir , ni al profesor, ni al auxiliar, no al administrativo…. simplemente les piden una titulación base sea profesional o general. Lo mismo a nosotros, profesores de FP; pero como ya le conteste a Manuel ello no impide que casi todas las especialidades tengan dentro del temario oficial más o menos temas de prevención de riesgos. Por mi parte ya he comentado que tuve que pasar una oposición, práctica y teórica, con 69 temas de los que 13 eran específicamente de riesgos laborales (TODO).
    y como he comentado en otro lugar tampoco a los técnicos del INSHT les piden que sean técnicos de nivel superior.
    El puñetero curso dichoso,en numerosas ocasiones no es más que un papel que hay que pagar pero que después los buenos técnicos se tienen que rodar… en definitiva ¿cuántos centros hay en España que imparten el nivel superior? ¿ quién vela por la calidad de la formación y los aprendizajes adquiridos?

    #192394 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
    Participante
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    octubre 2001


    Yo lamento haber iniciado este, para mi desagradable tema.

    No pretendía ni mecerme con los funcionarios y, mucho meneos con los profesores (mi mujer es profesora de secundaria) ni con la forma de acceder a su plaza.

    Lo que yo, talvez descuidando las formas y el fondo, lo que pretendía decir es que para dar formación para el nivel intermedio se precisaba tener una formación profesional de 3 años dentro de la especialidad correspondiente. Los profesores de secundaria (no todos son funcionarios, hay muchos interinos que no han pasado oposición alguna -en Canarias cerca del 50%- y sin que quiera reprocharles nata). Conozco a muchos profesores de FOL: graduados sociales, diplomados en empresariales, economistas, licenciados en derecho y hasta ingenieros industriales. Me invitan, a menudo a dar charlas en distintos institutos y hablamos de todo y me dicen, nunca hemos hecho una evaluación de riesgos real, para ponerla en marcha, no tenemos que defenderla ante inspección de trabajo y, si nos equivocamos, no tenemos responsabilidad alguna.
    Hay, creo, otra cosa que no les permite progresar, profesionalmente, y es que, al contrario de los profesores universitarios que les permiten compatibilizar la docencia con el ejercicio de la profesión que imparte, como parte fundamental de la formación del enseñante, a los profesores de secundaria, increíblemente, no se lo permite.
    Por otro lado, tal vez me equivoque, FOL es una asignatura extensa y una más dentro de programas extensos de todas las especialidades de FP (nomina, seguridad social, derecho del trabajo, prevención de riesgos laborales…) y entiendo que para el mayor prestigio de FP tanto de prevención como de cualquier otra profesión, ha de tener profesores profesionales de la materia que imparten.
    Elevándolo al ridículo: se imaginan que dentro de medicina, que dé cirugía cardiovascular un profesor que no practica, ni tan siquiera, la cirugía; o en ingeniería de minas que no hubiera un ingeniero de minas impartiendo, al menos la asignatura de ingeniería de minas…
    Lamento que no se haya creado una especialidad nueva con un programa específico y, que no se les permita compatibilizar la formación con la profesión.
    Un saludo, y mi respeto para todos los profesores, incluidos los de FOL que dedican tanto tiempo y esfuerzo en sacar adelante e ilusionar a sus alumno.
    Y, como siempre, la culpa es del gobierno, sea cual sea.

    Saludo para todos

    #192395 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Tampoco pretendo criticar sino las cosas en su debida justicia:
    ¿Quién ha hecho una evaluación de riesgos real? un técnico de un servicio de prevención de riesgos
    ¿Por ello es el más indicado para enseñarla? Si, si la enseñanza consistiera en una mera transmisión de saberes.
    Pero cómo puedes comprender la enseñanza es otra cuestión distinta, exige otra serie de técnicas relacionadas con la didáctica.
    Soy profesor de FOL y puedo asegurarte que impartimos cuestiones relacionadas con la empresa, entre ellas la prevención, pero cuidado:
    ¿Qué diferencia hay entre un licenciado en derecho con un curso de 600 horas en prevención y otro que no lo tenga? pues que uno puede ejercer la profesión de técnico en prevención y otro no; ¿hay diferencias formativas? tal y como están concebidos los cursos no: basta con que alguien te firme la asistencia, con encontrar en el foro alguien que gratuita o mediante pago te proporcione un trabajo, con copiar un poco en el exámen… y ya está.

    #192396 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
    0
    agosto 2001


    Sin animo de levantar mas polvareda sobre el tema, mi pregunta al respecto es la siguiente: ¿ si con esta nueva titulación de “FP” se sustituye al anterior titulo de técnico intermedio PRL y los que debían impartir esta formación tenían que ser técnicos superiores, por que ahora se rebaja la formación específica que deben tener los formadores si lo que se pretende es aumentar el nivel de la formación?.
    Un saludo.

    #192397 Agradecimientos: 0
    Jesús G. Amillo
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Es que ese es el problema: en la Orden de desarrollo del RD 39/1997 en ningún caso se antepone que deban ser técnicos superiores sino expertos con una experiencia de 3 a 5 años.
    En segundo lugar: cuando aparezca la titulación universitaria ¿ qué se va a exigir a los profesores que sean técnicos superiores con un cursillo o expertos en la materia contrastados?
    Es de lógica: no nos pongamos totntos el curso superior de prevención tiene las limitaciones que tiene:
    – Si quieres aprender higiene industrial: ponte en manos de un químico.
    – Si quieres aprencer psicosociología: ponte en manos de un psicólogo.
    En definitiva: no confundamos el ejercicio profesional con el aprendizaje del mismo.

    #192398 Agradecimientos: 0
    calahan
    Participante
    0
    julio 2005


    Me encanta que discutáis sobre temas, más aún si los debatís con argumentos transcritos de leyes pero… la proposición de Ignacio era una oferta de trabajo… porque hemos cambiado de tema?? y por cierto Ignacio, ¿como puedes hacer una oferta de trabajo y luego dar la razón a alguien que nos dice que el trabajo va a ser una explotación? No dudo que muchos trabajo lo sean y no por ello hay que quejarse pero hombre, que no sea la misma persona la que busque y avise de la explotación, y si realmente eres consciente de ésta………….., no se, a mi me deja bastante que desear.
    Saludos a todos.

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