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  • #17930 Agradecimientos: 0
    TIFANI
    Participante
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    marzo 2006


    Es obligatorio el cinturon de seguridad en carretillas elevadoras? dónde se especifica concretamente?
    Gracias

    #170479 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Ëchale un vistazo a las NTP nº 713, 714 y 715, de la www. insht.

    #170480 Agradecimientos: 0
    carlver
    Participante
    0
    mayo 2004


    Si es obligatorio, ya que ha habido
    accidentes en los qe el travajador ha salido despido de la maquina por no llevar el cinturon de seguridad.

    #170481 Agradecimientos: 0
    Antonio Sola0
    Participante
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    marzo 2002


    Obligatorio no es que sea (lo indicado en las NTP comentadas por Berbo es recomendable, pero no obligatotio). Sin embargo, si analizas lo dispuesto en el apartado e) del punto 2.1 del Anexo I del R.D. 1215/1997 (Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo móviles, ya sean automotores o no), verás que dentro de las opciones a elegir para limitar los riesgos derivados de un posible vuelco de la carretilla la elección del cinturón es técnica y economicamente una de las más viables.
    Te transcribo a continuación lo dispuesto en el citado R.Decreto:

    “Las carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios trabajadores deberán estar acondicionadas o equipadas para limitar los riesgos de vuelco mediante medidas tales como las siguientes:

    1. La instalación de una cabina para el conductor.

    2. Una estructura que impida que la carretilla elevadora vuelque.

    3. Una estructura que garantice que, en caso de vuelco de la carretilla elevadora, quede espacio suficiente para el trabajador o los trabajadores transportados entre el suelo y determinadas partes de dicha carretilla.

    4. Una estructura que mantenga al trabajador o trabajadores sobre el asiento de conducción e impida que puedan quedar atrapados por partes de la carretilla volcada.”

    Salud

    #170482 Agradecimientos: 0
    baguena
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Hay una NTP del gabinete que asi lo recomienda
    Y a las carretillas las venden con cinturon

    #170483 Agradecimientos: 0
    ALDACA
    Participante
    0
    marzo 2003


    TIFANI:
    Te comento que te estoy respondiendo de argentina y que la legislación vigente en la materia en este país no lo establece como obligatorio.
    Asimismo te comento que es conveniente y necesario que lo evalúes desde el punto de vista de los riesgos a los que se exponen los trabajadores estableciendo cuales son las medidas mas adecuadas para su eliminación o minimización y por lo te darás cuenta que la incorporación de ese elemento de seguridad se hace necesario e imprescindible para la preservación de la vida ante el riesgo de vuelco, choque o caída.
    saludos

    #170484 Agradecimientos: 0
    LAYER
    Participante
    0
    diciembre 2005


    Sí, es obligatorio el cinturón de seguridad, todos los requisitos de una carretilla elevadora, normas de uso y mantenimiento se especifican en las NTP 713,714 y 715.

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