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    Buendias
    Participante
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    noviembre 2006


    En una obra, la misma empresa encargada de montar las estructuras metálicas ( hablamos de cerchas de más de 20 mts ) deben de utilizar sus propios medios auxiliares. Pues bien, han aparecido con un camión, el cual tiene una grúa ( dicha reforma viene autorizada en la tarjeta de inspección) y en lo relativo a la carga máxima que soporta la grúa tampoco habría problema. Mi duda es la siguiente: Este camión con la grúa que se dedica exclusivamente al montaje de las cerchas, que trae otro camión, cómo lo consideramos, como grúa autoportate o grúa movil?. El problema es que el conductor, que esta todo el día solo manejando la grúa, dice que para ese tipo de gruas no es necesario ningun tipo de carnet, y en la documentación que esta en mi poder, sólo me indica que es un camion al cual se le ha añadido la grúa pero no se especifica en ningún sitio las funciones de esa grua. Gracias

    #77954 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    En el REAL DECRETO 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas, las define como el aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción propios o que formen parte de un conjunto con dichos medios que posibilitan su desplazamiento por vías públicas o terrenos.

    Yo creo que esto se aplica también a un camión al que le han colocado una pluma.

    Por lo tanto han de cumplir con los requisitos documentales y de inspección, asi como el operario ha de tener la acreditación para el manejo de dicho equipo.

    #77953 Agradecimientos: 0
    A. VECINO
    Participante
    0
    junio 2007


    REAL DECRETO 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. BOE núm. 170 de 17 de julio.

    Artículo único. Aprobación de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4».

    Se aprueba el nuevo texto revisado y modificado de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

    Instrucción Técnica Complementaria (ITC) «MIE-AEM-4», referente a grúas móviles autopropulsadas

    1. Ámbito de aplicación
    Esta ITC se aplica a todas las grúas móviles autopropulsadas que obedezcan a la definición del apartado 2. A. 1.
    No obstante lo anterior, las disposiciones de esta ITC referentes a las normas de seguridad referidas al diseño no serán de aplicación a las grúas móviles autopropulsadas que hayan sido comercializadas de acuerdo con las disposiciones del Real Decreto 1435/1992, sobre Máquinas.
    Esta ITC no será de aplicación a las grúas pórticos que se desplacen sobre neumáticos o sobre carriles, ni a las grúas autocargantes.
    2. Definiciones
    A efectos de esta ITC, se entiende por:
    A. Definiciones generales.

    1.Grúa móvil autopropulsada: aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción propios o que formen parte de un conjunto con dichos medios que posibilitan su desplazamiento por vías públicas o terrenos.

    2.Grúa autocargante: aparato de elevación de funcionamiento discontinuo instalado sobre vehículos aptos para transportar materiales y que se utilizan exclusivamente para su carga y descarga.

    INTERPRETACION PERSONAL: Al ser utilizado el camión grúa para fines distintos a la autocarga y autodescarga pasa a considerarse como grúa móvil autopropulsada dejando de entenderse como grúa autocargante.
    Por tanto, utilizando el camión pluma para fines distintos a la autocarga y autodescarga sí estamos dentro del ámbito de aplicación de este R.D. y sí es exigible el carnet de operador de grúa móvil autopropulsada.

    #77952 Agradecimientos: 0
    Previneitor Pre
    Participante
    10
    14
    agosto 2007

    Iniciado

    ¿pero qué dices Alberto?!!!!!!! No se puede usar un equipo de trabajo para una función distinta para la que ha sido concebido. Con la autopropulsada puedes llevar materiales de un lado a otro de la obra, pero con la autocargante, NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO, es sólo para cargar y descargar el camión, así que en este caso, ni carnet ni leches. NO SE PUEDE.

    #77949 Agradecimientos: 0
    Produccion vs. Prevención
    Participante
    2
    abril 2008


    UaAAAAAA!!!!!!!
    Previneitor
    Relax por favor

    #77950 Agradecimientos: 0
    Produccion vs. Prevención
    Participante
    2
    abril 2008


    Por cierto hay empresas de grúas que ofrecen camiones grúas habilitados con las mismas funciones que las Grúa móvil autopropulsada, y con conductor-gruísta acreditado.
    Por ejemplo, en Andalucía, Eurogrúas.

    #77951 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Cierto, pero como dice el compañero Producción vs. Prevención, en el mercado existen camiones con pluma grúa que según las instrucciones del fabricante se pueden utilizar para dichos fines, además de los de carga y descarga, con lo cual estaríamos hablando de grúas autopropulasadas debiendo cumplir dichos equipos y operadores lo indicado para las mismas en la ITC correspondiente del Reglamento de Aparatos Elevadores.

    #77948 Agradecimientos: 0
    Redal
    Participante
    1
    noviembre 2008


    La grúa de un camión puede realizar todos los esfuerzos que el fabriante autoriza en su diagrama de cargas.
    La normativa para las grúas autopropulsadas es para
    las grùas autopropulsadas, el camión con grúa es otra cosa.
    Las grúas en los camiones, pueden realizar la carga y descarga, pero muchas más labores como es obvio.
    ¿En que normativa,norma o ley dice que las actuales grúas en los camiones son grúas de autocarga?

    #77942 Agradecimientos: 0
    Redal
    Participante
    1
    noviembre 2008


    Ampliación de mi respuesta anterior:
    Si la grúa es del tipo hidráulica articulada replegable, no le es de aplicación la ITC 4.
    Pero si el tipo de grúa es de las que vienen en las ilustraciones de la ITC 4,estarán sujetas a la
    ITC 4.
    Creo que se entiende lo que es grúa y lo que es una autopropulsada de un camión con grúa ( repito ver ITC-4).
    Es mi opinión, un saludo

    #77943 Agradecimientos: 0
    Redal
    Participante
    1
    noviembre 2008


    (Perdón por el texto anterior tenía errores) Ampliación de mi respuesta anterior:
    Si la grúa es del tipo hidráulica articulada replegable, no le es de aplicación la ITC 4.
    Pero si el tipo de grúa es de las que vienen en las ilustraciones de la ITC 4,estarán sujetas a la
    ITC 4.
    Creo que se entiende lo que es grúa y lo que es una grùa autopropulsada de lo que es un camión con grúa ( repito ver ITC-4).
    Es mi opinión, un saludo

    #77944 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    REAL DECRETO 837/2003, de 27 de junio,
    por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

    1. Ámbito de aplicación

    Esta ITC se aplica a todas las grúas móviles autopropulsadas que obedezcan a la definición del apartado 2.A.1.

    2. Definiciones

    A efectos de esta ITC, se entiende por:

    A. Definiciones generales.

    1. Grúa móvil autopropulsada: aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción propios o que formen parte de un conjunto con dichos medios que posibilitan su desplazamiento por vías públicas o terrenos.

    2. Grúa autocargante: aparato de elevación de funcionamiento discontinuo instalado sobre vehículos aptos para transportar materiales y que se utilizan exclusivamente para su carga y descarga.

    O lo que es lo mismo, TODA grúa que no sea autocargante ES una grúa autopropulsada, con lo cual LE ES de aplicación este RD.

    #77945 Agradecimientos: 0
    Redal
    Participante
    1
    noviembre 2008


    Las grúas hidráulicas articulada, que se montan en los camiones de carga no son ” exclusivamente para carga y descarga” por lo cual se sale de la norma señalada.
    Si alguien tiene alguna duda debe preguntar al Ministerio, o a un fabricante de grúas de primera línea en ventas.
    Hay otra evidencia ningún camión con grúa hidráulica articulada replegable en España, y hay miles y miles, aplica la normativa ITC 4.
    Hay una gran dicusión con este asunto,pero no tengo ninguna duda que es así.
    Repito, preguntar a los fabricantes o al Ministerio.

    Un cordial saludo.

    #77946 Agradecimientos: 0
    javirohi
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    0
    noviembre 2008


    Primero que nada el camion grua debe tener una certificacion por parte del fabricante si un caso es un camion que se armo se debe especificar detalles tecnicos los cuales los dice el los documentos de indentidad del vehiculo.en la inscripcion de este si no tien estos papeles no puede por ningun motivo autorizar el trabajo,el otro punto es que el conductordebe tener licencia para el uso del camion grua y saber operarlo y asubes tener sus cursos al dia sobre el camion grua autoportable.si no cumple con estos requisitos minimos no autorizar la maniobra .todos los conductores de camion grua debe tener su documentacion al dia y por lo que tengo entendido el camion o equipo no debe ser hechizo o improvisado.

    #77947 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    No tengo ninguna duda de que Las grúas hidráulicas articulada, que se montan en los camiones de carga no son ” exclusivamente para carga y descarga, pero eso NO implica que se salgan de la norma, es mas, lo que implica ES QUE LES ES DE APLICACION LA NORMA (se saldrían de la aplicación de la norma si fuesen exclusivamente para carga y descarga, pero al no serlo les es de aplicación).

    Respecto a preguntar al Ministerio pues de acuerdo, pero particularmente todabía no conozco una respuesta POR ESCRITO por parte del mismo que respalde lo que tú dices. Si la tienes te agradecería me la facilitases.

    Al fabricante, pues que quieres que te diga, salvando las distancias, NO conozco a ningún presidiario que reconozca su culpabilidad.

    Que en España la mayor parte (por no decir todas)de las grúas de ese tipo no cumpla con la ITC, no quiere decir que no les sea de aplicación, volviendo a salvar las distancias, en España también se trafica con droga y eso no quiere decir que sea legal.

    #77941 Agradecimientos: 0
    Redal
    Participante
    1
    noviembre 2008


    La existenciade la norma “NO VINCULANTE” UNE EN 12999:2002, sobre grúas cargadoras, como norma armonizada en el marco de aplicación de la Directiva 98/37/CE sobre máquinas, cuyo cumplimiento en su fabricación da conformidad a los requisitos esenciales de seguridad establecidos en la Dirctiva Máquinas.
    Si no hay nada mejor, cumpliendo esta norma UNE las grúas hidráulicas articuladas de los camiones grúa pueden trabajar según su gráfico de cargas.
    A los traficantes que les pillan les detienen y les llevan al juez, y si procede les sancionan.
    A las grúas que tratamos a ninguna, que yo sepa, han sancionado.
    Ahora si, peleas con este tema muchas.Sanciones ni
    una de organismos oficiales.
    He indicado el camino a seguir.
    Como es conocido, existe la ley de protección de datos.
    El problema real que se presenta es que para levantar una cercha, se puede hacer con una grúa de camión que cumpla la Directiva de Máquinas, o con una grúa autopropulsada.

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