Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
  • Autor
    Entradas
  • #5395 Agradecimientos: 0
    josusu
    Participante
    0
    febrero 2004


    Me gustaria saber si puedo justificar de alguna forma que no se les compre calzado a las camareras de piso y sin tener ningun problema.

    Gracias.

    #105686 Agradecimientos: 0
    guzman el bueno
    Participante
    0
    febrero 2007


    si esta considerado ropa de trabajo, solo puedes proponer “modelos”

    #105687 Agradecimientos: 0
    Javimatic
    Participante
    0
    mayo 2003


    Mira en la evaluación de riesgos del puesto.
    Si no se requiere ningún calzado especial como medida de prevención ante algún riesgo específico, no tienes por qué entregar calzado.
    Si es obligatorio el uso de un tipo de calzado con funciones de EPI, estás obligado a proporcionarlo.

    #105688 Agradecimientos: 0
    Lestsha
    Participante
    0
    octubre 2005


    Estas obligado a comprarles calzado, siempre y cuando sean de seguridad. Lo único que puedes hacer, es escoger dos o tres modelos (los mas feos) y darselos a escoger, por lo menos te aseguras que solo los llebaran para trabajar.

    Un saludo.

    #105689 Agradecimientos: 0
    pichon 1
    Participante
    1
    0
    enero 2008

    Iniciado

    En todas las legislaciones en español dicen que es obligatorio el uso de calzado de seguridad, es obligatorio que si el patron compra zapatos para sus trabajadores estos tienen laobligacion de usarlos, en la s normas oficialesmexicanas asi lo indica y en españa los decretos reales tambien loindican, el no usar los zapatos es causal de recision decontrato es decir la no obediencia de usar los zapatos es cuestion de despido

    #105690 Agradecimientos: 0
    josusu
    Participante
    0
    febrero 2004


    gracias x todas las respuestas!!!

    #105691 Agradecimientos: 0
    javiteleviso
    Participante
    0
    julio 2006


    Yo primero miraría su convenio particular, pues si deben llevar uniforme, creo lógico que una prenda mas de su uniforme serian los zapatos.
    De si deben ser con unas u otras caacteristicas, antideslizantes, de seguridad, etc. es ya labor del Tecnico de Prevención.

    #105692 Agradecimientos: 0
    fjmonasterio
    Participante
    0
    marzo 2008


    Tu pregunta tiene marcada la dirección del NO…
    Tecnicamente: si en tu evaluación de riesgos ha salido que el calzado es necesario, pues si tienes que comprarlo; en caso contrario, pues no.
    De todas formas el beneficio o perdida de tu empresa no va a depender de esto, pero puede que el clima laboral,en parte,si.

    #105693 Agradecimientos: 0
    Chemav
    Participante
    0
    noviembre 2007


    Siempre y cuando no esté aconsejado en la evaluación de riesgos el uso de zapatos de seguridad, la única manera de ver si les tienes o no calzado como ropa de trabajo es consultando tu convenio.

Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
  • El debate ‘ Calzado en camareras de piso’ está cerrado y no admite más respuestas.