Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #19699 Agradecimientos: 0
    Hal 01
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    mayo 2003


    Estimados Prevencionistas.

    Cómo clasificaríais Una habitación para un caldera y un depósito de gasoil de 1000l según el REBT?

    El comercial me dice que no se considera local con riesgo de incendio o explosión. pero no me fío.

    ¿Que otra normativa me puede afectar?

    #180515 Agradecimientos: 0
    Pacosanta
    Participante
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    enero 2005


    La clasificación del local no la da el REBT, sino el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, en concreto la ITC-MI-IP 03 en su capítulo III punto 13.2.1 indica que para productos de clase C (gasóleo) almacenados en locales interiores estos serán clasificados como de riesgo medio.
    Es conveniente levantar planos con las descripciones de las zonas según norma UNE-EN 600079 – 10, pues puede haber espacios donde sea recomendable el uso de equipos Ex.

    #180516 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Corroboro la respuesta anterior.

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