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  • #18563 Agradecimientos: 0
    irencar
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    junio 2001


    Mi duda es acerca de la vigilancia de la salud de los trabajadores del mar. El RD 39/97 en su disposición adicional sexta establece que los reconocimientos médicos los debe realizar el Instituto Social de la Marina y te remite al RD 1414/81 (el cual sigue en vigor). El RD 258/99 sólo habla de los botiquines, asistencia médica a distancia, etc…

    Y mi pregunta es, deben tener los buques de pesca un concierto de vigilancia de la salud o esta competencia la tiene exclusivamente el Instituto Social de la Marina?

    #174143 Agradecimientos: 0
    mantonia
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    marzo 2005


    Aunque se pasen los reconocimientos médicos por el ISM, tiene que tener contratada la disciplina de Vigilancia de la Salud.

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