Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 15)
  • Autor
    Entradas
  • #293 Agradecimientos: 0
    MARIA.MM
    Participante
    16
    mayo 2007


    Hola a todos, a ver si podeis ayudarme:

    En una empresa de ferralla utilizan un balancín de carga y descarga de madejas (tipo grúa) no homologado, me da miedo que se rompa y provoque un accidente ¿Debe estar homologado para poder utilizarse? No se como indicarlo en la evaluación de riesgos. Hay algo en la legislación sobre ello?

    Gracias

    #75389 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    ¿Que quieres decir con no homologado? Porque eso suele significar que no se ha fabricado de acuerdo con unas normas tipo UNE o similar.
    Ahora bien, si dices que no dispone de marcado CE, esto puede ocurrir que dicho equipo ha sido fabricado y puesto en el mercado antes de la aprobación de RD 1435/92 y de su entrada en vigor. Por cierto, que este RD va a ser susutituido por uno nuevo a finales de 2009.ç
    Ahora bien, lo que nunca debes tener es un equipo no adecuado al RD 1215/92 sobre equipos de trabajo.

    #75388 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Perdón, quería decir RD 1215/97 sobre disposiciones mínimas de los equipos de trabajo.

    Puedes encontrar documentación sobre el tema en el siguiente enlace:

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #75386 Agradecimientos: 0
    MARIA.MM
    Participante
    16
    mayo 2007


    Con no homologado me refiero a que se ha hecho en el propio taller por ellos mismos.

    #75387 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Independientemente de que deba estar marcado CE, etc, etc., no tengas tanto miedo.
    El hecho de que el balancín esté fabricado en el taller de la empresa lo que hace es no darte garantía legal y normalizada sobre su capacidad, pero normalmente también es cierto que en estos casos las soldaduras, la perfilería y demás se pone bastante a mayores por si acaso.
    Quiero decir que en cualquier medianamente decente saben que un perfil determinado aguanta tanto, y un cordón puesto de tal forma también aguanta tanto.
    Por eso te digo que no tengasn tanto miedo.

    #75385 Agradecimientos: 0
    nandoplaza
    Participante
    0
    agosto 2008


    Hola!

    Como bien te dice pedro, deben adecuarlo al RD 1215/97. El problema es que la gente a eso lo llama homologarlo, y no es correcto. Es un trámite que hace una OCA (atisae, eca…) y si deben hacerlo.
    Básicamente les van a pedir que repartan algún tipo de documentación informativa del aparato, información sobre riesgos y medidas de prevención por lo menos, marcarle con la carga máxima (una plaquita) y opcionalmente ponerle algún cartel de prohibido transportar personas o de situarse debajo de la carga.

    Luego se le hace una prueba de carga (se le carga con 1.5 veces la carga máxima) durante unos 10 o 15 minutos. Se comprueba que no sufre deformaciones y que el estado general es correcto y ya está.

    Con esto ya es legal. Y como te dicen no te preocupes que no se va romper. Pero los papeles deben estar al día. Otra cosa es que se le sobrecargue.

    Un saludo!

    #75384 Agradecimientos: 0
    junco
    Participante
    0
    octubre 2008


    Atencion eso de que no se va a romper es demasiado suponer…Depende de quien haya soldado, ya que cordones los dá cualquiera pero soldar es otro asunto.
    Pero de todos modos puedes hcerlo atraves de una OCA o incluso puedes autocertificarte tu mismo realizando los tramites previos que comentan los colegas. pero no olvides que pasas la pelota para tu lado

    #75383 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    Buenos días:
    Ojo con los equipos de elevación de cargas, que no rompen hasta que les da por romperse. Conozco accidentes, algunos muy graves, por utilizar accesorios de elevación de cargas de fabricación casera, y a priori también estaban bien dimensionados y soldados.
    Indica en la evaluación que debe evitarse, en la medida de lo posible, lo equipos de fabricación caserta y, en su caso, que estos pasen por un proceso de adecuación.
    Saludos

    #75376 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Nunca he entendido y nunca entenderé la habilidad que tienen algunos para inventarse lo que les da la gana en las respuestas (me refiero a los amigos de las OCAs, entre algunas otras cosas).

    Las casas no se empiezan por el tejado. Y en este caso, el 1215 es el tejado de la casa. Antes, mucho antes de “adecuarlo” al 1215, hay otros trámites que cumplir. El fabricante de “fabricación casera”, valga la redundancia, deberá cumplir el R.D. 1435/1992 para su construcción, y no solo asumiendo directamente la responsabilidad, sino que, antes de ese trámite, deberá someter el equipo a un procedimiento de evaluación de su coformidad a traves de un organismo notificado, pues los equipos destinados a la elevación de cargas entran dentro del anexo IV de dicho R.D. Tras esto, y realizar el expediente técnico de construcción, planos, radiogrfiar soldaduras, certificar la homologación de los soldadores, aprobación del O. notificado, manual del equipo, Declaración y placa CE. Despues de esto, comprobar (que no adecuar) que se ajusta al 1215. Fíjesnse si había cosas por cumplir antes de colocar el tejado. Porque sino, el mismo puede caerse.

    Saludos.

    #75377 Agradecimientos: 0
    MOrex
    Participante
    0
    septiembre 2008


    tanto homologado como no homologado marcado ce etc.. puede romperse. revisiones períodicas y mantenimiento es muy importante.

    #75378 Agradecimientos: 0
    nandoplaza
    Participante
    0
    agosto 2008


    Hola!

    Yo pensaba, y corregidme si me equivoco, que si la máquina/equipo de trabajo tiene marcado CE no es necesario adecuar al RD 1215.

    Un saludo.

    #75379 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Fernando:

    FILTRO, FILTRO, FILTRO FILTRO, FILTRO.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #75380 Agradecimientos: 0
    09802678
    Participante
    0
    octubre 2008


    Si, tendría que estar homologado, rd 1215. Si ocurriese un accidente el tecnico en seguridad, tendría un problema por haber dejado utilizar ese elemento sin estar homologado.

    #75381 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No. La empresa podría tener una sanción por incumpimiento de normativa; y el técnico de seguridad o el jefe de producción, de mantenimiento o el gerente de la empresa o el jefe de obras (sabe Dios) podrían tener un problema si se demuestra que el accidente tuvo como causa la rotura del balancín.

    #75382 Agradecimientos: 0
    algoncue
    Participante
    0
    diciembre 2004


    el problema es que no sabes si es lo suficientemente robusto para soportar determinadas cargas, por lo tanto no puedes decir que sea seguro.

    Lo que yo haría:

    tirarlo y comprar uno nuevo, con su placa, su declaración de conformidad, su manual de instrucciones, su carga máxima, etc…

    Si alguien es capaz de pasarle el 1215 a eso, son dos cosas: o que no tiene ni idea o es un inconsciente.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 15)
  • El debate ‘ BALANCIN DE CARGA NO HOMOLOGADO’ está cerrado y no admite más respuestas.